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20261028 QR20260316 Moción Solicitando Prórroga.pdf

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GOBIERNO DE PUERTO RICO JUNTA REGLAMENTADORA DE SERVICIO PÚBLICO NEGOCIADO DE ENERGÍA DE PUERTO RICO CARMEN RIVERA LUCIANO QUERELLANTE V. LUMA ENERGY, LLC LUMA ENERGY SERVCO, LLC QUERELLADOS CASO NÚM. NEPR-QR-2026-0316 ASUNTO: Querella voltaje MOCIÓN SOLICITANDO PRÓRROGA AL NEGOCIADO DE ENERGIA: COMPARECEN las partes querelladas, LUMA Energy, LLC y LUMA Energy ServCo, LLC (en adelante colectivamente “LUMA”), mediante la abogada que suscribe y muy respetuosamente EXPONEN, ALEGAN y SOLICITAN: 1. El 27 de julio se presentó la querella. El caso fue asignado a la abogada suscribiente el 13 de agosto. El 14 de agosto se refirió la querella al personal de Despacho. En esa misma fecha, el personal de Despacho asignó la querella al personal de Operaciones de Distrito. El 28 de agosto la abogada suscribiente dio seguimiento. En esa misma fecha, el personal de Despacho dio seguimiento al personal de Distrito. El 21 de septiembre LUMA volvió a dar seguimiento al personal de Operaciones y Despacho dio seguimiento a Distrito. El 8 y 27 de octubre LUMA dio seguimiento al personal de Operaciones. 2. La querella está pendiente de completarse según las prioridades y el personal disponible. La intención de LUMA es presentar una moción de desestimación por academicidad por completarse los trabajos. 3. Ante esto, se solicita al Negociado que le conceda a LUMA una prórroga hasta el 20 de noviembre para contestar la querella o solicitar una desestimación.NEPR Received: Oct 28, 2026 2:17 PM

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POR LO CUAL, se solicita al Negociado de Energía que declare ha lugar esta moción, conceda una prórroga hasta el 20 de noviembre para contestar la querella o solicitar la desestimación, con cualquier pronunciamiento que en derecho proceda. RESPETUOSAMENTE SOMETIDO. En San Juan, Puerto Rico, el 28 de octubre de 2026. CERTIFICACION DE NOTIFICACION CERTIFICO que este escrito ha sido presentado a través del Sistema de Radicación Electrónica del Negociado de Energía de Puerto Rico (https://radicacion.energia.pr.gov), mediante el cual el Negociado y las partes recibirán notificación. Certifico, además, que copia fiel y exacta de este escrito se enviará a la Parte Querellante a gleniscotto579@gmail.com F/Michelle M. Acosta Rodríguez Lcda. Michelle M. Acosta Rodríguez RUA: 18239 LUMA – Departamento Legal PO BOX 364267 San Juan PR 00936-4267 (787) 349-3028 michelle.acosta@lumapr.com