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20260923 QR20260017 Orden.pdf

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GOBIERNO DE PUERTO RICO . JUNTA REGLAMENTADORA DE SERVICIO PUBLICO NEGOCIADO DE ENERGIA DE PUERTO RICO FREDDY MALDONADO CASO NUM.: NEPR-QR-2026-0017 QUERELLANTE ASUNTO: Orden VS. LUMA ENERGY LLC LUMA ENERGY SERVCO, LLC QUERELLADAS ORDEN El 17 de junio de 2026, LUMA presentó una Contestación a Querella, en la cual hizo alegaciones de falta de jurisdicción del Negociado de Energía por incumplimiento del querellante con términos aplicables a revisión. El 19 de junio de 2026, el querellante presentó una Réplica a la Contestación a Querella y Moción Informativa, en la cual expuso su posición sobre la Contestación a Querella de LUMA. El 2 de septiembre de 2026, el querellante presentó una Moción Informativa sobre Desarrollos Recientes Relacionados con la Reclamación Objeto de la Querella. Informó que, el 11 de agosto de 2026, LUMA le remitió una comunicación de seguimiento sobre su reclamación de daños a enseres, originalmente identificada como WR5920636. Añadió que las partes se encuentran en proceso de presentación de documentos y análisis de la reclamación. El 17 de septiembre de 2026, el Negociado de Energía emitió una Orden, en la cual resolvió: Ala alegación de falta de jurisdicción de LUMA presentada en la Contestación a Querella, nadaque disponer al momento. A la Moción Informativa sobre Desarrollos Recientes Relacionados con la Reclamación Objeto de la Querella, se señaló una vista de estatus para el 24 de septiembre de 2026 a las 9:30 a.m., mediante videoconferencia. El 18 de septiembre de 2026, las partes presentaron una Moción Conjunta Solicitando Transferencia. El 20 de septiembre de 2026, el querellante presentó una Moción Informativa Urgente Sobre Determinación Final de LUMA y Solicitud de Órdenes, en la cual informó que el 18 de septiembre de 2026 recibió determinación final de LUMA sobre el reclamo de daños de enseres. Se declara Ha Lugar la Moción Conjunta Solicitando Transferencia y se suspende la vista pautada para el 24 de septiembre de 2026. Se transfiere la vista para el 8 de octubre de 2026 a las 9:30 a.m., mediante videoconferencia. Se convierte la vista de estatus en evidenciaria para discutir las alegaciones vertidas por LUMA en la Contestación a Querellasobre de falta de jurisdicción y posición del querellante. Notifíquese y publíquese. Leda. Naomi A. Cintrón Hernandez Oficial Examinadora

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CERTIFICACION Certifico que así lo acordó la Oficial Examinadora en este caso, la Lcda. Naomi A. Cintrón Hernández, el 23 de septiembre de 2026. Certifico además que hoy, 23 de septiembre de 2026, he procedido con el archivo en autos de esta Orden en relación al Caso Núm. NEPR- QR-2026-0017 y he enviado copia de la misma a: freddym19500 yahoo.com; michelle.acosta(Qlumapr.com. Para que así conste firmo la presente en San Juan, Puerto Rico, hoy, 23 de septiembre de 2026. éda Gaztambide Secretaria