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GOBIERNO DE PUERTO RICO JUNTA REGLAMENTADORA DE SERVICIO PÚBLICO NEGOCIADO DE ENERGÍA DE PUERTO RICO CARLOS SANTIAGO LÓPEZ QUERELLANTE vs. LUMA ENERGY, LLC Y LUMA ENERGY SERVCO, LLC QUERELLADA CASO NÚM.: NEPR-QR-2026-0142 ASUNTO: Orden ORDEN El 3 de junio de 2026, LUMA Energy ServCo, LLC y LUMA Energy, LLC. (“LUMA”) presentó Moción en Solicitud de Desestimación por Haberse Tornado la Controversia en Académica, mediante la cual se alegó que se realizó una intervención en la propiedad del Querellante, durante la cual se ajustó el transformador del TAP 5 al TAP 2, quedando el voltaje en 124 V/248 V. En atención a ello, solicitaron la desestimación de la Querella por academicidad. Asimismo, indicaron que realizaron gestiones para presentar una moción conjunta de desestimación junto al Querellante, las cuales resultaron infructuosas. Así las cosas, el 20 de agosto de 2026, el Negociado de Energía ordenó al Querellante expresar por escrito, dentro del término de diez (10) días, su postura en torno a la solicitud de desestimación presentada por LUMA. No obstante, dicho término ha transcurrido sin que el Querellante se haya pronunciado. Por tanto, se ORDENA al Querellante MOSTRAR CAUSA por la cual no deba desestimarse la querella de epígrafe por falta de interés y por incumplimiento con las órdenes y disposiciones reglamentarias, en el término de cinco (5) días laborables, contados a partir de la notificación de esta Orden. Notifíquese y publíquese. ______ _________________ Lcda. Ángela Ufret Rosado Oficial Examinadora CERTIFICACIÓN Certifico que así lo acordó la Oficial Examinadora en este caso la Lcda. Ángela Ufret Rosado el 3 de septiembre de 2026. Certifico, además, que hoy, 3 de septiembre de 2026, he procedido con el archivo en autos de esta Orden en relación con el Caso Núm. NEPR-QR- 2026-0142 y he enviado copia de la misma a; santiagomarilyn44@yahoo.com y michelle.acosta@lumapr.com. Para que así conste firmo la presente en San Juan, Puerto Rico, hoy, 3 de septiembre de 2026. _______________________________________ Sonia Seda Gaztambide Secretaria