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GOBIERNO DE PUERTO RICO JUNTA REGLAMENTADORA DE SERVICIO PÚBLICO NEGOCIADO DE ENERGÍA DE PUERTO RICO JOSÉ M. BIBLIONI DEL VALLE Promovente vs LUMA ENERGY, LLC, LUMA ENERGY SERVCO, LLC Promovidas CASO NÚM. NEPR-RV-2026-0129/ NEPR-QR-2026-0330 ASUNTO: Revisión Formal de Factura OB20260803Chqj MOCIÓN SOLICITANDO CONSOLIDACIÓN AL NEGOCIADO DE ENERGÍA DE PUERTO RICO: COMPARECEN LUMA Energy, LLC y LUMA Energy ServCo, LLC (colectivamente “LUMA”) por conducto de la representación legal que suscribe y, muy respetuosamente, EXPONEN, ALEGAN y SOLICITAN: 1. El Promovente tiene activo en el Negociado los recursos NEPR-RV-2026-0129 y NEPR-QR-2026-0330. Estos casos versan sobre la misma cuenta y comparten los mismos hechos y fundamentos en derecho por lo cual se solicita la consolidación de los casos. En ambos casos el Promovente alega que la fluctuación de voltaje ha afectado el como se refleja el consumo de energía en su factura. 2. A tenor con la sección 5.06 del Reglamento de Procedimientos Adjudicativos, Avisos de Incumplimiento, Revisión de Tarifas e Investigaciones, Reglamento 8543 del 18 de diciembre de 2014, se solicita respetuosamente al Negociado que ordene la consolidación de la querella NEPR-QR-2026-0330 con la querella NEPR-RV-2026-0129 y que ambas sean atendidas en la Vista señalada en la querella NEPR-RV-2026-0129 el 20 de octubre de 2026 a las 10:00 a.m.NEPR Received: Sep 28, 2026 3:48 PM
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2 3. El abogado que suscribe es el representante legal de LUMA en ambas querellas. POR LO CUAL, se solicita al Negociado que declare ha lugar esta moción y ordene la consolidación de la querella NEPR-QR-2026-0330 con la querella NEPR-RV-2026-0129, y que ambas sean atendidas en la Vista señalada en la querella NEPR-RV-2026-0129 el 20 de octubre de 2026 a las 10:00 a.m. RESPETUOSAMENTE SOMETIDA. En San Juan, Puerto Rico, el 28 de septiembre de 2026. CERTIFICACIÓN DE NOTIFICACIÓN CERTIFICO que este escrito ha sido presentado a través del sistema de Radicación Electrónica del Negociado de Energía de Puerto Rico (https://radicacion.energia.pr.gov/), mediante el cual el Negociado y las partes recibirán notificación. Certifico, además, que copia fiel y exacta de este escrito se enviará a la parte promovente a la dirección de correo electrónico provista con su recurso, a saber, biblioni32@gmail.com. f/José E. Rodríguez Guzmán Lcdo. José E Rodríguez Guzmán RUA Núm. 21776 LUMA – Departamento Legal PO BOX 364267 San Juan, PR, 00936-4267 (787) 349-5340 jose.rodriguezguzman@lumapr.com