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20261008 QR20260159 Moción Informativa y en Solicitud de Prórroga.pdf

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GOBIERNO DE PUERTO RICO JUNTA REGLAMENTADORA DE SERVICIO PÚBLICO NEGOCIADO DE ENERGÍA DE PUERTO RICO EVA MELENDEZ FRAGUADA Promovente vs. LUMA ENERGY LLC y LUMA ENERGY SERVCO, LLC Querelladas Caso Núm. NEPR-QR-2026-0159 Asunto: MOCIÓN INFORMATIVA Y EN SOLICITUD DE PRÓRROGA MOCIÓN INFORMATIVA Y EN SOLICITUD DE PRÓRROGA AL HONORABLE NEGOCIADO DE ENERGÍA DE PUERTO RICO: COMPARECEN LUMA Energy, LLC y LUMA Energy ServCo, LLC (colectivamente “LUMA”) por conducto de la representación legal que suscribe y, muy respetuosamente, EXPONEN, ALEGAN y SOLICITAN: 1. A raíz de la Resolución del 30 de septiembre de 2026, entendemos que el término para concluir el descubrimiento de prueba y radicar el Informe de antelación a la vista administrativa, establecidos en la Orden del 16 de septiembre, resultan inalterados. 2. A pesar de nuestros esfuerzos, actualmente no hemos recibido respuesta de la parte querellante a los fines de encontrarnos en posición para someter el Informe requerido por la Sección 9.01 (B) el Reglamento 8543. 3. Por lo anterior, solicitamos sea concedida una prórroga hasta el viernes 16 de octubre de 2026, para que la parte querellada realice un nuevo intento de comunicación para con la parte querellante, coordinar reunión y someter informe de manera conjunta.NEPR Received: Oct 8, 2026 12:02 PM

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POR TODO LO ANTERIOR, muy respetuosamente se solicita al Negociado de Energía que tome conocimiento de lo anteriormente expuesto y conceda un término hasta el viernes 16 de octubre de 2026 para someter el informe con antelación a vista de manera conjunta. RESPETUOSAMENTE SOMETIDA. En San Juan, Puerto Rico, el 8 de octubre de 2026. CERTIFICACIÓN DE NOTIFICACIÓN CERTIFICO que este escrito ha sido presentado a través del sistema de Radicación Electrónica del Negociado de Energía de Puerto Rico (https://radicacion.energia.pr.gov/), mediante el cual el Negociado y las partes recibirán notificación. Certifico, además, que copia fiel y exacta de este escrito se enviará a la parte promovente a la dirección de correo electrónico provista con la querella, a saber, evaesrella@outlook.com. f/Ana Cristina Martínez Flores Lcda. Ana Cristina Martínez Flores RUA Núm. 22447 LUMA – Departamento Legal PO BOX 364267 San Juan, PR, 00936-4267 ana.martinezflores@lumapr.com f/Cristina Santiago Amaro Lcda. Cristina Santiago Amaro RUA Núm. 17271 LUMA – Departamento Legal PO BOX 364267 San Juan, PR, 00936-4267

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Tel. 787-365-2455 cristina.santiagoama@lumapr.com