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20261005 QR20260324 Moción en Solicitud de Segunda Prórroga para Presentar Alegación Responsiva.pdf

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GOBIERNO DE PUERTO RICO JUNTA REGLAMENTADORA DE SERVICIO PÚBLICO NEGOCIADO DE ENERGÍA DE PUERTO RICO ELENA MEDINA RAMOS Querellante vs LUMA ENERGY, LLC, LUMA ENERGY SERVCO, LLC Querelladas CASO NÚM. NEPR-QR-2026-0324 ASUNTO: Querella por Desfase Número A26062200174 MOCIÓN EN SOLICITUD DE SEGUNDA PRÓRROGA PARA PRESENTAR ALEGACIÓN RESPONSIVA AL HONORABLE NEGOCIADO DE ENERGÍA DE PUERTO RICO: COMPARECEN LUMA Energy, LLC y LUMA Energy ServCo, LLC (colectivamente “LUMA”) por conducto de la representación legal que suscribe y, muy respetuosamente, EXPONEN, ALEGAN y SOLICITAN: 1. El 15 de septiembre de 2026 presentamos una moción en la que solicitamos una prórroga de veinte (20) días para presentar alegación responsiva. En el escrito informamos que al momento de solicitar la prórroga LUMA se encontraba llevando la investigación pertinente a las alegaciones de la querella. 2. El 28 de septiembre de 2026 este Negociado concedió la prórroga solicitada hasta el 5 de octubre de 2026. 3. El 31 de agosto de 2026 referimos el evento A26062200174 sobre desfase y fluctuación de voltaje para investigación. El 15 de septiembre de 2026, luego de seguimiento en cuanto a los trabajos realizados, si alguno, el Sr. José L. Rivera Santana, Supervisor, Dispatch, Ops Excellence, solicitó que se asignara el evento escalado de acuerdo al personal disponible y lasNEPR Received: Oct 5, 2026 4:56 PM

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prioridades de turno. Hoy 5 de octubre de 2026 nuevamente dimos seguimiento al personal de campo asignado a trabajar el evento y fuimos informados que los trabajos aún están pendientes de ser realizados. 4. El equipo asignado a atender el evento mantendrá informado al abogado que suscribe sobre cualquier trabajo realizado o situación que surja relacionado con la querella. 5. Solicitamos al Negociado que le conceda a LUMA una prórroga de veinte (20) días adicionales, hasta el 25 de octubre de 2026 para contestar esta querella o solicitar la desestimación por academicidad. Cualquier información que surja previo a que expire la prórroga solicitada estaremos notificando a las partes. 6. La presente prórroga se solicita con la intención de poder investigar las alegaciones de la querella, llevar a cabo los trabajos pertinentes, de estos proceder, y preparar una contestación completa y correcta, y no busca retrasar irrazonablemente los procedimientos. Cualquier información relacionada con el evento A26062200174 que surja previo a que expire la prórroga solicitada estaremos notificando a las partes. POR TODO LO CUAL, se solicita al Negociado de Energía que declare ha lugar esta moción, y conceda a LUMA hasta el 25 de octubre de 2026 para presentar alegación responsiva o moción dispositiva o moción informativa, con cualquier pronunciamiento que en derecho proceda. RESPETUOSAMENTE SOMETIDA. En San Juan, Puerto Rico, el 5 de octubre de 2026. CERTIFICACIÓN DE NOTIFICACIÓN CERTIFICO que este escrito ha sido presentado a través del sistema de Radicación Electrónica del Negociado de Energía de Puerto Rico https://radicacion.energia.pr.gov/, mediante

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el cual el Negociado y las partes recibirán notificación. Asimismo, se envió copia de cortesía a la parte querellante, a la dirección de correo electrónico provista con su Querella abuelatata1@gmail.com. f/José E. Rodríguez Guzmán Lcdo. José E Rodríguez Guzmán RUA Núm. 21776 LUMA – Departamento Legal PO BOX 364267 San Juan, PR, 00936-4267 (787) 349-5340 jose.rodriguezguzman@lumapr.com