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20261007 QR20260363 ORDEN.pdf

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GOBIERNO DE PUERTO RICO JUNTA REGLAMENTADORA DE SERVICIO PÚBLICO NEGOCIADO DE ENERGÍA DE PUERTO RICO MARITZA CORREA SANTIAGO QUERELLANTE vs. LUMA ENERGY LLC Y LUMA ENERGY SERVCO, LLC QUERELLADA CASO NÚM.: NEPR-QR-2026-0363 ASUNTO: Orden Prórroga para Contestar Querella ORDEN El 30 de septiembre de 2026, la parte querellada presentó una Moción en Solicitud de Prórroga Adicional para Presentar Alegación Responsiva por Justa Causa, mediante la cual informó que no había sido posible coordinar la visita técnica al predio de la querellante debido a inclemencias del tiempo, disponibilidad de personal y la necesidad de atender otros eventos urgentes en el sistema eléctrico. En consecuencia, solicitó un término adicional de diez (10) días, a partir de la notificación de la Orden, para completar la visita y presentar su alegación responsiva. Examinado lo anterior, se declara HA LUGAR la Moción y se ORDENA a la parte Querellada a presentar su Contestación a la Querella en un término de diez (10) días, según solicitado. Se apercibe a la parte Querellada que este constituye el término final concedido para dicho propósito y que no se concederán prórrogas adicionales. Notifíquese y publíquese. Lcdo. Dennis Seilhamer Anadón Oficial Examinador CERTIFICACIÓN Certifico que así lo acordó el Oficial Examinador en este caso, el Lcdo. Dennis Seilhamer Anadón, el 7 de octubre de 2026. Certifico además que hoy, 7 de octubre de 2026, he procedido con el archivo en autos de esta Orden con relación al Caso Núm. NEPR-QR-2026- 0363 y he enviado copia de la misma a: luis.fuentes@lumapr.com y josemcorrea31@gmail.com. Para que así conste firmo la presente en San Juan, Puerto Rico, hoy, 7 de octubre de 2026. ___________________________ Sonia Seda Gaztambide Secretaria