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MOCIÓN SOMETIENDO EVIDENCIA SUPLEMENTARIA FINAL CASO NÚM. NEPR-QR-2026-0401 AL NEGOCIADO DE ENERGÍA DE PUERTO RICO: COMPARECE el querellante, Geovanni Camacho Rodríguez, por derecho propio, y muy respetuosamente expone y solicita: 1. El querellante somete la siguiente evidencia suplementaria final en apoyo de sus alegaciones en el caso de epígrafe. Esta evidencia no se había sometido anteriormente por haber sido localizada recientemente entre los voluminosos documentos de su archivo: ANEJO 1 — Facturas de LUMA Energy correspondientes a la cuenta del querellante (CAMACHO RODRIGUEZ GEOVANNI, URB Country Club, Carolina), con historial de consumo de trece (13) meses, de octubre de 2023 a octubre de 2024, para un consumo total de 11,211 kWh y mensualidades entre $95 y $252. ANEJO 2 — Documento titulado "Mi Diseño Solar Personalizado", preparado por Johnny Ramos el 24 de octubre de 2024. El bloque de "Aprobación" del documento — "He revisado mi diseño solar personalizado y apruebo la disposición de los paneles solares y equipo eléctrico arriba identificados" — aparece EN BLANCO, sin firma ni fecha del cliente. El diseño se preparó después de la firma del contrato (1 de octubre de 2024) y nunca fue aprobado por el querellante. ANEJO 3 — Planos PV1, PV2 y PV3 de ProSolar. Las hojas de ingeniería no contienen casilla ni espacio alguno para la firma del cliente. ANEJO 4 — Tres (3) fotos tomadas por el querellante el 17 de octubre de 2026 del área del contador y transfer switch, que muestran la tapa de seguridad removida por el querellante al no encajar en su sitio por el diseño de la instalación, y la separación visible entre la caja y la pared. ANEJO 5 — Seis (6) fotos tomadas por el querellante el 17 de octubre de 2026 del techo de la residencia, que muestran las placas solares según instaladas, su disposición, y las condiciones del área. ANEJO 6 — Diez (10) fotos tomadas por el querellante el 17 de octubre de 2026 del contador, del interior del transfer switch Eaton, de la tubería del sistema, de la batería Tesla y del área alrededor de la penetración del conduit en el techo. 2. Esta evidencia demuestra que el diseño del sistema nunca fue presentado al querellante para su revisión y aprobación, y que el sistema se instaló sin la aprobación del diseño final por parte del querellante. 3. El querellante sostiene que con esta evidencia se demuestra que le montaron un sistema viciado, y que lo engañaron con lo que le prometieron: que podía correr su casa con todos los aires acondicionados sin preocupación, y según le dijo el vendedor, que se podía desconectar de LUMA y olvidarse, que con eso corría la casa.NEPR Received: Oct 18, 2026 12:59 PM
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4. El querellante recuerda que desde su querella original alegó la firma clonada de una cofirmante que no conoce (Yarisa Delgado), insertada sin su conocimiento. La evidencia nueva es consistente con ese mismo patrón: un contrato y un diseño gestionados sin el consentimiento informado del querellante. 5. Esta evidencia suplementaria se suma a la evidencia ya sometida por el querellante sobre la mala instalación del sistema, incluyendo los cables expuestos en la caja principal del contador y las manchas de filtración en el techo alrededor del conduit, según alegado en la querella y las fotos ya radicadas. En conjunto, demuestran un patrón: ni el diseño fue aprobado por el querellante ni la instalación se ejecutó correctamente. 6. Las fotos del Anejo 5 muestran la disposición de las placas en el techo y las condiciones del área según instaladas; se someten como hechos para que el Negociado las examine. Esta evidencia se suma a lo alegado en la querella sobre la mala instalación del sistema. 7. Las fotos del Anejo 6 muestran el contador, el interior del transfer switch, la tubería del sistema, la batería Tesla y el área alrededor de la penetración del conduit en el techo, según instalados; se someten como hechos para que el Negociado los examine. Esta evidencia se suma a lo alegado en la querella sobre los cables expuestos en la caja principal del contador y las manchas de filtración en el techo alrededor del conduit. POR LO TANTO, se solicita respetuosamente al Negociado que admita los Anejos 1, 2, 3, 4, 5 y 6 como evidencia suplementaria final del querellante y que los considere al momento de resolver. CERTIFICO que esta moción se radicó en el portal del Negociado y se notificó a la Secretaría en la misma fecha. En Carolina, Puerto Rico, a 17 de octubre de 2026. Geovanni Camacho Rodríguez Querellante, por derecho propio
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ANEJO 1 — Facturas de LUMA Energy (historial de consumo, 13 meses)
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ANEJO 2 — "Mi Diseño Solar Personalizado" (Johnny Ramos, 24-oct-2024; bloque de aprobación en blanco)
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ANEJO 3 — Planos PV1, PV2 y PV3 de ProSolar (sin casilla de firma del cliente)
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ANEJO 4 — Fotos del área del contador y transfer switch (tapa de seguridad removida; separación caja-pared), 17-oct-2026
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ANEJO 5 — Fotos del techo: placas según instaladas, disposición y condiciones del área, 17-oct-2026
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ANEJO 6 — Contador, interior del transfer switch Eaton, tubería del sistema, batería Tesla y área de la penetración del conduit en el techo, 17-oct-2026