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GOBIERNO DE PUERTO RICO. JUNTA REGLAMENTADORA DE SERVICIO PUBLICO NEGOCIADO DE ENERGÍA DE PUERTO RICO YOLANDA ARBELAEZ CASO NÚM.: NEPR-QR-2026-0011 QUERELLANTE ASUNTO: Orden VS. LUMA ENERGY, LLC Y LUMA ENERGY SERVCO, LLC QUERELLADAS ORDEN El 16 de enero de 2026, la Querellante, Yolanda Arbelaez, presentó ante el Negociado de Energía de la Junta Reglamentadora del Servicio Público (“Negociado de Energía”), una querella contra LUMA Energy LLC y LUMA Servco, LLC (“LUMA”), la cual dio inicio al caso de epígrafe. Tras varios incidentes procesales, se ordenó a las partes comparecer a una vista evidenciaria. Llamado el caso para vista, compareció la querellante por derecho propio y, por la parte querellada, compareció la Lcda. Raquel Román Morales. Previo al inicio de la vista, las partes informaron haber alcanzado un acuerdo que pone fin a la controversia en el presente caso. A tales fines, solicitaron un término de diez (10) días para informar conjuntamente y por escrito. El 4 de mayo de 2025, LUMA presentó Moción Informativa, mediante la cual expresó haber concedido a la querellante el remedio solicitado, incluyendo el reembolso reclamado, cuyo cobro mediante cheque debía ser gestionado por la querellante. Asimismo, alegó que, luego de varias comunicaciones entre las partes, la querellante indicó que únicamente firmaría la Moción Conjunta de Desistimiento una vez recibiera el referido pago. Así las cosas, el 14 de mayo de 2026 se emitió Orden mediante la cual se ordenó a la Querellante expresar su por escrito su postura en torno a lo informado por LUMA, en un término de diez (10) días. Transcurrido el término sin que la Querellante se haya expresado, se le ORDENA MOSTRAR CAUSA por la cual no deba desestimarse la querella de epígrafe ante el incumplimiento con las órdenes emitidas por el Negociado de Energía, en el término de cinco (5) días. Notifíquese y publíquese. Lcda. Ángela Ufret Rosado Oficial Examinadora CERTIFICACIÓN Certifico que así lo acordó el Oficial Examinador en este caso el Lcda. Ángela D. Ufret Rosado el 10 de julio de 2026. Certifico además que hoy, 10 de julio de 2026, he procedido con el archivo en autos de esta Orden en relación al Caso Núm. NEPR-QR-2026-0011 y he enviado copia de la misma a; Raquel.RomanMorales@lumapr.com; yolandaarbelaez@aol.com. Para que así conste, firmo la presente en San Juan, Puerto Rico, hoy, 10 de julio de 2026. Sonia Séda/Gaztambide Secretaria S/O;E A 2 e Ea ON G Fs Eg eS Sus, st®) s 5 TADORA Df Q y EA