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20260908 QR20260240 Moción Cumplimiento de Orden y Solicitud de Videconferencia.pdf

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GOBIERNO DE PUERTO RICO JUNTA REGLAMENTADORA DE SERVICIO PÚBLICO NEGOCIADO DE ENERGÍA DE PUERTO RICO NASHMARIE HERNANDEZ GUADUALUPE Promovente vs LUMA ENERGY, LLC, LUMA ENERGY SERVCO, LLC Promovidas CASO NÚM. NEPR-QR-2026-0240 ASUNTO: Querella por Desconexión de Servicio y Revisión de Factura Número OBW20260623142430752910 MOCIÓN CUMPLIMIENTO DE ORDEN Y SOLICITUD DE COMPARECENCIA MEDIANTE VIDEOCONFERENCIA AL HONORABLE NEGOCIADO DE ENERGÍA DE PUERTO RICO: COMPARECEN LUMA Energy, LLC y LUMA Energy ServCo, LLC (colectivamente “LUMA”) por conducto de la representación legal que suscribe y, sin que se entienda renunciada defensa alguna, incluyendo levantar la defensa de falta de jurisdicción sobre la persona o la materia, muy respetuosamente, EXPONEN, ALEGAN y SOLICITAN: 1. Mediante Orden de Calendario notificada el 28 de agosto de 2026, este Honorable Foro señaló Vista Administrativa para el 10 de septiembre de 2026 a las 11:00 am. En la Orden se les concedió a las partes un término de diez (10) días contados a partir de la fecha de notificación para informar cualquier conflicto con el señalamiento. 2. El término de diez (10) días concedido por este Foro expiró el 7 de septiembre de 2026. Debido a que el 7 de septiembre de 2026 es un día legalmente feriado a nivel estatal y federal, por conmemorarse el Dia Internacional del Trabajo, por virtud de la Regla 68.1 de las de Procedimiento Civil, el último día del término concedido se extiende hasta el 8 de septiembre de 2026. 32 L.P.R.A. App. V. Regla 68.1.NEPR Received: Sep 8, 2026 3:14 PM

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3. En cumplimiento con la Orden del Negociado, el 28 de agosto de 2026 y nuevamente el 3 de septiembre de 2026 le enviamos un correo electrónico a la parte Querellante informando un conflicto en nuestro calendario y ofreciendo los días 11, 14 y 22 de septiembre como alternativa para la celebración de la Vista Administrativa. 4. Al momento de presentar este escrito la parte Querellante solo ha confirmado su disponibilidad para el 22 de septiembre de 2026. 5. A la luz de lo anterior, LUMA muy respetuosamente solicita que este Honorable Foro tome conocimiento de lo anterior, declare la presente moción Ha Lugar, reséñale la Vista Administrativa para una de las fechas ofrecidas por LUMA y le permita a la Promovida a comparecer a los procedimientos mediante videoconferencia, en aras de maximizar la utilización de los recursos públicos que LUMA administra. POR TODO LO CUAL, muy respetuosamente se solicita a este Honorable Negociado de Energía que declare HA LUGAR el presente escrito, reseñale la Vista Administrativa para una de las fechas ofrecidas por LUMA y le permita a la Promovida a comparecer a los procedimientos mediante videoconferencia, en aras de maximizar la utilización de los recursos públicos que LUMA administra. RESPETUOSAMENTE SOMETIDA. En San Juan, Puerto Rico, el 8 de septiembre de 2026. CERTIFICACIÓN DE NOTIFICACIÓN CERTIFICO que este escrito ha sido presentado a través del sistema de Radicación Electrónica del Negociado de Energía de Puerto Rico https://radicacion.energia.pr.gov/, mediante el cual el Negociado y las partes recibirán notificación. Asimismo, se envió copia de cortesía a la parte querellante, a la dirección de correo electrónico provista con su Querella, a

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nashmarie.hernandez@gmail.com. f/José E. Rodríguez Guzmán Lcdo. José E Rodríguez Guzmán RUA Núm. 21776 LUMA – Departamento Legal PO BOX 364267 San Juan, PR, 00936-4267 (787) 349-5340 jose.rodriguezguzman@lumapr.com