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GOBIERNO DE PUERTO RICO JUNTA REGLAMENTADORA DE SERVICIO PÚBLICO NEGOCIADO DE ENERGÍA DE PUERTO RICO ANA RAMOS SANTIAGO QUERELLANTE vs. LUMA ENERGY, LLC Y LUMA ENERGY SERVCO, LLC QUERELLADA CASO NÚM.: NEPR-QR-2026-0355 ASUNTO: Orden ORDEN El 3 de septiembre de 2026, la Querellada, LUMA Energy, LLC y LUMA Energy Servco, LLC (“LUMA”), presentó Moción Asumiendo Representación Legal y en Solicitud de Prórroga para Presentar Alegación Responsiva por Justa Causa. Examinado el escrito, se declara Ha Lugar y se concede a LUMA el término de veinte (20) días, a partir de la notificación de la presente Orden, para presentar las alegaciones responsivas. Notifíquese y publíquese. ______ _________________ Lcda. Ángela Ufret Rosado Oficial Examinadora CERTIFICACIÓN Certifico que así lo acordó la Oficial Examinadora en este caso la Lcda. Ángela Ufret Rosado el 3 de septiembre de 2026. Certifico, además, que hoy, 3 de septiembre de 2026, he procedido con el archivo en autos de esta Orden en relación con el Caso Núm. NEPR-QR- 2026-0355 y he enviado copia de la misma a: mariaanajose03@gmail.com y luis.fuentes@lumapr.com. Para que así conste firmo la presente en San Juan, Puerto Rico, hoy, 3 de septiembre de 2026. _______________________________________ Sonia Seda Gaztambide Secretaria