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Página 1 de 1 CONFIDENCIAL - DOCUMENTO JUDICIAL NEPR ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO JUNTA DE PLANIFICACIÓN NEGOCIADO DE ENERGÍA DE PUERTO RICO DR. FERNANDO RAMOS PAES DE CARVALHO Querellante v. SUNSTRONG MANAGEMENT, LLC Querellada CASO NÚM.: NEPR-QR-2026-0281 SOBRE: INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO, FACTURACIÓN INDEBIDA Y SEGURIDAD DE LA RED ELÉCTRICA MOCIÓN INFORMATIVA COMPLEMENTARIA EN TORNO AL ESTADO FÍSICO DEL HARDWARE TRAS LA VISTA TÉCNICA DEL 8 DE SEPTIEMBRE DE 2026 Y SEÑALAMIENTO DE HUMEDAD ACTIVA AL HONORABLE NEGOCIADO DE ENERGÍA DE PUERTO RICO: EL QUERELLANTE, Dr. Fernando Ramos Paes de Carvalho, comparece respetuosamente y ante este Honorable Negociado de Energía (NEPR) expone y solicita: I. CONTEXTO DE LA VISTA TÉCNICA DE HOY (8 DE SEPTIEMBRE DE 2026) 1. En la mañana de hoy, martes 8 de septiembre de 2026, se llevó a cabo la vista técnica virtual ordenada por este Honorable Foro. La referida comparecencia tuvo una duración sumamente restringida de aproximadamente quince (15) minutos, durante los cuales el Oficial Examinador enfocó la mayor parte del tiempo en repasar el calendario procesal e identificar las mociones pendientes de resolución (la Moción de Desestimación de la Querellada y la Moción de Oposición del Querellante). 2. Debido a la naturaleza estrictamente procedimental y abreviada de la vista de hoy, este Honorable foro enfocó su escrutinio únicamente en el cese del peligro de incendio inmediato (asunto atendido mediante la remoción física y aislamiento seguro del módem de litio calcinado). Como consecuencia, mi parte no contó con la oportunidad procesal ni el espacio de tiempo para argumentar verbalmente ni presentar al récord la evidencia empírica que demuestra que el sistema eléctrico sigue comprometido por humedad activa. 3. Con el fin de evitar que este Negociado emita una orden basada en las declaraciones unilaterales de la Querellada, quienes afirmaron alegadamente en la vista y en correos de cierre que el sistema está 'completamente atendido y en funcionamiento', radicamos esta Moción Informativa Complementaria aportando dos evidencias físicas contundentes e incontestables obtenidas hoy mismo. II. EVIDENCIA DE VICIO DE CONSTRUCCIÓN ESTRUCTURAL (PESTILLO OBSTRUIDO) 4. Durante la inspección del jueves 3 de septiembre y en el análisis fotográfico subsiguiente, se ha identificado un vicio de construcción original e instalación de carácter estructural en el gabinete exterior Enphase IQ Combiner Box. La brigada técnica original de la Querellada instaló y atravesó un tubo de pvc rígido (conduit) en la lateral del pestillo de cierre mecánico, impidiendo de forma permanente el sellado hermético de la tapa del gabinete (Anexo A). 5. Este grave error de diseño e instalación destruye por completo la integridad hermética del gabinete (certificación NEMA 3R del fabricante, la cual exige un sello hermético perimetral uniforme contra la intemperie). Esta alteración física no autorizada viola de forma directa el Artículo 110.3(B) del Código Eléctrico Nacional (NEC), que prohíbe taxativamente instalar equipos contra las instrucciones y especificaciones de fábrica de su manufacturero. 6. Como consecuencia de esa apertura física permanente en el pestillo de la caja de Enphase, el aire húmedo y tropical de Puerto Rico entra libre, continua y directamente al cuadro eléctrico de alta tensión. Al ocurrir las fluctuaciones normales de temperatura (calor por el sol y generación eléctrica diurna, frío durante la noche), este aire húmedo atrapado se condensa en estado líquido, formando gotas de agua activas que corren constantemente por el cobre y los circuitos del Envoy, resultando en una filtración constante aún cuando no hay lluvias. Se observa la pared justoNEPR Received: Sep 8, 2026 7:17 PM
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Página 2 de 2 CONFIDENCIAL - DOCUMENTO JUDICIAL NEPR abajo del gabinete en su estado de filtración severa. Las demás partes de esta pared se encuentran en perfecto estado como se puede observar en el Anexo A. III. EVIDENCIA DE HUMEDAD ACTIVA Y CONDENSACIÓN CRÓNICA (HOY 8 DE SEPTIEMBRE DE 2026) 7. Para demostrar científicamente que la condensación es un peligro activo que el arreglo de sello de goma colocado en las botas de pvc en el techo por la brigada el pasado jueves 3 de septiembre no solucionó totalmente el problema, el Querellante procedió a realizar una inspección y grabación de video esta misma mañana, hoy martes 8 de septiembre de 2026, antes del inicio de la vista virtual. Enlace del vídeo de 8 de septiembre: https://drive.google.com/file/d/190WbV5JlfziYd1_z9cs6w4m1A7ozFOW7/view 8. En el referido video, se constata físicamente la presencia de humedad activa y acumulación de gotas de condensación líquida dentro del Combiner Box. Esto desmiente rotundamente la certificación unilateral enviada por SunStrong de que el sistema se encuentra 'completamente atendido y seguro'. El peligro de un arco eléctrico, cortocircuito e incendio estructural sigue latente en este preciso momento en mi hogar. 9. Adicionalmente, se advierte sobre la posible contaminación química latente dentro del gabinete. Conforme a las evaluaciones científicas explicadas por el Dr. Antonio H. Martins del Recinto de Ciencias Médicas (UPR), el escape gaseoso proveniente del módem Franklin calcinado genera una alta probabilidad de trazas activas de Ácido Fluorhídrico (HF) en diversas partes del compartimiento. Estas trazas químicas altamente corrosivas podrían estar depositadas tanto en las partes de plástico ya reportadas en mociones anteriores como directamente en las líneas de fuerza principales, lo que compromete gravemente el aislamiento dieléctrico y perpetúa un riesgo severo de arco eléctrico y fuego en el Combiner Box. IV. SOLICITUD DE MANTENIMIENTO DE JURISDICCIÓN EXCLUSIVA DEL NEPR 10. Los hechos físicos y periciales sumados en el día de hoy demuestran que este caso trasciende por completo una mera disputa comercial privada de consumo. El DACO carece de la competencia técnica y la facultad de imperio para regular e investigar certificaciones falsas de interconexión de capacidad en la red (fraude métrico de 7.0 kW vs. 6.72 kW reales – medición neta), y violaciones sistémicas al Código Eléctrico Nacional. 11. Por lo tanto, se solicita con el mayor respeto que este Honorable Negociado declare no ha lugar la Moción de Desestimación de la Querellada, acoja esta Moción Informativa Complementaria junto a su evidencia física, y mantenga su jurisdicción de emergencia activa para dilucidar los méritos técnicos. PETITORIO: POR TODO LO CUAL, el Querellante solicita muy respetuosamente a este Honorable Negociado que tenga por presentada esta Moción Informativa Complementaria, ordene su incorporación al expediente oficial del caso NEPR- QR-2026-0281, tome conocimiento de la evidencia física de humedad activa y del vicio de construcción estructural del pestillo de la caja, y declare NO HA LUGAR la desestimación promovida por la Querellada. Respetuosamente sometido, S/ Dr. Fernando Ramos Paes de Carvalho, PhD Querellante Pro Se
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S/ Doña Mariana Magalhães Nogueira Co-Querellante Página 3 de 3 CONFIDENCIAL - DOCUMENTO J UDICIAL NEPR