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20261008 QR20260337 Orden.pdf

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GOBIERNO DE PUERTO RICO JUNTA REGLAMENTADORA DE SERVICIO PÚBLICO NEGOCIADO DE ENERGÍA DE PUERTO RICO DORYLIZ VILA RIVERA QUERELLANTE CASO NÚM.: NEPR-QR-2026-0337 ASUNTO: Orden Vs. LUMA ENERGY, LLC LUMA ENERGY SERVCO, LLC QUERELLADAS ORDEN El 18 de septiembre de 2026, LUMA presentó una Moción en Solicitud de Desestimación por Haberse Tornado la Controversia en Académica, en la cual informó que se reparó un neutral abierto en el bushing del transformador y reparó las conexiones secundarias. Estas reparaciones permitieron corregir la fluctuación de voltaje reportada en la querella. Añadió que visitaron nuevamente el predio de la querellante y se corroboró que el voltaje permanece dentro de los niveles permitidos en la industria de energía eléctrica. El 22 de septiembre de 2026, el Negociado de Energía emitió una Orden, en la cual ordenó a la querellante a presentar su posición en un término de diez (10) días. El 24 de septiembre de 2026, la querellante presentó una Posición de la Querellante en Cumplimiento de Orden y en Oposición a Moción De Desestimación, en la cual fijó su posición de que, aunque los trabajos referidos de LUMA produjeron una mejoría sustancial a las fluctuaciones de voltaje, estan no ha sido resueltas totalmente. Se señala vista evidenciaria para el 21 de octubre de 2026 a las 9:30 a.m. Notifíquese y publíquese. Lcda. Naomi A. Cintrón Hernández Oficial Examinadora CERTIFICACIÓN Certifico que así lo acordó la Oficial Examinadora en este caso, la Lcda. Naomi A. Cintrón Hernández, el 8 de octubre de 2026. Certifico además que hoy, 8 de octubre de 2026, he procedido con el archivo en autos de esta Orden en relación al Caso Núm. NEPR-QR-2026- 0337 y he enviado copia de la misma a: Para que así conste firmo la presente en San Juan, Puerto Rico, hoy, 8 de octubre de 2026. (QODE I'1L.I Ill Soaaztambide Secretaria R 0