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20260818 QR20260265 Solicitud de Extensión de Término para Contestar Querella.pdf

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GOBIERNO DE PUERTO RICO JUNTA REGLAMENTADORA DE SERVICIO PÚBLICO NEGOCIADO DE ENERGÍA DE PUERTO RICO EILEEN SASSO QUERELLANTE V. LUMA ENERGY LLC Y LUMA ENERGY SERVCO, LLC QUERELLADAS CASO NÚM. NEPR-QR-2026-0265 ASUNTO: Término adicional para contestar querella SOLICITUD DE EXTENSIÓN DE TÉRMINO PARA CONTESTAR QUERELLA AL HONORABLE NEGOCIADO DE ENERGÍA: COMPARECE LUMA Energy LLC y LUMA Energy ServCo, LLC (colectivamente “LUMA”) por conducto de la representación legal que suscribe y, sin que se entienda renunciada defensa alguna, incluyendo levantar la defensa de falta de jurisdicción sobre la persona o la materia, muy respetuosamente, muy respetuosamente, muy respetuosamente EXPONEN, ALEGAN y SOLICITAN: 1. Mediante la Querella de epígrafe, la parte querellante alegó haber recibido facturas excesivas por el servicio eléctrico. Además, alegó haber tenido un plan de pago que fue cancelado, a pesar del cumplimiento de la clienta. 2. El 29 de julio de 2026, LUMA solicitó una prórroga hasta el día de hoy para contestar la querella de epígrafe. 3. LUMA informa que ha comenzado la investigación de lo planteado y solicitado en la Querella. Sin embargo, no ha podido culminar este proceso de manera que pueda contestar adecuadamente los planteamientos allí traídos. 4. Por lo tanto, se solicita que este Honorable Negociado de Energía tome conocimiento de lo antes expuesto, y conceda una extensión adicional de veinte (20) días, hasta el 7 de septiembre de 2026, para contestar la Querella. 5. La presente prórroga se solicita con la intención de preparar una contestación completa y correcta, y no busca retrasar irrazonablemente los procedimientos. POR TODO LO CUAL, muy respetuosamente se solicita a este Honorable Negociado de Energía que conceda la extensión solicitada para contestar la Querella de epígrafe.NEPR Received: Aug 18, 2026 4:38 PM

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RESPETUOSAMENTE SOMETIDA. En San Juan, Puerto Rico, el 18 de agosto de 2026. CERTIFICACIÓN DE NOTIFICACIÓN CERTIFICO que este escrito ha sido presentado a través del sistema de Radicación Electrónica del Negociado de Energía de Puerto Rico https://radicacion.energia.pr.gov/, mediante el cual el Negociado y las partes recibirán notificación. Asimismo, se enviará copia de cortesía a la parte querellante, a la dirección de correo electrónico provista con su Querella, a saber lmsasso17@gmail.com. f/Cristina Santiago Amaro Lcda. Cristina Santiago Amaro RUA Núm. 17271 LUMA – Departamento Legal PO BOX 364267 San Juan, PR, 00936-4267 Tel. 787-365-2455 cristina.santiagoama@lumapr.com 2