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GOBIERNO DE PUERTO RICO JUNTA REGLAMENTADORA DE SERVICIO PÚBLICO NEGOCIADO DE ENERGÍA DE PUERTO RICO SYLVIA RODRIGUEZ ABUDO QUERELLANTE V. LUMA ENERGY, LLC LUMA ENERGY SERVCO, LLC QUERELLADOS CASO NÚM. NEPR-QR-2026-0293 ASUNTO: Moción solicitando prórroga MOCION SOLICITANDO PRORROGA AL NEGOCIADO DE ENERGIA: COMPARECEN las partes querelladas, LUMA Energy, LLC y LUMA Energy ServCo, LLC (en adelante colectivamente “LUMA”), mediante la abogada que suscribe y muy respetuosamente EXPONEN, ALEGAN y SOLICITAN: 1. El 21 de julio se presentó la querella. El caso fue asignado a la abogada suscribiente el 30 de julio. El 31 de julio se refirió la querella al personal de Despacho. El 6 de agosto el personal de Despacho lo refirió al personal de Distrito de Operaciones. 2. El 18 de agosto la abogada suscribiente dio seguimiento sobre el evento. El 22 de agosto el personal de Despacho dio seguimiento al personal de Distrito. El 21 de septiembre se dio seguimiento al personal de Distrito. Se completarán los trabajos según las prioridades y el personal disponible. La intención de LUMA es presentar una solicitud de desestimación por academicidad por completarse los trabajos. 3. Ante esto, se solicita al Negociado que le conceda a LUMA una prórroga hasta el 9 de octubre para contestar la querella o solicitar una desestimación por academicidad por completarse los trabajos.NEPR Received: Sep 22, 2026 11:13 AM
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POR LO CUAL, se solicita al Negociado de Energía que declare ha lugar esta moción, conceda una prórroga hasta el 9 de octubre para contestar la querella o solicitar la desestimación, con cualquier pronunciamiento que en derecho proceda. RESPETUOSAMENTE SOMETIDO. En San Juan, Puerto Rico, el 22 de septiembre de 2026. CERTIFICACION DE NOTIFICACION CERTIFICO que este escrito ha sido presentado a través del Sistema de Radicación Electrónica del Negociado de Energía de Puerto Rico (https://radicacion.energia.pr.gov), mediante el cual el Negociado y las partes recibirán notificación. Certifico, además, que copia fiel y exacta de este escrito se enviará a la Parte Querellante a rodriguezabudo@yahoo.com F/Michelle M. Acosta Rodríguez Lcda. Michelle M. Acosta Rodríguez RUA: 18239 LUMA – Departamento Legal PO BOX 364267 San Juan PR 00936-4267 (787) 349-3028 michelle.acosta@lumapr.com