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20260911 QR20260433 Querella.pdf

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GOBIERNO DE PUERTO RICO JUNTA REGLAMENTADORA DE SERVICIO PÚBLICO NEGOCIADO DE ENERGÍA DE PUERTO RICO OFICINA INDEPENDIENTE DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR EN REPRESENTACIÓN DE LA CONSUMIDORA INOCENCIA RIVERA MATOS Querellante V. LUMA ENERGY, LLCy LUMA ENERGY SERVCO, LLC Querellada NEPR Received: Sep 1]., 2026 11:19 M CASO NÚM.: NEPR-QR-2026- O&3 ASUNTO: INCUMPLIMIENTO CON LA LEY DE Y ALIVIO ENERGÉTICO, LEY 57-2014, SEGUN ENMENDADA, Y LA LEY DE POLÍTICA PÚBLICA ENERGÉTICAJ LEY NÚM. 17-2019. QUERELLA AL HONORABLE NEGOCIADO: Comparece la Oficina Independiente de Protección al Consumidor de Ja Junta Reglamentadora de Servicio Público (en adelante, "OIPC"), en representación de la parte Querellante Inocencia Rivera Matas, por conducto de los abogados que suscriben, quienes muy respetuosamente EXPONEN, ALEGAN y SOLICITAN: I. LAS PARTES 1. La señora Inocencia Rivera Matas, (en adelante, "Querellante") es cliente residencial de la Compañía de Servicio Eléctrico certificada, LUMA (en adelante, "LUMA") con número de cuenta 8330131000. Además, su dirección física y postal es: 28 Par Carolinas, San Germán, P.R 00683. El número de teléfono de la Querellante es: (939) 2S8-1086.

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2. La parte Querellada es LUMA Energy, LLC y LUMA Energy ServCo, LLC. (en conjunto y en adelante "LUMA" o Ia "Querellada"), etidad encargada de la transmisión y distribución del sistema eléctrlco del País en virtud del Acuerdo de Transmisión, Distribución y Operación del Sistema de Puerto Rico (en adelante 'DMA" por sus siglas en inglés). Su dIrección física es 1110 Ave. Ponce De León, Edificio NEOS, Santurce, PR, su dirección postal es PO Box 364267 San Juan PR 00936-4267, con número de teléfono 1-844-888-5862 y correo electrónico legal@lumapr.com. II. JURISDICCIÓN DEL NEOcIAPO DE ENERGIA 3. La jurisdicciÓn del Negociado de Energía de Puerto Rico (en adelante, "Negociado") para entender en esta Querella emana del Artículo 6.4 (c) de la "Ley de Transformación y ALIVIO Energético", Ley Núm. 57-2014, según enmendada (22 L.P.R.A § 1054c) y del Capítulo 2 del Reglamento Núm. 8543 de 18 de diciembre de 2014, conocido corno "Reglamento de Procedimientos Adjudicativos, Avisos de Incumplíniiento, Revisión de Tarifas e Investigaciones". "Artículo 6.4- Jurisdicción del Negociado de Energía (a)... (c) Querellas por incumplimientos con la política pública energética. (1) A petición de alguna parte afectada con legitimación activa, y según se establece en esta Ley, el NEPR podrá atender querellas en fas que se igei, reclame por el incumplimiento deiina cornpaíwi ile servicio electrico con l€tpotztica pública enerszét,ca del Gobierno

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3 .e Puerto Rico, segthi expresada en la "Leji de Política Pú&lica Eneréticade Puerto Rico" y el derecho vigente. De igual forma, el NEPR podrá atender querellas sobre las transacciones o actos jurídicos relacionados con la compra de energía o con ¡a compra de combustible; sobre contratos entre In Autoridad o su sucesora, el contratante de la red de transmisión y distribución, los productores independientes de energía y ¡as compañías de energía; sobre ¡os casos y controversias entre estos; sobre las tarifas de trasbordo y cargos de interconexión; y en casos y controversias sobre trasbordo de energía eléctrica o interconexión entre ¡a Autoridad, su sucesora o sus subsidiarias, o el contratante de la red de transmisión y distribución, y oda persona que esté, o interese estar, conectada a In red de energía eléctrica dentro del Gobierno de Puerto Rico o toda persona con un interés directo o indirecto en esos servicios de energía eléctrica. (2) Toda querella presentada bajo este Artículo tendrá que ser presentada bajo juramento y establecerá con alegaciones especificas ¡a naturaleza de su reclamo y los remedios solicitados, ('3) Luego de presentada la querella, durante su proceso de evaluación y adjudicación, el NEPR podrá solicitar a la parte querellada cualquier información que sea pertinente a ¡a controversia. Esta información estará a la disposición de la parte querellante, excepto que el NEPR podrá, a petición de alguna parte interesada y al amparo de lo establecido en el Artículo 6.15 de esta Ley, proteger la información que sea confidencial o privilegiada. (...)." III. LEGITIMACIÓN ACTIVA DE LA OIPC PARA RADICAR LA PRESENTE QUERELLA 4. La OIPC fue creada en virtud de Ja Ley 57-2014, supra, a los fines de, entre otras cosas, educar, orientar, asistir y representar a los clientes de todos los servicios bajo la jurisdicción de la Junta Reglamentadora de Servicio Público de Puerto Rico. Entre los poderes y deberes delegados mediante el Artículo 6.42 de la Ley 57-2014, supra, se encuentra el ser defensora y portavoz de los intereses de los clientes en todos los asuntos que estén ante el Negociado de Energfa, el Negociado de Telecomunicaciones y el Negociado de Transporte y Otros

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4 Servicios Públicos, o que estén siendo trabajados por el Programa de Política PÚblica Energética adscrIto al Departamento de Desarrollo Económico, relacIonados con las tarifas y cargos de servicio eléctrico, calidad del servicio eléctrico, los servicios de las compañías de servicio eléctrico a sus clientes, planificación de recursos, política pública y cualquier otro asunto de interés del cliente. 5. De igual forma, del propio Artículo 6.42 en su inciso (d), surge que la OIFC tiene la facultad de presentar querellas o recursos legales ante el Negociado de Energía, el Negociado de Telecomunicaciones y el Negociado de Transporte y Otros Servicios Públicos de Puerto Rico a nombre y en representación de clIentes, que no tengan otra representación legal, en relación con controversias sobre cualquier asnto que afecte el servicio, tarifa o en cualquier otro asunto que afecte los intereses o derechos de los clientes de servicio eléctrico, telecomunicaciones y transporte. (Énfasis Nuestro) IV. HECHOS 6. El 27 de enero de 2025, la Querellante, por derecho propio, presentó ante LUMA una reclamación debido a que se encuentra confrontando problemas con el servicio eléctrico en su propiedad residencial, por concepto de fluctuación por alto y bajo voltaje. A esta reclamación LUMA le asigno el siguiente número: M25012700117. 7. Con posterioridad a la presentación de la reclamaciOn antes indicada y ante la inacción por parte de la Querellada en atender oportuna y

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5 afirmativamente Ja reclamación de referencia, el 18 de mayo de 2026, la Querellante presentó otra reclamación, a Ja cual LUMA le asignO el siguiente número: M26051800093. 8. Por otro lado, el 20 de mayo de 2026, la Querellante procuró los servicios de la OIPC y para anterior fecha, la OIPC refirió por primera vez el caso ante LUMA. (Véase referido de la OIPC, Anejo #1). 9. De igual manera, desde la OIPC, el presente reclamo se refirió en varias ocasiones a LUMA. Especificamente, el 5 de junio de 2026, el 25 de junio de 2026 y el 13 de julio de 2026. (Véase, referido Anejo #2 al #4). 10. A Ja fecha de la presentación de la Querella de epígrafe, la OIPC no recibió comunicación afirmativa por parte de LUMA, referente a la presente causa de acción. Meramente, se nos informó, de manera automatizada, el recibo de nuestros referidos. 11. Finalmente, adjuntamos certificación eléctrica que certifica la existencia del problema de alto voltaje en la propiedad de la Querellante. (Véase, anejo #5). V. DERECHO 12. La Ley 57-2014, supra, en su Artículo 1.2, establece como política pública del Gobierno de Puerto Rico ej derecho que todo consumidor tiene de recibir por parte de la utilidad un servicio eléctrico confiable, estable y de excelencia.

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6 13. De igual forma, la Ley Núm. 17 del 11 de abril de 2019, conocida corno la "Ley de Política Pública Energética de Puerto Rico", establece en su Articulo 1.5 (9)(e) lo siguiente: "Artículo 1.5. Política PÚblica Energética 2050. (22 LP.R.A. § 1141d) Se declara política pública del Gobierno de Puerto Rico: 1).... 9) Diseño de Ia infraestructura, resiliencia, mantenimiento y seguridad (a).... (e) Mantener la infraestructura eléctrica en condiciones óptimas para asegirar la confiabilidad, resiliencia y sguridad del servicio eléctrico; se requerirá que los proveedores de servicio eléctrico presenten anualmente planes de aseguramiento energético, planes para la estandarización de activos, inventarios de partes de reemplazos, y planes de las mejores prácticas en mantenimiento del sistema; (Énfasis nuestro). VI. DISCUSIÓN 14. Conforme a la normativa antes citada, la parte Querellante tiene el derecho de recibir por parte de LUMA. un servicio eléctrico confiable, estable y de excelencia. 15. Además, es el deber de LUMA corno operador y administrador del sistema eléctrico de! País mantener la infraestructura eléctrica en condiciones óptimas para asegurar la confiabilidad, resiliencia y seguridad del mismo.

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7 16. La parte Querellante le notificó a LUMA estar confrontando problemas en su servicio eléctrico debido a fluctuaciones de alto y bajo voltaje. 17. Un servicio eléctrico con alto y bajo voltaje no constituye un servicio confiable, estable y de excelencia. Además, el alto voltaje es una de las principales causas para los daños a enseres electrodomésticos. Al igual, un alto voltaje representa un riesgo para la seguridad en el hogar de la Querellante. Es decir, puede representar una causa de incendio doméstico. 18. Por lo anterior, LUMA debe realizar las mejoras necesarias a la infraestructura eléctrica que le suple servicio a la parte Querellante de manera que esté en condiciones óptimas para asegurar la confiabilidad del sistema. 19. De igual forma, como parte de un servicio confiable y de excelencia, la parte Querellante tiene derecho a que sus reclamos ante LUMA sean debidamente atendidos dentro de un término razonable. VII. SÚPLICA POR TODO LO CUAL, se solicita de este Honorable Negociado, le ordene a la parte Querellada a atender el reclamo de la parte Querellante y a realizar las mejoras que resulten necesarias a los fines de solucionar el problema de voltaje, con cualesquiera otros pronunciamientos que en derecho procedan. RESPETUOSAMENTE sometido, hoy 11 de septiembre de 2026. CERTIFICO, haber enviado copia fiel y exacta de la presente QuereRa mediante correo electrónico a: tegal@turnapr.com PrebordErs@iurnapr.com

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El) I S 268 Ave. Muñoz Rivera Edificio World Plaza San Juan, P.R. 00918 787.523.6962 info@oipc.pr.gov Lcdo. KeiMçpYÍkspil knxercado@jrsp.pr.gov RLIA 22660 1/ William Rodríguez Lugo Lcdo. William Rodríguez -Lugo confratistas@jrsp.prgov RUA 17606

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t Outlook Re: Querella de Voltaje: M26051800093/ San Germán PR From Info OIPC <info@ioipc.pr.gov> Date Wed 5/20/2026 2:58 PM To @IUMA Coy Services <govservices@lumapr.com> Cc Naihomie Ortiz <naihomie.ortiz@lumapr.com> Saludos: Consumidor: Inocencia Rivera Matos/ Lorairie Mas Rivera Número de Teléfono: (939) 288-1086 Número de cuenta 8330131000 Municipio: San Germán PR Resumen: Querella de Voltaje: M26051800093 Consumidora llama para indicar que tiene alto voltaje, desde enero - 2025. Dirección física: Carr 330 Km 3.4 Interior Parcelas Carolina # 28 Barrio Duey Bajo San Germán. Número de querella: M2605 1800093. Cordialmente. S Ej'&\/ I ci: I (1111) Al CLIENtE I CII. I111 t.[GCCIMX) tL A.rC4tlE Y OtIiO ICS rutiilccr Moocl&Do be tlLECOt!UNICACIONtS onct,. l.ÜtFCM)rcr4Te DE Ptloi(CCION At COyjSUM Des De PUERTO RICO rCJrSL2t^ic 787-523-6562 NOTA DE coNrIDENcIAl,IDAD: [Sto tronsrnisiórr cLeclrónco contiene información perteneciente a lo Junto floglamentocsoro de Servicio Público, que es coritidenciaL privilogioda y/o privado baja las leyes aplicables. Isle mensaje y las documentos adjuntos, si alguno. son para el uno exclusivo del destinatario. Si el lector no os el destirtolorio. ni 110 sido autorizado

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Outlook ler follow up Querella de Voltaje: M26051800093/ San Germán PR From Info OIPC <info@oipcprqov> Date Fri 6/5/2026 1:26 PM To @LUMA Gov Seniices <govservices@lumapr.com> Cc Naihomie Ortiz <naihomieortiz@Iumapr.com> Buenas Tardes Consumidora nos llama para seguimiento de su querella de Alto Voltaje nos indica que al día de hoy aún no ha sido atendida MARILLYS CONCEPCIÓN BERRIOS OFICINA INDEPENDIENTE DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR OFICIAL DE ORIENTACIÓN DE SERVICIOS .'. SERVICIO ¯¯i' PÚBLICOII F. GoCD() L II 11 CU. YCL OICNA I?. £LroJ,trJ1E O POItGCJO. Al CO.SOM.DOR GOeIRPO b€ UCRTO RICO NOTA DE CONFIDENCIALIDAD: Esta transmisión electrónica contiene información perteneciente a la Junta Reglamentadora de Servicio Público, que es confidencial, privilegiada y/o privada bajo las leyes aplicables. Este mensaje y los documentos adjuntos, si alguno, son para el uso exclusivo del destinatario. Si el lector no es el destinatario, ni ha sido autorizado por éste a leerlos, se le advierte que el contenido puede ser de naturaleza privilegiada o confidencial y exenta de divulgación por disposición de ley o reglamento. Si usted recibió esta transmisión por error, se le advierte que no debe divulgar su contenido. Por favor notifique al remitente por teléfono y remueva la misma de su computadora inmediatamente

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Outlook RE: 2do follow up Querella de Voltaje: M26051800093/ San Germán PR From @LUMA Gov Services <GovServices@Iumaprcom> Date Thu 6/25/2026 1:19 PM To Info OlPC <infooipcpr.gov> Saludos, Refiero para seguimiento. NAIHOMIE I. ORTIZ JIMENEZ Ad r,flj'.r r;yt,ue nr Repionil Customer E c,er ence ' nahom1e,ortiz@Iumapr.com ¯ () © Ø Iurnaprcom CONIlObieTlAUTY: Oh. on enan.,aion and at', .ary. enCoded C..., oorño , nl, m.n iñat b.leg. yo tvi.A Cn.q0 Sat-too LIC .nd/o. lo, adony.. that to., b. tu-,' de,:,:. 1flo, polfl.d and/c,. trade i.t.t Its on.u1b,-.ted aonio'. eøpyA4. o' d%thb,t.an a itLotty pnalubt.d 0 ono han, t.ce...d It-,. cor-nntcaton by eno. dab. o, d..uo 1 and fluid1 IL. led., iot,,,adat.lt N.h., LutO meg, Sat-ann LIC it. .ubod;.t, .lfu.taa no, no atan, tetO C. r.,, lot any drna.t pes,tir, Ito," atty tul Lcotny o, tat frotat, of o, ,....;I iL.?. c.:4ro,rd Co o hnhnn,o,. abtt-.Ougtt ponoimna ha.. be, takty to .n.o,. tina? It,. dot. 010,4ta h.r.n Is I... from id-ut.. 0, CIt,, no ,b,j Cçt,,?L or 0an0t as.,,. hot sOc', a rd.ed 1$. mas, and docla any trtponsdeUiy ottibotabl. th,,,ta AVISO OP CONrIOCNCI&II000 [and torunkd,Onp Icono, .o.y. ,5claddO ño. toada anta, a-akido ,,nton lrlortoc,dn trocear, 0 ILMA En.rg, Struno LIC. i/tad. Ial ,irotfl, o... putO. nor Cut J.ocb.. I.ga'r'.-tr. pt,,:ktada y/o tn neuma de nflann. C. dMrg.oóri "o autn,,tada. so try,odaooono dir, bcíót catS ..t,bctarr.nt. ptadsb'4a, S. Po ,.cbado tora C,.tu,0000r, por c.,, b.tret. a d.otrut.Ia. M.-n. d none. nonedtata al renown.. PC tUi/A inatfy Sttna tIC. P. cci yac. dan,, t,b,4cl.n al Lodoso Cenca ..'j .n.pana* do Cualo,.. daño go. india d. coaly,,.,, ,rcd,f,o,.c,6n e lais,Çc.o.On do traigo, onrnousfl.de go tarada po. rinanto.. Adenta.. ant C,Sr4O no Con totnot, Za, 0.6,4... Çr.caocntta, pata flflo'ar o.., lo. dato. a4o4 ,onl.n4o. si tOo4,otttr,' l.b'o, da co.igo..e no.. o COntando rrJtlCOS. yo, podenca (afano:,, 004 at tf,ttg tot ..i d oo.o to' o out rec'a,an,.ont pat-ut tr,r cu,ç ,,,,,t.b;i fad o-. paja so, .ri.. daatetnttrcrr. From: Info OIPC <info@oipc.pr.gov> Sent: Monday, Jurie 22, 2026 8:50 AM To: @LUMA (3ov Services <GovServices@lumepr.com> Cc: Naihomie Ortiz Jiménez <Naihomie.Ortiz@lumapr.com> Subject: Re: 2do follow up Querella de Voltaje: M26051800093/ San Germán PR [CAUTION] This email originated from outside the organization. Do riot open suspicious links or attachments. Report concerns to Cybersecurity'Iuniapr.corn IPRECAUCIÓN] Este correo electrônico se originO fuera de la organización. No abra enlaces o archivos adjuntos sospechosos. Informo a Cybersecuritytlurnaprcom Saludos: Consumidor informa que aún no han atendido querella de voltaje. Agradeceríamos que nos puedan brindar información al respecto. WVera From: Info OIPC <infQjpç0pgQy> Sent: Friday, June 5, 2026 1:26 PM To: @LUMA Gov Services <govserveslumapr.com>

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Outlook 3er follow up Querella de Voltaje: M26051800093/ San Germán PR From Info OIPC <into@oipcpr.gov> Date Mon 7/13/2026 9:02 AM To @LUMA Gov Services govservices@Iumapr.com> Cc Naihomie Ortiz <naihomie.ortiz@lumapr.com> Buen Día Consumidora nos llama para seguimiento de su querella de Alto Votlaje nos indica que aún no ha sido atendida MARILLYS CONCEPCIÓN BERRIOS OFICINA INDEPENDIENTE DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR I OFICIAL DE ORIENTACIÓN DE SERVICIOS _ _ sijivicio PUBLiCO :, ' t,LG)CIAD0 LL ULtC Of IC1UA I D€PtrDarIE 0€ PROI[CC1O AL C0IL».tz0OR OOtRNOOt Pt)IRTO RICO NOTA DE CONFIDENCIALIDAD: Esta transmisión electrónica contiene informacián perteneciente a la Junta Reglamentadora de Servicio Público, que es confidencial, privilegiada y/o privada bajo las leyes aplicables. Este mensaje y los documentos adjuntos, si alguno, son para el uso exclusivo del destinatario. Si el lector no es el destinatario, ni ha sido autorizado por éste a leerlos, se le advierte que el contenido puede ser de naturaleza privilegiada o confidencial y exenta de divulgación por disposición de ley o reglamento. Si usted recibió esta transmisión por error, se le advierte que no debe divulgar su contenido. Por favor notifique al remitente por teléfono y remueva la misma de su computadora inmediatamente

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y 11 ' _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ COLEGIO DE PEPJTOS ELECTFUCISTAS DE PUERTO RICO _ _ _ _ _ _ _ _ T[I (787) 7Fil.71,)&/11R4 ?'t' t CERT!FICACIÓN ELÉCTRICA _ _ _ _ _ _ ncpeccion de n'tal,iclonps donde no requiere l intervención cte l AFt 0453472 [1 EJ cuo O 1'u' Ñ iOn E] []0t D'kbrado EJ O K El '' '''°'' 'c¯n EJ V.nu srn..as, EJ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ F- ,,J oo Rase del metrnador O eah O Pepci6n O Nombre del Local Punto de coneidón O O- Direcctón-_-'--ÇY c' _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ j 4 * Panel d distribución [] Arrtble O Reparación LI Reiptazr Teleforici c"?,4'i I ')L,, Balance de cargas J Mtabie O Reparación O Reeinplarr lnforrnac'ón adicional. _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ Receptaculos Aceptable Rearación O Re,tau _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ Alumbrado interior 121 O Reer O Medidor ALE existente numero. '- ' " Alumbrado exterior Aceptable O Reparación O Reemptaw I1 .hI']1J 1i ,i W..4[a]I (Iuig & Sistema: i ase 03 fases B. Voitajeprimano: O 115/230KV 038Kv 0 13,2KV 0 8.32KV 04,16KV []otro Noaplica c Voltaje Secundario: [3 4S0v 0 277v ( 240v 0 208v 0 120v 0 Otro_______________ O No aplica o Medidón: O Primaria Secundaria Base l0Oamp O Base 200amp O Gabinete 400amp [3 Otro____________ L Toma o acometnda' LI Soterrada Aérea s Sistema de energIa renovable: O Aislado O Si -modal O Interconectado O Eólico Otro Yo %-4 iv -c - ..L rCL-) certifico que soy mayor de edad, y vecino de 2 rs. -j '_ Puerto Rico. que soy Pento Electricista Colegiado autorizado para ejercer en Puerto Rico con licencia número ._._L_,,,_y que he sido contratado por ?' - .tc-tc'C'. para la inspección y/o reparación de las instalaciones electricas en "13 . , Puerto Rico, Certifico que inspecciond y/o. realicó _las instalaciones descritas de acuerdo con las leyes Núm. 131 de 28 de junio de 1969, ley Nijm. 115 de 2 de junio de 1976, segun enmendadas, y demás leves aplicables, que éstas cumplen con las normas, reglamentos y patrones de la Autotidad de Eriergia Eléctrica, el Códogo Electrico Nacional y que están libres de riesgos eléctricos. -' p-t, içL V' E-1 : / (4-'c,m - L \'1 -4 , i" a & ca. L' -LjJca' ciC'sr'ls c. .j c Esta certificación no es válida para gestiones de servicios relacionados con la Autoridad de Energía Eléctrica yla misma será validada con la firma del profesional que la suscribe y los sellos cancelados del Colegio de Peritos Electricistas. Esta certificación caduca al alIo de la (echa de su emisión. Firma Carretera, Calle, Número, km. urb Teléfonos 1 -- Nombre en letra de molde Ciudad Correo Electrónico Ceatjflcad6n Especial fur aprobada en la Cuadragésima-quinta Awnbiea General del Colegio de PerItos Electrfrjt de Puerto Rico el domIngo, 26 de ab1l de 2015 tiene el propósIto de descrthir si tas instalaciones Inspedonadas cumplen con las leyes y reglamentos vigentes, y que Ia mismas .strt libres de rIegos e*ctricos flRI(IMAI (3l1tCi

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* - l(-; I Su factura de electricidad Para el periodo dcl 6 de ui de 202t ol S de cujoslo de 2021; p1V RA MATOSIP4O( P( IA. Su ,iu,nr,c; tIe c urmu 8330131000 Fecha de cxpcdicon de cstø focluro: S de ocp cslo de 2026 Ocio de lacturocion: 04 Consejo Poro Ano; ro; (aergia; Coofrs Soil OS he,rekOo; Oc cchiw,cn evle;cjscs Unit 1cM lint) idOl e(O,Xn,l( apoco USlCni yentE (Ja., (IXIS lroLaYlQl,undtoscMU ,edac, nuc;trocoarntnloencnqetrca. pOucemorrrniuc.f lcj;k;;x0 ob,e k.cd tdo coOoOlo ,'ci kcdluctlrn(endcdosposcliodor Peoconoyc,mos. ensile bjnna ,.co,n(es,ørnt,ul Wno,r0000earergcny u.ne,ø $83.56 sep 2026 Qisi. kWh Jal 2?) I J...cid %i) ¯,S S U U.,a,.,, 1,1.. 3Id.. IS2i¯¯l L.,.....;,,,.Ac I.on.c..r.n.$ ¡En LUMA trabajarnos para ti! 36:1°o menos energïo lilt_c'. ?tct'jccj.ir ijtc. ¡sl -_cc Is;. Tu,; ;tslc;rr;sci;;ccijcu;o altec elk- sulLic o,,cs, oc lu)el;cL.c ¡clones de m,jo i*crblcs. que podriun esto, k pon.blcs paro uktedy su lonisilci Puco mus intocmuc.on. coolleir, u tin rr-p,esrritunle de sercrcno al diente boy all 844 888 5862 \( j55j) LMLMCtNCIAS O OINtCOON POStAL PI LUMA 1\ INTIMXUPC;OMLSIPctL stAviclo (r)tlok 111505 I 1144 e-, SI'JA'JI ,..l-Il i0c'Sl, 5,c - LUMA For,;95 po BOX 563508 co;, Joon PR 00936-3508 RIVERA MATOSJNOCENCIA HC .1 E30X 13072 SAN GERMAN PR 00683-9541 PARA PAGOS Y CONSuLTAS 144 1155 LIJLTAI'iSO, $2.79 9 kWh $0.2749 LJ E1 PARA 11ACIURACION Y MAS c¯.4S.-, UJMA'' !Jc larluycr este talonario coci si 1.,,s; - -.c --;ll.-- .1, eS(fibo leaceplO 5] COnIKIOO c I 1. ' ii de pago Cuenta: 8330131000 Corindud adeudado SBS.56 Fecha de venc;m;enla ide septiembre de 2026 le ¡ 00083301310008 000008356 000008356 1

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La instulocion de Ufl equipe para generar energia de fuentes renovables puede ayudarle ci reducir su facturo de electricidad y LUMA. mediante sus oficinas comerciales o por Internel, e sumir'ilstrorci informocion sobre cómo puede cualificar para ingresar of programo de mediciori neto. Ademas, existen beneficios contributivos poro Incentivar let compra di' esos equipos sobre tos que puede obtener más información en el Programo de Politico Publica Energetico. i Balance SO.00 ¯ Tania Base' 77% Cargo VoniobleC. iii Ill n,ilcuii, J,1I7 clelpenoik) anterior Silt 5 9 r 3i'.: 9.6% Conrthus!blc ¯ Compra de Ø ¯Carcjode Cargos corrientes S83.56 " Energio 37 Subsidios, CiLTAyOiros 284% Tarit Boce - Cargo Fijo Cantidad Total Adeudada $83.56 Depocilo(s) obono(si recibido(s): $70.88 Direccion del servIcio: 28 PAR CAROL IbAS SAN C',FIIMAN P800683 tO localidad: (1 30131953 Torita: Servicio Residenc ,oi Genrroi PerIodo: 6 (iii 2026a5 ago 7026 Proximo lectura: 3 sep i4umt,od, Fflhod, ticiuici trinad, t,ciisa Contun,o ontorJoq ittit,t -''v IRtUS kctu.oonrn,a, :4'IN,i ':- .-i'''' DETALLE DE LOS CARGOS CORRIENTES Cargos por Servicio Cargo por Ci:n'rire $800 Congo por Con' tirio 274 kWh x $008648 523 70 Subtotal $3170 Ciusuios de Reconciiiocion Ciutisiulci FCA A1usrr Cnirqoutc Coribuslui)Ie 214 kWh x $011407 $3126 Cicurisiulo PPCA Araste por Ciriripro de (angra 274 kWh a 50.051748 $14 iB Clóuculo CILIA CELl (Municipios) 274 kWh x SO 007386 52 02 Clausuto SUBA Subsidios 1-II) 214 kWh x $0014338 53 93 Clausulo SUBASubsictios Null 274 kWh a $0000865 $024 ClCuiiuu9r (F Cargo I,(irricrcr I nerqtrcn 274 kWh a $0000853 $023 Subtotal S51,86 Total $8336