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GOBIERNO DE PUERTO RICO JUNTA REGLAMENTADORA DE SERVICIO PÚBLICO NEGOCIADO DE ENERGÍA DE PUERTO RICO DORYLIZ VILA RIVERA CASO NÚM.: NEPR-QR-2026-0337 QUERELLANTE ASUNTO: Orden vs. LUMA ENERGY, LLC LUMA ENERGY SERVCO, LLC QUERELLADAS ORDEN El 18 de septiembre de 2026, LUMA presentó una Moción en Solicitud de Desestimación por Haberse Tornado la Controversia en Académica, en la cual informó que se reparó un neutral abierto en el bushing de! transformador y reparó las conexiones secundarias. Estas reparaciones permitieron corregir la fluctuación de voltaje reportada en Ja querella. Añadió que visitaron nuevamente el predio de la querellante y se corroboró que e! voltaje permanece dentro de los niveles permitidos en la industria de energía eléctrica. El 22 de septiembre de 2026, el Negociado de Energía emitió una Orden, en la cual ordenó a la querellante a presentar su posición en un término de diez (10) días. El 24 de septiembre de 2026, la querellante presentó una Posición de la Querellante en Cumplimiento de Orden y en Oposición a Moción De Desestimación, en la cual fijó su posición de que, aunque los trabajos referidos de LUMA produjeron una mejoría sustancial a las fluctuaciones de voltaje, estan no ha sido resueltas totalmente. El 8 de octubre de 2026, el Negociado de Energía emitió una Orden, en la cual señaló vista evidenciaria para el 21 de octubre de 2026 a las 9:30 a.m. El 21 de octubre de 2026, la querellante se comunicó vía telefónica con la secretaría del Negociado para indicar que no comparecería a la vista por falta de calendarización e informó que la situación reportada en la querella había sido resuelta. El 21 de octubre de 2026, el Negociado de Energía emitió una Orden, enla cual ordenó a la querellante a fijar posición sobre lo anterior en dos (2) días. El 21 de octubre de 2026, la querellante presentó una Moción Solicitando Desestimación Voluntaria y Excusa de Incomparecencia. Se toma conocimiento de lo informado y queda sometido el asunto ante el Negociado para su resolución. Notifíqueseypublíquese. Lcda. Naomi A. Cintrón ernández Oficial Examinadora CERTIFICACIÓN O Certifico que así lo acordó la Oficial Examinadora en este caso, la Lcda. Naomi A. Cintrón Hernández, el 28 de octubre de 2026. Certifico además que hoy, 28 de octubre de 2026, he procedido con el archivo en autos de esta Orden en relación al Caso Núm. NEPR-QR-2026- 0337 y he enviado copia de la misma a: xjitgmJLçm cristina.santiagoama@lumapr.com.
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Para que así conste firmo la presente en San Juan, Puerto Rico, hoy, 28 de octubre de 2026. -'t'° Oj I '4L...l Ill) Soiha,,taztambide Secretaria D 0/