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GOBIERNO DE PUERTO RICO . JUNTA REGLAMENTADORA DE SERVICIO PUBLICO NEGOCIADO DE ENERGIA DE PUERTO RICO JANNETTE RAMOS PEREZ CASO NUM.: NEPR-QR-2026-0267 QUERELLANTE ASUNTO: Orden Prérroga para Contestar VS. Querella LUMA ENERGY LLC; LUMA ENERGY SERVCO, LLC QUERELLADAS ORDEN El 10 de septiembre de 2026, la parte Querellada presentó una Moción Solicitando Tercera Prórroga, mediante la cual informó que continúa investigando las alegaciones de la Querella y realizando los trabajos pertinentes relacionados con el evento A251200100086. Indicó que el asunto será asignado conforme a la disponibilidad del personal y las prioridades del turno, y que el equipo asignado mantendrá informado a su representante legal sobre cualquier trabajo realizado o situación que surja. Por lo tanto, solicitó una prórroga de veinte (20) días, hasta el 27 de septiembre de 2026, para presentar su alegación responsiva o presentar una moción de desestimación por Academicidad. Examinado lo anterior, se declara NO HA LUGAR la Moción y se ORDENA a la parte Querellada presentar su Alegación Responsiva en un término de cinco (5) días. 2 Lcdo. Dennis Seilhamer Anadón Oficial Examinador Notifíquese y publíquese. CERTIFICACIÓN Certifico que así lo acordó el Oficial Examinador en este caso, el Lcdo. Dennis Seilhamer Anadón, el 16 de septiembre de 2026. Certifico además que hoy, 16 de septiembre de 2026, he procedido con el archivo en autos de esta Orden con relación al Caso Núm. NEPR-QR- 2026-0267 y he enviado copia de la misma a: jose.rodriguezguzman@lumapr.com; jramosSperez@gmail.com. Para que asf conste firmo la presente en San Juan, Puerto Rico, hoy, 16 de septiembre de 2026. Son aztambide Secretaria