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1 GOBIERNO DE PUERTO RICO JUNTA REGLAMENTADORA DE SERVICIO PÚBLICO NEGOCIADO DE ENERGÍA DE PUERTO RICO TPZ VENTURES, LLC QUERELLANTE v. LUMA ENERGY QUERELLADA CASO NÚM.: NEPR-QR-2026-0223 ASUNTO: OBJECIÓN DE FACTURA, AUXILIO DE JURISDICCIÓN MOCIÓN EN CUMPLIMIENTO DE ORDEN AL HONORABLE NEGOCIADO DE ENERGÍA: COMPARECEN, LUMA Energy ServCo, LLC (“LUMA”), por conducto de la representación legal que suscribe y, muy respetuosamente, EXPONE, ALEGA y SOLICITA: I. TRASFONDO FÁCTICO PERTINENTE En este caso las partes debemos presentar el Informe de Conferencia con Antelación a la Vista. Las partes hemos estado en conversaciones en aras de resolver esta controversia sin mayores litigios. Por lo que las partes solicitamos siete (7) días desde la notificación de la Orden para presentar dicho informe. II. SÚPLICA EN MERITO DE LO EXPUESTO, la Querellada muy respetuosamente solicita que el Honorable Negociado de Energía de Puerto Rico de la Junta Reglamentadora de Servicio Público que conceda el tiempo solicitado. CERTIFICACIÓN Y NOTIFICACIÓN CERTIFICO que este escrito ha sido presentado a través del sistema de RadicaciónNEPR Received: Oct 21, 2026 7:31 PM
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Reconsideración 2 Electrónica del Negociado de Energía de Puerto Rico (https://radicacion.energia.pr.gov/), mediante el cual el Negociado y las partes recibirán notificación. Certifico, además, que copia fiel y exacta de este escrito se enviará a la Representación Legal de la parte querellante a la dirección de correo electrónico provista con la querella, a saber, correalaw@me.com. RESPETUOSAMENTE SOMETIDA. En San Juan, Puerto Rico, hoy 21 de octubre de 2026. Representación Legal de LUMA LUMA – Departamento Legal PO BOX 364267 San Juan, PR, 00936-4267 f/Juan J. Méndez Carrero Lcdo. Juan J. Méndez Carrero R.U.A. 21415 y Colegiado 20725 (787) 349-4792 Juan.Mendez@lumapr.com