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GOBIERNO DE PUERTO RICO JUNTA REGLAMENTADORA DE SERVICIO PUBLICO NEGOCIADO DE ENERGIA DE PUERTO RICO OSCAR ALBERTO ARBELO RAMOS Querellante v. LUMA ENERGY LLC, LUMA ENERGY SERVCO LLC Querelladas Caso Núm. NEPR-QR-2026-0463 Asunto: Querella voltaje MOCION SOLICITANDO PRÓRROGA AL NEGOCIADO DE ENERGIA: COMPARECEN las partes querelladas, LUMA Energy, LLC y LUMA Energy ServCo, LLC (en adelante colectivamente “LUMA”), mediante la abogada que suscribe y muy respetuosamente EXPONEN, ALEGAN y SOLICITAN: 1. El caso se refirió a Despacho el 8 de octubre y en esa misma fecha Despacho solicitó referirlo al personal de Distrito. Hoy la abogada suscribiente dio seguimiento. 2. Solicitamos al Negociado que le conceda a LUMA una prórroga hasta el 20 de noviembre para contestar la querella o solicitar la desestimación por academicidad por completarse los trabajos. POR LO CUAL, se solicita al Negociado de Energía que declare ha lugar esta moción, conceda a LUMA hasta el 20 de noviembre para presentar alegación responsiva o moción dispositiva, con cualquier pronunciamiento que en derecho proceda. RESPETUOSAMENTE SOMETIDO. En San Juan, Puerto Rico, el 27 de octubre de 2026.NEPR Received: Oct 27, 2026 11:19 AM
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CERTIFICACION DE NOTIFICACION CERTIFICO que este escrito ha sido presentado a través del Sistema de Radicación Electrónica del Negociado de Energía de Puerto Rico (https://radicacion.energia.pr.gov), mediante el cual el Negociado y las partes recibirán notificación. Certifico, además, que copia fiel y exacta de este escrito se enviará a la Querellante a oscararbelo758@gmail.com Representación Legal de LUMA f/Michelle M. Acosta Rodríguez Lcda. Michelle M. Acosta Rodríguez RUA Núm. 18239 LUMA – Departamento Legal PO BOX 364267 San Juan, PR, 00936-4267 (787) 349-3028 michelle.acosta@lumapr.com