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1 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO JUNTA REGLAMENTADORA DE SERVICIO PUBLICO NEGOCIADO DE ENERGIA DE PUERTO RICO LUZ M. SOLA LOPEZ QUERELLANTE V. LUMA ENERGY DEMANDADOS CASO NUM: NEPR-QR-2026-0029 SOBRE: IMPUGNACION DE FACTURA; IMPUGNACION DE PROCEDIMIENTO MOCION OFRECIENDO FECHAS PARA JUICIO A HONORABLE NEGOCIADO DE ENERGIA: Comparece la señora Luz M. Solá López, representada por la representación legal que suscribe y muy respetuosamente, Expone, Alega y Solicita: 1. Este Honorable Tribunal ordenó notificar fecha para un procedimiento judicial administrativo. 2. Para su conocimiento y en cumplimiento de Orden, las fechas que nos proveyó la abogada de LUMA, no estaban disponibles para este abogado. Ante esto, se le proveyeron las siguientes fechas alternas disponibles para esta parte, los días 8, 9 y 10 de diciembre 2026. No obtuvimos respuesta de la abogada de LUMA de nuestra comunicación ofreciendo fechas disponibles. 3. En cumplimiento de Orden, esta parte presentó las fechas que tenía disponibles: 8, 9 y 10 de diciembre 2026. 4. Que días después, la representación legal de LUMA presentó su renuncia. Y posteriormente, la nueva representación legal de LUMA radicó moción asumiendo su representación. 5. Que la parte querellada requiere de este Honorable Tribunal detenga los términos de este caso. Esta solicitud se hace sin demostrar en su escrito justa causa para ello, razón por la cual nos oponemos. 6. Por lo que suplicamos, muy respetuosamente, se nos provea fecha para la vista final de este caso a la brevedad posible dentro del calendario de este Honorable Tribunal. 7. Suplicamos, se dé por cumplida la Orden del Tribunal y fije la vista de conformidad con estas fechas.NEPR Received: Oct 19, 2026 2:37 PM
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2 Por todo lo cual, se suplica que se dé por cumplida la Orden de este Honorable Tribunal, se declare Ha Lugar esta Moción, con cualquier pronunciamiento que en Derecho proceda. Respetuosamente sometido. En San Juan, Puerto Rico a 19 de octubre de 2026. CERTIFICAMOS: Haber notificado a la División Legal de LUMA Energy con copia de este escrito. f/Antonio E. Figueroa Rodríguez Lcdo. Antonio E. Figueroa Rodríguez Abogado de parte demandante TSPR 8,528 PG-87 Pacifica Urb. Encantada Trujillo Alto, PR 00979 (787)960-1564 figueroaantonio65@yahoo.com