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20260331 QR20260094 Querella Recurso Inicial.pdf

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NEPR Received: GOBIERNO DE PUERTO RICO _~ JUNTA REGLAMENTADORA DE SERVICIO PÚBLICO | Mar 31, 2026 NEGOCIADO DE ENERGÍA DE PUERTO RICO 1:09 PM OFICINA INDEPENDIENTE DE CASO NÚM.: NEPR-OR-2026-0094 PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR EN REPRESENTACIÓN LEGAL DE LA CONSUMIDORA YOLANDA OLIVERAS AMBERT Querellante ASUNTO: INCUMPLIMIENTO CON LA LEY DE TRANSFORMACIÓN Y v. ALIVIO ENERGÉTICO, LEY 57-2014, SEGÚN ENMENDADA, Y LA LEY DE LUMA ENERGY, LLC y LUMA ENERGY __| POLITICA PÚBLICA ENERGÉTICA, SERVCO, LLC LEY NÚM. 17-2019. Querellada QUERELLA AL HONORABLE NEGOCIADO: Comparece la Oficina Independiente de Protección al Consumidor de la Junta Reglamentadora de Servicio Público (en adelante, “OIPC”), en representación de la parte Querellante Yolanda Oliveras Ambert, por conducto de los abogados que suscriben, quienes muy respetuosamente EXPONEN, ALEGAN y SOLICITAN: I. LAS PARTES 1. La señora Yolanda Oliveras Ambert, (en adelante, “Querellante”) es cliente residencial de la Compañía de Servicio Eléctrico certificada, LUMA (en adelante, “LUMA”) con número de cuenta 3648011000. Además, su dirección física es: BI 14 Urb. Paseos Reales, Arecibo, P.R 00612. Al igual, su dirección postal es: Po Box 143511,

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Arecibo, P.R 00614-3511. El número de teléfono de la Querellante es: (787) 453-8835 y su correo electrónico es; yoly.oliveras@gmail.com. 2. La parte Querellada es LUMA Energy, LLC y LUMA Energy ServCo, LLC. (en conjunto y en adelante “LUMA” o la “Querellada”), entidad encargada de la transmisión y distribución del sistema eléctrico del País en virtud del Acuerdo de Transmisión, Distribución y Operación del Sistema de Puerto Rico (en adelante “OMA” por sus siglas en inglés). Su dirección física es 1110 Ave. Ponce De León, Edificio NEOS, Santurce, PR, su dirección postal es PO Box 364267 San Juan PR 00936-4267, con número de teléfono 1-844-888-5862 y correo electrónico legal@lumapr.com. II. JURISDICCIÓN DEL NEGOCIADO DE ENERGÍA 3; La jurisdicción del Negociado de Energía de Puerto Rico (en adelante, “Negociado”) para entender en esta Querella emana del Artículo 6.4 (c) de la “Ley de Transformación y ALIVIO Energético”, Ley Núm. 57-2014, según enmendada (22 L.P.R.A $ 1054c) y del Capítulo 2 del Reglamento Núm. 8543 de 18 de diciembre de 2014, conocido como “Reglamento de Procedimientos Adjudicativos, Avisos de Incumplimiento, Revisión de Tarifas e Investigaciones”. “Artículo 6.4- Jurisdicción del Negociado de Energía. (ls (c) Querellas por incumplimientos con la política pública energética. (1) A petición de alguna parte afectada con legitimación activa, y según se establece en esta Ley, el NEPR podrá atender querellas en las que se alegue y reclame por el incumplimiento de una compañía de servicio eléctrico con la política pública energética del Gobierno de Puerto Rico, según expresada

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en la “Ley de Política Pública Energética de Puerto Rico” y el derecho vigente. De igual forma, el NEPR podrá atender querellas sobre las transacciones o actos jurídicos relacionados con la compra de energía o con la compra de combustible; sobre contratos entre la Autoridad o su sucesora, el Contratante de la red de transmisión y distribución, los productores independientes de energía y las compañías de energía; sobre los casos y controversias entre estos; sobre las tarifas de trasbordo y cargos de interconexión; y en casos y controversias sobre trasbordo de energía eléctrica o interconexión entre la Autoridad, su sucesora o sus subsidiarias, o el Contratante de la red de transmisión y distribución, y toda persona que esté, o interese estar, conectada a la red de energía eléctrica dentro del Gobierno de Puerto Rico o toda persona con un interés directo o indirecto en esos servicios de energía eléctrica. (2) Toda querella presentada bajo este Artículo tendrá que ser presentada bajo juramento y establecerá con alegaciones específicas la naturaleza de su reclamo y los remedios solicitados. (3) Luego de presentada la querella, durante su proceso de evaluación y adjudicación, el NEPR podrá solicitar a la parte querellada cualquier información que sea pertinente a la controversia. Esta información estará a la disposición de la parte querellante, excepto que el NEPR podrá, a petición de alguna parte interesada y al amparo de lo establecido en el Artículo 6.15 de esta Ley, proteger la información que sea confidencial o privilegiada. (0): HI. LEGITIMACIÓN ACTIVA DE LA OIPC PARA RADICAR LA PRESENTE QUERELLA 4. La OIPC fue creada en virtud de la Ley 57-2014, supra, a los fines de, entre otras cosas, educar, orientar, asistir y representar a los clientes de todos los servicios bajo la jurisdicción de la Junta Reglamentadora de Servicio Público de Puerto Rico. Entre los poderes y deberes delegados mediante el Artículo 6.42 de la Ley 57-2014, supra, se encuentra el ser defensora y portavoz de los intereses de los clientes en todos los asuntos que estén ante el Negociado de Energía, el Negociado de Telecomunicaciones y el Negociado de Transporte y Otros Servicios Públicos, o que estén siendo trabajados por el Programa de Política Pública Energética adscrito al Departamento de Desarrollo

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Económico, relacionados con las tarifas y cargos de servicio eléctrico, calidad del servicio eléctrico, los servicios de las compañías de servicio eléctrico a sus clientes, planificación de recursos, política pública y cualquier otro asunto de interés del cliente. 5. De igual forma, del propio Artículo 6.42 en su inciso (d), surge que la OIPC tiene la facultad de presentar querellas o recursos legales ante el Negociado de Energía, el Negociado de Telecomunicaciones y el Negociado de Transporte y Otros Servicios Públicos de Puerto Rico a nombre y en representación de clientes, que no tengan otra representación legal, en relación con controversias sobre cualquier asunto que afecte el servicio, tarifa o en cualquier otro asunto que afecte los intereses o derechos de los clientes de servicio eléctrico, telecomunicaciones y transporte. (Énfasis Nuestro) IV. HECHOS 6. El 24 de abril de 2025, la Querellante, por derecho propio, presentó ante LUMA una reclamación debido a que se encuentra confrontando problemas con el servicio eléctrico en su propiedad residencial, específicamente, por problema de fluctuación por alto voltaje. A esta reclamación LUMA le asignó el siguiente número: A25042400066. 7. Con posterioridad a la presentación de la reclamación antes indicada, la Querellante realizó múltiples gestiones ante LUMA a los fines de que corrijan la situación que le aqueja. Por ello, la Querellante recibió por parte de la Querellada múltiples números de Querellas. 8. Consecuentemente, el 16 de junio de 2025, LUMA le asignó el numero de Querella: A2506160042. Sucesivamente, el 7 de julio de 2025, el número de Querella: 4

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A250707000146, el 16 de julio de julio de 2025, el A25071600131. El 29 de julio de 2025, LUMA le asignó otro número de Querella: A25072900279. Asimismo, el 8 de septiembre de 2025, la Querella número: A25090800114 y finalmente, el 19 de noviembre de 2025, la Querella número: A25111900066. 9. Cabe señalar que, a la fecha, todas las gestiones realizadas por la Querellante han resultado infructuosas y el problema no ha sido atendido oportuno, adecuado ni eficientemente por LUMA. (Véase, anejo #1 al #5, bitácora de comunicaciones de la Querellante). 10. Además, ante la inacción por parte de la Querellada en atender oportuna y afirmativamente la presente reclamación, el 8 de septiembre de 2025, la Querellante procura los servicios de la OIPC. 11. Consecuentemente, para anterior fecha, la OIPC refiere por primera vez el caso ante LUMA. (Véase referido de la OIPC, Anejo #6). 12. De igual manera, desde la OIPC, el presente reclamo se refirió el 3 de octubre de 2025, 29 de diciembre de 2025 y el 12 de enero de 2026. (Véase, referidos Anejo #7 al #10). 13. A la fecha de la presentación de la Querella de epígrafe, la OIPC no recibió comunicación afirmativa por parte de LUMA, referente a la presente causa de acción. Meramente, se nos informó, de manera automatizada, el recibo de nuestros referidos. 14. Finalmente, adjuntamos evidencia del “High Voltage Load Test”. (Véase, anejo #11). V. DERECHO APLICABLE

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15. La Ley 57-2014, supra, en su Artículo 1.2, establece como política pública del Gobierno de Puerto Rico el derecho que todo consumidor tiene de recibir por parte de la utilidad un servicio eléctrico confiable, estable y de excelencia. 16. De igual forma, la Ley Núm. 17 del 11 de abril de 2019, conocida como la “Ley de Política Pública Energética de Puerto Rico”, establece en su Artículo 1.5 (9)(e) lo siguiente: “Artículo 1.5. — Política Pública Energética 2050. (22 L.P.R.A. $ 1141d) Se declara política pública del Gobierno de Puerto Rico: Des 9) Diseño de la infraestructura, resiliencia, mantenimiento y seguridad (a)... (e) Mantener la infraestructura eléctrica en condiciones óptimas para asegurar la confiabilidad, resiliencia y seguridad del servicio eléctrico; se requerirá que los proveedores de servicio eléctrico presenten anualmente planes de aseguramiento energético, planes para la estandarización de activos, inventarios de partes de reemplazos, y planes de las mejores prácticas en mantenimiento del sistema; (Énfasis nuestro). VI. DISCUSIÓN 17. Conforme a la normativa antes citada, la parte Querellante tiene el derecho de recibir por parte de LUMA un servicio eléctrico confiable, estable y de excelencia. 18. Además, es el deber de LUMA como operador y administrador del sistema eléctrico del País mantener la infraestructura eléctrica en condiciones óptimas para asegurar la confiabilidad, resiliencia y seguridad del mismo.

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19. La parte Querellante le notificó a LUMA estar confrontando problemas en su servicio eléctrico debido a fluctuaciones de voltaje, en particular, un alto voltaje. 20. Un servicio eléctrico con alto voltaje no constituye un servicio confiable, estable y de excelencia. Además, el alto voltaje es una de las principales causas para los daños a enseres electrodomésticos. 21. Al igual, un alto voltaje representa un riesgo para la seguridad en el hogar de la Querellante. Es decir, puede representar una causa de incendio doméstico. 22. Por ende, LUMA debe realizar las mejoras necesarias a la infraestructura eléctrica que le suple servicio a la parte Querellante de manera que esté en condiciones óptimas para asegurar la confiabilidad del sistema. 23. De igual forma, como parte de un servicio confiable y de excelencia, la parte Querellante tiene derecho a que sus reclamos ante LUMA sean debidamente atendidos dentro de un término razonable. VII. SÚPLICA POR TODO LO CUAL, se solicita de este Honorable Negociado, le ordene a la parte Querellada a atender el reclamo de la parte Querellante y a realizar las mejoras que resulten necesarias a los fines de solucionar el problema de voltaje, con cualesquiera otros pronunciamientos que en derecho procedan. RESPETUOSAMENTE sometido, hoy 31 de marzo de 2026. CERTIFICO, haber enviado copia fiel y exacta de la presente Querella mediante correo electrónico a: legal Olumapr.com y Preborders@lumapr.com PX OIPC

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268 Ave. Muñoz Rivera Edificio World Plaza San Juan, P.R. 00918 E 787.523.6962 “8 infoQoipc.pr.gov Lcdo. Kevin Mercado Vallespil kmercado@jrsp.pr.gov RUA 22660 f/ William Rodríguez Lugo Lcdo. William Rodríguez Lugo contratistasQjrsp.pr.gov RUA 17606

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ANEJO A CARTA Nombre de Titular de la Cuenta: Yolanda Oliveras Ambert Numero Cuenta:_364-801-1000 Número querella LUMA Fecha en que se radicó Querella con LUMA Si le dio seguimiento directo con LUMA (no con nosotros), las fechas del mismo Con quien habló y qué si algo le indicaron A25042400066 24/abril/2025 Primera vez reportado Hablé con Luis. Llamé para reportar la situación que enfrentábamos de fluctuaciones de voltaje. Luis tomó la información, me indicó el número de querella y me dijo que la pasaría al área de operaciones. 12/mayo/2025 Me atendió Cristina y tomó nota nuevamente a manera de seguimiento. A25061600042 16/junio/2025 Se hizo llamada para seguimiento y para nuestra sorpresa, la querella la habían borrado sin estar resuelta la situación. Me dieron un número nuevo de querella. A250707000146 7/julio/2025 Se hizo llamada de seguimiento y nuevamente la querella anterior la borraron y nos dieron un nuevo número de querella. A25071600131 16/julio/2025 Se hizo llamada de seguimiento y nuevamente la querella anterior la borraron y nos dieron un nuevo número de querella. A25072900279 29/julio/2025 Visité la oficina de LUMA en Arecibo para darle seguimiento a las Ane H A

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querellas realizadas. Me explicaron que el problema continuara porque hay mucha gente conectada al mismo transformador y que mi ciclo de medición neta no se ha cerrado porque necesita estudio suplementario por el cual tengo que pagar $300.00 y no se me da garantía de que eso resuelva el problema pues es sólo un estudio. 13/agosto/2025 Llamé nuevamenta a LUMA para dar seguimiento. Me atendió Luciel, ésta me indicó que la querella sigue activa pendiente para atender, que tienen muchas querellas por lo mismo, que es “normativa de las placas”, o sea que la mayoría de los que tenemos placas estamos con problemas de voltaje. 22/agosto/2025 Llamé para dar seguimiento, me atendió Ashley y me indicó que la querella sigue activa y que referirá el caso para que lo atiendan ya que llevo mucho tiempo con el problema. A25090800114 08/septiembre/2025 Llamé para dar seguimiento, me atendió Yulian. Yulian me informó que no soy la única en el área con el problema, que pasará la información para que le den seguimiento. La

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querella anterior ya no le aparece activa, asi que me dio un número nuevo de querella. A25092900187 29/septiembre/2025 Llamé para seguimiento, me atendió Luis. Luis me explicó que él no entiende por qué el sistema cierra las querellas si aún no se ha resuelto el problema. Dejó las especificaciones hechas en el sistema para que el equipo de operaciones lo atienda. A25102300126 10/23/2025 Llamé para seguimiento, me atendió Keishla. Me envió un documento de voltaje que debo llenar y enviarlo a LUMA. Nuevamente me dio un nuevo número de querella. A25111900066 19/noviembre/2002 Entregué personalmente en la oficina de LUMA de Arecibo el documento de voltaje completado por un electricista. La persona que me atendió lo subió a mi “record” para que operaciones lo trabaje. Me dio un nuevo número de querella. 08/diciembre/2025 Llamé a LUMA para darle seguimiento a la querella y la entrega del documento de voltaje. Me asistió Jennifer, me indicó que la querella anterior está activa, aún está abierta la orden de servicio, le hizo el

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acercamiento a un supervisor (Narvaez) indicándole todas las gestiones que yo he hecho para que me puedan resolver el problema. Jennifer me indicó que el supervisor canalizará la orden de voltaje con el equipo de voltaje que atiende estos asuntos. A26011200058 12/enero/2026 Llamé para dar seguimiento, me atendió Joshua. Joshua me indicó que la querella del 8 de diciembre se cerró, pero él no sabe cuál fue la razón para cerrarla. Me dio un nuevo número de querella y dijo que la referirá al área de despacho. A26012800032 Enero/28/2026 Llamé para seguimiento, me atendió Quiñones. Validó la información, localizó el reporte para darle seguimiento y se sorprendió que tengo sobre 14 reportes en sistema. Me dijo que verificaron los reportes uno a uno y lo consultó con su supervisora y ésta pidió que se le refiriera el caso para atenderlo. Quiñones le refirió la cuenta a su supervisora para que ella lo trabajara personalmente. Nuevamente se generó un número nuevo de querella. A26021200108 12/febrero/2026 Llamé para dar seguimiento, me

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atendió el Sr. Sandeliz. Validó la información, me hizo las preguntas de siempre. La querella estaba cerrada, según Sandeliz LUMA cierra el reporte porque ellos verifican el voltaje de forma remota y a ellos le sale normal. El Sr. Sandeliz me orienta sobre la sulfatación de las muelas en base a su experiencia. Según él si las luces parpadean el problema puede ser que las muelas y los neutrales se sulfatan, me indicó que probablemente ese sea mi problema y eso no le compete a LUMA sino al cliente. Nuevamente me dan un nuevo número de querella. 25/febrero/2026 Llamé para dar seguimiento, me atendió Delgado. Validó la información y me indicó que la querella anterior sigue activa.

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$ Outlook Querella de Voltaje Arecibo From Info OIPC <info@oipcpr.gov> Date Mon 9/8/2025 2:29 PM To GovServices@lumapr.com <GovServicesOlumapr.com> Cc Naihomie Ortiz <naihomie.ortiz@lumapr.com> Buenas Tardes Nombre: Yolanda Oliveras Ambert Num. de Cta.: 3648011000 Num. de Tel: (787) 453-8835 Email: yoly.oliveras@gmail.com Dirección: Urb Paseos Reales Bl 14 Arecibo PR. Núm. de Querella: A25090800114 Consumidor nos llama indica que realizó querella A25072900279 indica que fue cerrada sin ser atendida y hoy le brindaron nuevo número A25090800114 de voltaje en Urb Paseos Reales Bl 14 Arecibo PR. MARILIYS CONCEPCIÓN BERRIOS OFICINA INDEPENDIENTE DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR | OFICIAL DE ORIENTACIÓN DE SERVICIOS NOTA DE CONFIDENCIALIDAD: Esta transmisión electrónica contiene información perteneciente a la Junta Reglamentadora de Servicio Público, que es confidencial, privilegiada y/o privada bajo las leyes aplicables. Este mensaje y los documentos adjuntos, si alguno, son para el uso exclusivo del destinatario. Si el lector no es el destinatario, ni ha sido autorizado por éste a leerlos, se le advierte que el contenido puede ser de naturaleza privilegiada o confidencial y exenta de divulgación por disposición de ley o reglamento. Si usted recibió esta transmisión por error, se le advierte que no debe divulgar su contenido. Por favor notifique al remitente por teléfono y remueva la misma de su computadora inmediatamente JUNTA REGLAMENTADORA DE SERVICIO PUBLICONEGOCIADO DE ENERGÍA NEGOCIADO DE TRANSPORTE Y OTROS SERVICIOS PÚBLICOS NEGOCIADO DE TELECOMUNICACIONES OFICINA INDEPENDIENTE DE PROTECCIÓN At CONSUMIDOR GOBIERNODE PUERTO RICO

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&® Outlook Pond, H Y RE: Querella de Voltaje Arecibo From @LUMA Gov Services <GovServices@lumapr.com> Date Mon 9/8/2025 3:32 PM To Info OIPC <info@oipc.pr.gov> Saludos, Los empleados de LUMA estamos comprometidos diariamente en construir un sistema eléctrico mas confiable, resiliente y limpio. Nuestra prioridad es y seguira siendo hacer lo mejor para el pueblo de Puerto Rico. Todas las solicitudes de servicio son importantes para nosotros, y estamos monitoreando todas las órdenes de nuestros clientes y comunidades internamente. LUMA está dándole prioridad a las zonas y a los proyectos que más necesitan reparaciones y atención. Nos esforzamos por evaluar el impacto a la seguridad en cada situación para brindar información sobre los trabajos que estamos priorizando para maximizar el uso de los recursos. El sistema eléctrico de Puerto Rico se encuentra en un estado extremadamente frágil y tomará tiempo, probablemente varios años, atender todas las órdenes de servicio y transformar fundamentalmente el sistema eléctrico. Estamos trabajando arduamente cada día para reparar, restaurar y reemplazar la mayor infraestructura posible. Le damos las gracias nuevamente por contactarnos y por ayudarnos a construir un mejor futuro energético para Puerto Rico. NAIHOMIE I. ORTIZ JIMENEZ Administrative Assistant, Regional Customer LU ne A Experience Y 787.340.083 © naihomieortizOlumaprcom 900 E lumaprcom ‘CONFIDENTIALITY: Tis communication and any attachments included herein cortan information that belongs to LUMA Energy Serva LLC, and/or cents, at may be confident lepaly rege, and/or a rade secret unauthorized cowie, copying, or distribution a mtricy prohibited. you ave received ths communication by ero delete or desroy It and notify the sender immediate, Nether LUMA Energy Serco LLC its subsidiarios, afilates nor its cients wil be Kable for any damages resulting trom any ‘mediationor fictionofan e-mal thats originated by us. Furthermore, although precautions have been taken to ensure tht the data incided hereini re from virusesor ther matcious content we cannot site tht such is inde the case and dim any responsibilty attrbutablethereta AVISO DE CONFIDENCIALIDAD: Esta comunicación y cualquier anej Include que pueda estar incluido contiene Informacion propietaria de LUMA Energy Serco LIC y/oe sus lentes, que puede ser confidencial, legalmente pivgiada y/o un secretode negocio La dvlgación no autorizada,s reproducción o dsubución eta estrictamente proNbida. i usted ha eid esta comunicación por ror, rela destriyala nforme de manera inmediata al remitente. NI LUMA Energy Serc LLC ni cuaquea de sus subir, fades ochentes ser exponaable de cualquier daño que resulte de cualquier modificación oflcación de cuaquer comunicación generada por nosotrox Además, aun cuando se han tomado las debas precauciones para asegurar que ls datos aquí contends se encuentren res de cualquier viu o contenido maioso no podemos garantizar queen electo ese sa el caso por la que rechazamos negamos tener cusiquier responsabilidad que pueda ser atribuida a tales efectos. From: Info OIPC <info@oipc.pr.gov> Sent: Monday, September 8, 2025 2:29 PM To: @LUMA Gov Services <GovServices@lumapr.com> Ce: Naihomie Ortiz Jiménez <Naihomie.Ortiz@Lumapr.com> Subject: Querella de Voltaje Arecibo [CAUTION] This email originated from outside the organization. Do not open suspicious links or attachments. Report concerns to Cybersecurity@lumapr.com [PRECAUCIÓN] Este correo electrónico se originó fuera de la organización. No abra enlaces o archivos adjuntos sospechosos. Informe a Cybersecurity@lumapr.com

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a Outlook ER RE: Re; ler f/up Querella de Voltaje Arecibo Número de querella: A25092900187. From @LUMA Gov Services <GovServices@lumapr.com> Date Mon 10/6/2025 9:28 AM To Info OIPC <info@oipc.pr.gov> Saludos, Refiero para seguimiento. NAIHOMIE I. ORTIZ JIMENEZ Administrative Assistant, Regional Customer UN Experience LUBA © 787.340.1083 3 paihomie.ortiz@lumaprcom S lumaprcom CONFIDENTIALITY: This communication and any attachments included herein contain information that belongs to LUMA Energy Serica LIC, and/or is cent, that may be confidential egal pivlege, and/ora trade secret ts unaurhorzed dsciosura coming,or tution le sr proba you have received this communicationby ero, delta oF destroy and noti the sender immediately. Neither LUMA Energy Servo LLC, ls subsidaris,afaces nor hs cents wl be fable for any damages resulting from any ‘modication or falsication ofan e-mail that ls rated by un Furthermore, although precautlons have been taken 1 ensure thatthe data lncuded hernia re from virusesor other malicious content, we cannot assure that such ls indeedthe ease and dsc ay responsibilty atibutble thereto AVISO DE CONFIDENCIALIDAD: Esta comunicación y cualquier anejo Incluido que pueda eta inci conten información propietariade LUMA Energy Serco LAC y/o de sus entes, que puede ser confidencial, legalmente plegada y/o un secret de negocio. La divulgación no autorizada, reproducción distribución está estrictamente prohibida. Si stePa recibido esta comunicación por error Brea o destryalainforme de manera inmediata al remitente. LUMA Energy Servo LLC ni cualquierade sus subas, saan0 cients será respomablde cualquier daño que enuede cualquier madicacón oatficaciónde cuigule comunicación genera por noxotox Además, un cuando se han tomadols debidas precauciones para asegura quelo datos aquí contenidosae encuentren les de cualquier iu o contenido malo,no podemos garantizar que en feto ese sea el caso poro que rechazamos a negamos tener cualquier responsabilidad que pueda ser atribuida a tales efectos From: Info OIPC <info@oipc.pr.gov> Sent: Friday, October 3, 2025 4:28 PM To: @LUMA Gov Services <GovServicesQlumapr.com> Cc: Naihomie Ortiz Jiménez <Naihomie.Ortiz@Lumapr.com> Subject: Re; 1er f/up Querella de Voltaje Arecibo Número de querella: A25092900187. [CAUTION] This email originated from outside the organization. Do not open suspicious links or attachments. Report concerns to Cybersecurity@lumapr.com [PRECAUCIÓN] Este correo electrónico se originó fuera de la organización. No abra enlaces o archivos adjuntos sospechosos. Informe a Cybersecurity@lumapr.com Saludos: Consumidor informa que aún no han atendido querella de voltaje. Nuevamente le cierran querella sin atender el caso. Agradeceríamos que nos puedan brindar información al respecto. WVera

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R Outlook AS a RE: 2do f/up Querella de Voltaje Arecibo Número de querella: A25092900187. From @LUMA Gov Services <GovServices@lumapr.com> Date Mon 12/29/2025 10:19 AM To Info OIPC <infoGoipc.pr.gov> Saludos, Refiero para seguimiento. NAIHOMIE I. ORTIZ JIMENEZ Administrative Assistant, Regional Customer Experience ihomie.ortiz@lumapr.com © 787.340.1083 s lumaprcom (CONFIDENTIALITY: Ths communication and any attachments included herein contain information that belongs to LUMA Energy Serva LLC and/or its cierta, hat may be confident legal preged and/or «trade sere. ts unauthorised closure copying er distribution srcy prohibited. you have receed ths communication by ert delta oF destroy it and natty the sender immediately, Nether LUMA Energy Seco LLG, I subside, afilates or i cents mil be Kable fr any damages resting from any ‘modifeation or fication ofan e-mail hat rigid by us. Furthermore. although precautlons have been taken to ensure that the data included herein a fe from vies or other malous content, we cannot assure tht such ls indeed the case and cham any responsibilty aterbutable thereto AVISO DE CONFIDENCIALIDAD: Esta comunicación yculguer anejo incluido que pueda estar incluido contiene informacion propietaria de LUMA Energy Servo LLC. y/ de sur lentes, que puede ser confidencial, egamente privilegiada y/o un secret de nego. La divulgación no autors, reproducción o datrbución está estrictamente prohibit ste ha ecsido esta comunicación por eros Bórela o destila enorme de manera inmediata al remitente. LUMA Energy Sei LLC, cualquiera de us subidas afiladas cientes será respomable de cualquier daño que rene de cualquier modiñcacón o fbuficacón de cualquier comunicación generada po nxatros Adem, sun cundo 38 hantomado ls debidas precauciones para asegurar que o datosaqu contenido e encuentren bres de cualquier vv o contenido mabcioaa no podemos garantizar que en efecto ese ses el caso por la que rechazamos o negamos tener cualqlerresponsablidad que pueda ser atribuida a tales efectos. From: Info OIPC <info@oipc.pr.gov> Sent: Monday, December 29, 2025 9:27 AM To: @LUMA Gov Services <GovServicesQlumapr.com> Cc: Naihomie Ortiz Jiménez <Naihomie.Ortiz@Lumapr.com> Subject: 2do f/up Querella de Voltaje Arecibo Número de querella: A25092900187. [CAUTION] This email originated from outside the organization. Do not open suspicious links or attachments. Report concerns to ¡CybersecurityQlumapr.com [PRECAUCIÓN] Este correo electrónico se originó fuera de la organización. No abra enlaces o archivos adjuntos sospechosos. Informe a ‘Cybersecurity@lumapr.com Buen Dia Consumidor nos indica que su querella de Alto Voltaje aún no ha sido atendida le brindaron nuevo número de querella A25111900066 indica que llevó a Luma documento de High Voltage según solicitado. Adjunto documento suministrado por consumidora. MARILLYS CONCEPCIÓN BERRIOS OFICINA INDEPENDIENTE DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR | OFICIAL DE ORIENTACIÓN DE SERVICIOS

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$ Outlook +p ) Ú Fw: 3er f/up Querella de Voltaje Arecibo Número de querella: A25092900187. From Info OIPC <info@oipc.pr.gov> Date Mon 1/12/2026 3:31 PM To Aida Concepcion Berrios <aconcepcion@jrsp.pr.gov> Marilly: Se recibe correo electrónico de parte de LUMA, favor de realizar notas en el Registro de Consumidores 2025/2026. Cordialmente, WVera. From: @LUMA Gov Services <GovServices@lumapr.com> Sent: Monday, January 12, 2026 2:50 PM To: Info OIPC <info@oipc.pr.gov> Subject: RE: 3er f/up Querella de Voltaje Arecibo Numero de querella: A25092900187. Saludos, Refiero para seguimiento. NAIHOMIE I. ORTIZ JIMENEZ Administrative Assistant, Regional Customer LU ne A Experience 787.340.1083 © naihomie.ortiz@lumapr.com S lumaprcom (CONFIDENTIALITY: This communication and any stachnents lnchided herein contain information that belongs to LUMA Energy Serica LIC, and/or ls cent, that may be confidential legal pivleged, and/or a wade secret, ts unauthorized cours. copying. datibuion ls mit poh.you have received this communicationby ero, delete or destroy it and notify the sender immediately, Nether LUMA Energy Senco LLC. its subsidies, afates nor its eens wil be bie for any damages testing from any ‘modicationor falifiation ofan e-mail tt l rgratdby ws Furthermore, ahough precaution have been taken to ensure thtthe data Include herein a free from vinesor other malcous content we cannot assure that much indeedthe cate and csi ay respon ar butable theta AVISO DE CONFIDENCIALIDAD: Esta comunicacióny cualquier aj incluido que pueda estar incio canine Información propietariade LUMA Energy Senco LC, y/o de us ceres, que puede ser conden legalmente prvlgiday/o un secret de necio.La divjgación o autorizada, urereduccióno dtrbución está estrictamente proiida. 5 stadha ocio esta comunicación por eros brea o denróala norma de manera Inmediata al remita Mi LUMA Energy Senso LIC, cualqier de sus subio, filaso cientes será respomabl de cualquier daño que reste de cualquier modificacióno falfiación de cuiqie comunicación generadapr nosotro Además,un cuando e Fan tomado ls debidas precaucionespara asegura quelo datos aqu contenidosae encuentren rez de cualquier is o coteido makciono,no podemos garantzaque en feto ese sea leas poro que rechazamos o negamos tener cualquier responsabilidad que pueda se ariba a tale efectos From: Info OIPC <info@oipc.pr.gov> Sent: Monday, January 12, 2026 11:41 AM To: @LUMA Gov Services <GovServicesOlumapr.com> Cc: Naihomie Ortiz Jiménez <Naihomie.Ortiz@Lumapr.com> Subject: 3er f/up Querella de Voltaje Arecibo Número de querella: A25092900187.

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