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GOBIERNO DE PUERTO RICO JUNTA REGLAMENTADORA DE SERVICIO PÚBLICO NEGOCIADO DE ENERGÍA DE PUERTO RICO YOLANDA ARBELAEZ Querellante vs LUMA ENERGY, LLC, LUMA ENERGY SERVCO, LLC Querelladas CASO NÚM. NEPR-QR-2026-0011 ASUNTO: Solicitud de Comparecencia Mediante Videoconferencia MOCIÓN EN SOLICITUD DE QUE SE PERMITA COMPARECENCIA MEDIANTE VIDEOCONFERENCIA AL HONORABLE NEGOCIADO DE ENERGÍA DE PUERTO RICO: COMPARECEN LUMA Energy, LLC y LUMA Energy ServCo, LLC (colectivamente “LUMA”) por conducto de la representación legal que suscribe y, muy respetuosamente, EXPONEN, ALEGAN y SOLICITAN: 1. Mediante Orden emitida y notificada el 10 de abril de 2026, este Honorable Negociado señaló Vista Evidenciaria a celebrarse el viernes, 24 de abril de 2026 a las 10:00 a.m. 2. El 18 de abril de 2026, la Querellante presentó escrito mediante el cual solicitó a este Ilustre Foro que se le permitiera comparecer mediante videoconferencia, toda vez que reside en Miami. 3. Mediante Orden emitida y notificada el 20 de abril de 2026, la solicitud de la Querellante fue declarada Ha Lugar. 4. El 22 de abril de 2026, LUMA presentó Moción en Solicitud de Desestimación por Haberse Tornado la Controversia en Académica.NEPR Received: Apr 22, 2026 5:00 PM
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5. Según la Orden emitida por este Ilustre Foro en el caso NEPR-MI-2020-0005, “basado en la disponibilidad de varias herramientas tecnológicas efectivas, el Negociado ha determinado que tanto las conferencias con antelación a la vista como las vistas evidenciarias y las vistas en su fondo, relacionadas a casos de Querellas o Revisiones Formales de Factura se podrán llevar a cabo de forma remota o a distancia, siempre que las partes indiquen tener la capacidad de conexión remota y opten por así hacerlo”. 6. Por este medio, LUMA certifica que tiene capacidad de conexión remota para comparecer a la Vista Administrativa. 7. A la luz de lo anterior, LUMA muy respetuosamente solicita que se le permita comparecer a los procedimientos mediante videoconferencia, y que la Secretaría del Negociado de Energía nos remita el enlace correspondiente para la comparecencia. 8. La presente solicitud se hace en aras de maximizar la utilización de los recursos públicos que LUMA administra y, en la medida en que la Querellante estará compareciendo a los procedimientos por vía remota, no existiría perjuicio para dicha parte. POR TODO LO CUAL, muy respetuosamente se solicita a este Honorable Negociado de Energía que declare HA LUGAR el presente escrito y se remita el enlace correspondiente para comparecer a la Vista Evidenciaria el viernes, 24 de abril de 2026 a las 10:00 a.m., a raquel.romanmorales@lumapr.com. RESPETUOSAMENTE SOMETIDA. En San Juan, Puerto Rico, el 22 de abril de 2026.
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CERTIFICACIÓN DE NOTIFICACIÓN CERTIFICO que este escrito ha sido presentado a través del sistema de Radicación Electrónica del Negociado de Energía de Puerto Rico https://radicacion.energia.pr.gov/, mediante el cual el Negociado y las partes recibirán notificación. Asimismo, se envió copia de cortesía a la parte querellante, a la dirección de correo electrónico provista con su Querella, a saber, yolandaarbelaez@aol.com. f/Raquel Román Morales Lcda. Raquel Román Morales RUA Núm. 19937 LUMA- Departamento Legal PO BOX 364267 San Juan, PR, 00936-4267 (787) 340-0746 Raquel.RomanMorales@lumapr.com