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20261005 QR20260481 Citación y Querella.pdf

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JUNTA FT(GLAM tTTDQ?A D ';sLRvIcIo .¯ PUBLICO- NEGOCtADO DE ENERGíA Oficina Independiente de Protección Al Consumidor en Representación Legal de Nydia I. Villarrubia Soto Querellante vs LUMA ENERGY, LLC Y LUMA ENERGY SERVCO, LLC Querelladas NEPR Received: Oct 5, 2026 4:44 PM Caso Núm.: NEPR-OR-2026- OVI Asunto: INCUMPLIMIENTO CON LA LEY DE TRANSFORMACIÓN Y ALIVIO ENERGÉTICO, LEY 57-2014, SEGÚN ENMENDADA, Y LA LEY DE POLÍTICA PÚBLICA ENERGÉTICA, LEY NÚM. 17-2019 CITACIÓN A: LUMA ENERGY. LLC Y LUMA ENERGY SERVCO. LLC (nonibr d Ii pcrsona cELada) POR LA PRESENTE se le notifica que se ha presentado un recurso en su contra en el Negociado de Energía de Puerto Rico. Se le apercibe que debe contestar las alegaciones formuladas en el recurso que se aconipaa en o antes del término de veinte (20) días, contados a partir de ¡a fecha de esta notificación. De flo) presentar oportunamente la contestación, el Negociado de Energía podrá anotarle la rebeldía y conceder el remedio solicitado en el recurso. Lcdo. Kevin Mercado VallespH RUA: 22660 268 Ave. Muñoz Rivera Edificio \Vorld Plaza San Juan. P.R. 00918 Expedido bajo mi firma y sello del Negociado de Energía de Puerto Rico. hoy. Li dc Oc-h'/)i »1iC &'ri'i &46?rf\b'lck Se etaria-.. Finyi -:po DE \ILI ii) / O p..., ,-) E R I Edificio World Plaza, 268 Ave. Muñoz Pivera, Suite 202, San Juan PR 00918-1925 (787) 523-6262 I www.energia.pr.gov

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CASo VÚAI.: NEPR-QR- 2026- DL1GENC1AMIENTO DE LA CITACIÓN El diligenciarniento de esta citación y copia fiel y exacta del recurso se realizó de la siguiente forma: Mediante correo certificado a la siguiente dirección postal: GENERAL COUNSEL LUMA ENERGY, LLC & LUMA ENERGY SERVCO, LLC PO BOX 364267 SAN JUAN, PR 00936-42 67 Mediante correo certificado con acuse de recibo a la siguiente dirección postal: Mediante diligenciamiento personal: (No aplica para la notificación a compañías de servicio eléctrico) Yo. . certifico so pena de perjurio que soy mayor de dieciocho años de edad, que sé leer y escribir, que no soy parte en el pleito, ni abogado de una parte en este pleito. Además, certifico so pena de peijurio que entregué la citación y copia ud y exacta del recurso del caso de referencia a am/pm. en la dirección tisica Firma el de . a las CERTIFICO, HABER ENVIADO COPIA FIEL Y EXACTA DE LA PRESENTE QUERELLA MEDIANTE CORREO ELECTRÓNICO A: LEGAL@LUMAPR.COM PREBORDERS(LUMAPftCOM \E/k-.f,i1 2

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GOBIERNO DE PUERTO RICO JUNTA REGLA DE SERVICIO PÚBLICO NEGOCIADO DE ENERGÍA DE PUERTO RICO OFICINA INDEPENDIENTE DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR EN REPRESENTACIÓN DE NYDIA I. VILLARUBIA SOTO Querellante LUMA ENERGY, LLC y LUIV A ENERGY SERVCO, LLC NEPR Received: Oct 5, 2026 4:44 PM CASO NÚM.: NEPR-QR-2026- ASUNTO: INCUMPLIMIENTO CON LA LEY DE TRANSFORMACIÓN Y ALIVIO ENERGÉTICO, LEY 57-2014, SEGÚN ENMENDADA, Y LA LEY DE POLÍTICA PÚBLICA ENERGÉTICA, LEY NÚM. 17-2019. QUERELLA AL HONORABLE NEGOCIADO: Comparece la Oficina Independiente de Protección al Consumidor de la Junta Reglamentadora de Servicio Público (en adelante, "OlPC"), en representación de la Querellante Nydia I. Villarrubia Soto, por conducto de los abogados que suscriben, quienes muy respetuosamente EXPONEN, ALEGAN y SOLICITAN: I. LAS PARTES 1. La señora Nydia I. Villarrubia Sato (en adelante, "Querellante") es cliente residencial de LUMA Energy, LLC (en adelante, "LUMA") con número de cuenta 2126121000, dirección física y/o postal: Car 403 K3 H5 mt. Ba. Laguna, Agnada, P.R, 00602. Además, el número de teléfono de la Querellante es (787) 675-6016. 2. La parte Querellada es LUMA Energy, LLC y LUMA Energy ServCo, LLC. (en conjunto y en adelante "LUMA" o la "Querellada"), entidad encargada de la transmisión y distribución del sistema eléctrico del País en virtud del Acz.ierdo de Transmisión, Distribución y Opernción del Sistenrn de Puerto Rico (en adelante "OMA" por

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- JIPC NvdiaI. Villarubia Soto Pagina 2 sus siglas en inglés). Su dirección física es 1110 Ave. Ponce De León, Edificio NEOS, Santurce, PR, su dirección postal es FO Box 364267 San Juan PR 009364267, con número de teléfono 1-844-888-5862 y correo electrónico legal@lumapr.com. IL JURISDICCIÓN DEL NEGOCIADO DE ENERGtA 3. La jurisdicción del Negociado de Energía de Puerto Rico (en adelante, "Negociado") para entender en esta Querella emana del Artículo 6.4 (c) de la "Ley de Transformación y ALIVIO Energético", Ley Núm. 57-2014, según enmendada (22 L.P.R.A § 1054c) y de! Capítulo 2 del Reglamento Núm. 8543 de 18 de diciembre de 2014, conocido como "Reglamento de Procedimientos Adjudicativos, Avisos de Incumplimiento, Revisión de Tarifas e Investigaciones". "Artículo 6.4- Jurisdicción de! Negociado de Energía. (a)... (c) Querellas por incumplimientos con ¡a política pública energética. (1) A petición de alguna parte afectada con legitimación activa, y según se establece en esta Ley, LNEPR podrá aten4eLqiwrellas en ¡as que se a legue i reclame por el incumplimiento de una compzi1fade servicio eléctrico coii la política pública energéticá deWierno de Puerto Rico, según expresada en la"Ley de Política Pública Energética de Puerto Rico" y el derecho vigente. De igual forma, el NEPR podrá atender querellas sobre las transacciones o actos jurídicos relacionados con la compra de energía o con la compra de combustible; sobre contratos entre la Autoridad o su sucesora, el contratante de la red de transmisión y distribución, los productores independientes de energía y las compañías de energía; sobre los casos y controversias entre estos; sobre las tarzfis de trasbordo y cargos de interconexión; y en casos y controversias sobre trasbordo de energía eléctrica o interconexión entre

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3lPCNyclia I. Villarubia Soto Pígina 3 in Autoridad, su sucesora o sus subsidiarias, o el Contratante de la red de transmisión y distribución, y toda persona que esté, o interese estar, conectada a In red de energía eléctrica dentro del Gobierno de Puerto Rico o toda persona con un interés directo o indirecto en esos servicios de energía eléctrica. (2) Toda querella presentada bajo este Artículo tendrá que ser presentada bajo juramento y establecerá con alegaciones específicas la naturaleza de su reclamo y los remedios solicitados. (3) Luego de presentada la querella, durante su proceso de evaluación y adjudicación, el NEPR podrá solicitar a la parte querellada cualquier información que sea perthente a la controversia. Esta información estará a la disposición de la parte querellante, excepto que el NEPR podrá, a petición de alguna parte interesada y al amparo de lo establecido en el Artículo 6.25 de esta Ley, proteger la información que sea confidencial o privilegiada. (...)¯" III. LEGITIMACIÓN ACTIVA DE LA OIPC PARA RADICAR LA PRESENTE QUERELLA 4. La OIPC fue creada en virtud de la Ley 57-2014, supra, a los fines de, entre otras cosas, educar, orientar, asistir y representar a Los clienes de todos los servicios bajo la jurisdicción de la Junta RegiLamentadora de Servicio Público de Puerto Rico. Entre los poderes y deberes delegados mediante el ArtÍculo 6.42 de la Ley 57-2014, supra, se encuentra el ser defensora y portavoz de los intereses de los clientes en todos los asuntos que estén ante el Negociado de Energfa, el Negociado de Telecomunicaciones y el Negociado de Transporte y Otros Servicios Públicos, o que estén siendo trabajados por el

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J!PC Nydia I. Villarubia Soto Página 4 Programa de Política PÚblica Energética adscrito al Departamento de Desarrollo Económico, relacionados con las tarifas y cargos de servicio eléctrico, calidad del servicio eléctrico, los servicios de las compañías de servicio eléctrico a sus clientes, planificación de recursos, política pública y cualquier otro asunto de interés del cliente. 5. De igual forma, del propio Artículo 6.42 en su inciso (d), surge que la OIPC tiene la facultad de presentar querellas o recursos legales ante el Negociado de Energía, el Negociado de Telecomunicaciones y el Negociado de Transporte y Otros Servicios Públicos de Puerto Rico a nombre y en representación de clientes, que no tengan otra representación legal, en relación con controversias sobre cualquier asunto que afecte el servicio, tarifa o en cualquier otro asunto que afecte los intereses o derechos de los clientes de servicio eléctrico, telecomunicaciones y/o transporte. (Énfasis Nuestro) IV. HECHOS 6. El 14 de marzo de 2026, la Querellante, por derecho propio, presentó ante LUMA una reclamación debido a un problema de fluctuación de alto voltaje enel servicio eléctrico residencial. A dicha reclamación LUMA le asignO el número: M26031400089 ("Querella ante LUMA"). 7. De igual manera, por anterior situación, el 1 de julio de 2026, LUMA Le asignO el número de reclamación: M26070100036 8. Con posterioridad a la presentación de las reclamaciones antes indicadas, la Querellante realizó múltiples gestiones con LUMA, a los fines de Ia corrección del problema reportado. Cabe señalar que, a la fecha, todas las gestiones realizadas por la Querellante han sido infructuosas y el problema no ha sido atendido oportuna ni efectivamente por LUMA. (Véase, anejo #1, bitácora de comunicaciones de la Querellante). 9. Además, el 19 de marzo de 2026, la Querellante procura los servicios de la OIPC. Para anterior fecha, la OIPC refiere por primera vez el caso ante LUMA, procediendo a darle seguimiento el 30 de marzo de 2026, el 6 de agosto de 2026 y el

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UfPC Nydh 1. Villanibia Soto I'igiua 5 3 de septiembre de 2026. (Véase, Anejo #2 al 5, referidos de la OIPC). 10. Finalmente, adjuntamos evidencia del "High Voltage Load Test", para acreditar el problema de alto voltaje en Ja popjedad objeto del servicio de energía eléctrica. (Véase, anejo #6). V. DERECHO APLICABLE 11. La Ley 57-2014, supra, en su Artículo 1.2, establece como política pública del Gobierno de Puerto Rico el derecho que todo consumidor tiene de recibir por parte de la utilidad un servicio eléctrico confiable, estable y de excelencia. Dicho artículo establece lo siguiente: "Artículo 1.2. - Declaración de Política Pública sobre Energía Eléctrica. 22 L.P.R.A 1051) conzo elemento esencial para la conzpetítividad y el desarrollo económico de! Estado Libre Asociado de Puerto Rico, es necesaria una transformación y reestructuración de nuestro sector eléctrico. Por tal razón, se declara como política pública del Estado Libre Asociado de Puerto Rico que: (a) Todo consumidor tiene derecho a un servicio eléctrico confiable, estable i, de excelencia; (Énfasis nuestro). I, 12. De igual forma, la Ley Núm. 17 del 11 de abril de 2019, conocida como la "Ley de Política Pública Energética de Puerto Rico", establece en su Artículo 1.5 (9)(e) lo siguiente: "Artículo 1.5. - Política Pública Energética 2050. (22 L.P.R.A. § 1141d) Se declara como política pública del Gobierno de Puerto Rico: 1).... 9) Diseño de la infraestructura, resiliencia, mantenimiento y seguridad

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)IPC Nvdia I. Villarubia Soto Página 6 (a).... (e) Mantener ¡a infraestructura eléctrica en condiciones óptimas para asegurar la confiabilidad, resiliencia y seguridad del servicio eléctrico; se requerirá que ¡os proveedores de servicio eléctrico presenten anualmente planes de aseguramiento energético, planes ¡,ara la estandarización de activos, inventarios de partes de reemplazos, y planes de las mejores prácticas en mantenimiento del sistema; (Énfasis nuestro). VL DISCUSIÓN 13. Conforme a la normativa antes citada, la parte Querellante tiene el derecho de recibir por parte de LUMA un servicio eléctrico confiable, estable y de excelencia. Además, es e! deber de LUMA como operador y administrador del sistema eléctrico del País mantener la infraestructura eléctrica en condiciones óptimas para asegurar la confiabilidad, resiliencia y seguridad del mismo. 14. La parte Querellante le notificó a LUMA estar confrontando problemas en su servicio eléctrico debido a problemas de alto voltaje. 15. Un servicio eléctrico con problemas de alto voltaje no constituye un servicio confiable, estable y de excelencia. Además, los problemas de fluctuaciones de voltaje son una de las principales causas para los daños a enseres electrodomésticos y hasta la causa para un incendio doméstico. 16. LUMA debe realizarlas mejoras necesarias ala infraestructura eléctrica que le suple servicio a la parte Querellante de manera que esté en condiciones óptimas para asegurar la confiabilidad del mismo. 17. De igual forma, como parte de un servicio confiable y de excelencia, la parte Querellante tiene derecho a que sus reclamos ante LUMA sean debidamente atendidos dentro de un término razonable.

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'ui 7 VII. SÚPLICA POR TODO LO CUAL, se solicita de este Honorable Negociado, le ordene a la parte Querellada a atender el reclamo de la parte Querellante y a realizar las mejoras que resulten necesarias a los fines de solucionar el problema de voltaje, con cualesquiera otros pronunciamientos que en derecho procedan. RESPETUOSAMENTE sometido, hoy 5 de octubre de 2026. CERTIFICO, haber enviado copia fiel y exacta de Ja presente Querella mediante correo electrónico a: Iegallumapr.com l'rebordersalumapr.com :: oipc 268 Ave. Muñoz Rivera Edilicio World Plaza San Juan, P.R. 00918 787.523.6962 "a info@oipc.pr.gov Lcdo. Kevin Mercado Vallespil kiuercado@jrsp.pr.gov RUA 22660 J/ VVilliuin Rodríguez Lugo Lcdo. William Rodríguez Lugo contratistas__jjp.prgy RUA 17606

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4ri-ejoL.. ANEJO A CARTA Nombre de Titular de la Cuenta: 1Lít, . 7 V i/c. 1th * Número Cuenta: Número querella LUMA _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ Fecha en que se radicó Querella con LUMA Si le dio seguimiento directo con LUMA (no con nosotros), las fechas del mismo Con quien habló y qué si algo le indicaron I ¯t f \ - I1(! ¿L ¯L C I - - _Tth/ I L. « _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _

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Outlook Querella de Alto Voltaje Aguada From Info OIPC <info@oipc.pr.gov> Date Thu 3/19/2026 1 1:50 AM To @LUMA Gov Services <govservices@lumapr.com> Cc Naihomie Ortiz <naihomie.ortiz@lumapr.com> Buen día Nombre: Nydia Villarubia Soto/Anibal Lopez Villarubia Núm. De Cta.: 2126121000 Núm. De Tel.: (787) 675-6016 Dirección: Carr 416 KM 6.7 mt 403 Bo Laguna Aguada Núm. De Querella: M24082700220 M2603 1400089 Consumidor llama para indicar alto voltaje desde le 13 -marzo-2026.tiene sistema de placas solares, tos vecinos tienen también problemas de voltaje no ha llevado perito electricista realizó querella M24082700220 M26031400089 al día de hoy aún no ha sido atendida en Carr 416 KM 6.7 mt 403 Bc Laguna Aguada MARILLYS CONCEPCIÓN BERRIOS OFICINA INDEPENDIENTE DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR I OFICIAL DE ORIENTACIÓN DE SERVICIOS SLRViCIO, PUBLICO t.IG3CIA:,.) i ¡.OH Y QIkOS SUWCOS ruiuCoS r;i OCt.V.) [ IELECO'.UCACO?[S O C [)ffl DE PR0T(CCIO4 L COSU DOF GOBERO DE P12tTO RtCO NOTA DE CONFIDENCIALIDAD: Esta transmisión electrónica contiene información pertenecier de Servicio Público, que es confidencial, privilegiada y/o privada bajo las leyes aplicables. Este men

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Outlook Re: ler f/up Querella de Alto Voltaje Aguada From Info OIPC <info@oipc.pr.gov> Date Mon 3/30/2026 10:07 AM To @LUMA Gov Services <govservces©lumapr.com> Cc Naihomie Ortiz <naihomie.ortiz@lumapr.com> Consumidor informa que aún no han atendido querella de voltaje. Le están cerrando las querellas sin atender el reclamo. Número de querellas nuevos M26034400090 y M26032400095. Agradeceríamos que nos puedan brindar información al respecto. WVera From: Info OIPC Sent: Thursday, March 19, 2026 11:49 AM To: @LUMA Gov Services <govservices@lumapr.com> Cc: Naihomie Ortiz <naihomie.ortiz@lumapr.com> Subject: Querella de Alto Voltaje Aguada Buen día Nombre: Nydia Villarubia Soto/Anibal Lopez Villarubia Núm. De Cta.: 2126121000 Núm. De Tel.: (787) 675-6016 Dirección: Carr 416 KM 6.7 Int 403 80 Laguna Aguada Núm. De Querella: M24082700220 M26031400089 Consumidor llama para indicar alto voltaje desde le 13 -niarzo-2026.tiene sistema de placas solares, los vecinos tienen también problemas de voltaje no ha llevado perito electricista realizó querella M24082700220 M26031400089 al día de hoy aún no ha sido atendida en Carr 416 KM 6.7 Int 403 Bo Laguna Aguada

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í' Outlook 2do f/up Querella de Alto Voltaje Aguada From Info OIPC <info@oipc.pr.gov> Date Thu 8/6/2026 10:43 AM To @LUMA Gov Services <govservices@lumapr.com> Cc Naihomie Ortiz <naihomieortiz@Iumapr.com> Buen Día Consumidor nos indica que su querella de Alto Voltaje al día de hoy aún no ha sido atendida MARILLYS CONCEPCIÓN BERRIOS OFICINA INDEPENDIENTE DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR I OFICIAL DE ORIENTACIÓN DE SERVICIOS SLRVICIO PUBLICOr. ¡s'ont Y oicos stv.cos runucos tGC.1O VE ttCO'.J.CAClO?tS IC ri,. .V: ¿rC)i€ Nit U PROI(CC104 At CO'.StJ'. L)C C.Oi3ttp,O rt r[TO RICO NOTA DE CONFIDENCIALIDAD: Esta transmisión electrónica contiene información pertenecier de Servicio Público, que es confidencial, privilegiada y/o privada bajo las leyes aplicables. Este men si alguno, son para el uso exclusivo del destinatario. Si el lector no es el destinatario, ni ha sido au advierte que el contenido puede ser de naturaleza privilegiada o confidencial y exenta de divul reglamento. Si usted recibió esta transmisión por error, se le advierte que no debe divulgar su C remitente por teléfono y remueva la misma de su computadora inmediatamente.

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Outlook 3er f/up Querelta de Alto Voltaje Aguada From Info OIPC <info@oipc.pr.gov> Date Thu 9/3/2026 8:34 AM To ©LUMA Gov Services <govservices@lumapr.com> Cc Naihomie Ortiz <naihomie.ortiz@lumapr.com> Buen Día Consumidor nos indica que su querella de Alto Voltaje al día de hoy aún no ha sido atendida MARILLYS CONCEPCIÓN BERRIOS OFICINA INDEPENDIENTE DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR I OFICIAL DE ORIENTACIÓN DE SERVICIOS L.A"r jT: SLRVICIO PUBLICOíc,ci:o r r,i GDCiAD0 DI A1.SP01TE Y OI1OS SERVICIOS PUBUCOS E(OLI.DO DI it LECOMUICCIOI o¯iCUA t.E PROt[CCIO ;. CO'.SUMDC OOBIERE.O DE PUERTO RICO NOTA DE CONFIDENCIALIDAD: Esta transmisión electrónica contiene información pertenecier de Servicio Público, que es confidencial, privilegiada y/o privada bajo las leyes aplicables. Este men si alguno, son para el uso exclusivo del destinatario. Si el lector no es el destinatario, ni ha sido au advierte que el contenido puede ser de naturaleza privilegiada o confidencial y exenta de divul reglamento. Si usted recibió esta transmisión por error, se le advierte que no debe divulgar su c remitente por teléfono y remueva la misma de su computadora inmediatamente.

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High Voltage Load Test _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ Customer Name: _ _ _ _ _ _ _ _ _ 4/ d,c.t. 1./I //t/,-4,,c.Nombre del Cliente -í) Cuson'.er Phone D 7 - /mero de Te1 tono aol C Customer Account or Meter Number: 2_I?- () 2- ()L4.2Numero dela Cuenta del Cliente o del Metro: l::etion ID ID de Localia _ _ _ _ _ _ _ _ 2-I 2 Cf 2( (c Engineer/Certified_Electrcian _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ Ingeniero/Perito Electricista, _ _ _ _ _ _ _ _ ..J v- // J , c' . 'e,'reer,'Certibed Ele rV: aii' L .:e' ..:mero do Lic ncia de I' ,enier' Pr vs Eiectr::, .: I > Lngineer/Electr:cian Phone Number: NumerodeTelionodel Ingeniero/Perito E!ectris.sra - AC/DC PV System Siz- in PV: Tamaño del Sistema EV AC, DC or 7 (. - .5V AC Date of Voltage Test: _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ Fecha de la Prueba de Voltaje: i /rtys!c /zcZ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ Voltage without Major Loads, PV CC: _ _ _ _ _ _ _ _ ¿-"L U.' £' Timi of Voitage_1 _ _ _ _ _ _ _ _ Voltaje sin Cnr:,is Mayores. EV Encen ds. _________- ' Horn e I :'r.h ,: (- ,. C : U ¿ VO't.CC Voltage without Major Loads, PV Off: Llc 2.. '/ ¿' lime of Voltage Test: Voltaje sin Cargas Mayores, FV.Apagado t,. ,j7 / Hora dela Prueba de _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ ¡2-71/ Voltaje: Vnltsge without Malor Loads. PV On Again: _ _ _ _ _ _ _ _ _ L-/ 2--f (./' Time of Voltage _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ ,f Voltaje sin Cnra; MiyL're. EV Eiçendido Nuejame -te: / ¿ ? Hora de la Prueb:i Ce L.-L (16 " Voltaje: _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ Voltage with Some Major Loads, PV On: J L -L- 4' 9 Time of Voltage Test: _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ - Voltaje con Algunas Cargas Mayores, EV Encendido: = / Hora do la Pruob de L-L; /LÁ Voltaje: Supply Picture of Transformer that Feeds the Premise. Showing All Numbers Clearly (if possiblej: Suministre la Imagen dl Transforoidor que Alimenta al Previo, Mostrando Todos los Numeros Claramente (Si es posible): Distance from Transformer to Premise (if it can be supplied): Distancia del Transformador al Previo (si es posible suministrarla): Supply Picture of Premise Load Center with Value of Main Breaker Seen(i.e,100A,200A, .1: . Suministre Foto del Centro do Carga del Previo con el Valor del 0 Disyuntor_Principal_Visible (es decir. IOOA,_200A, .1. _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ How Many Other Premises. Fed by the Same Transformer, Have Solar? (If can tell)? ¿Cuántos Otros Previos, Alimentados por el Mismo Transformador, Utilizan_Energía_Solar?_(Si_es_posible_determinar): _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ Ft:rnate the Total Capacity of All the Solar Connected te toe Transformer? (if possible): Estime la Capacidad Total de lodos lo; Paneles Solares Conectados al Transformador_(si_es_posible_deterniiriar): _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ Supply Picture of Breaker in the Meter Box (if possible): Suministre Foto del Disyuntor en la Caja del Medidor (si es posiblel. ________-- -- - _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ If Batteries are Being Used. Soecin; tIlOr Total Capacity and Operating Mode: -1__ , Si se esta Util':andc un. Sistema 5n .5 maccram ¯:tu. eyf'eue Tht: 'sr. M:dc ct Vu...'scu:': / 3 - kOc

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