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GOBIERNO DE PUERTO RICO JUNTA REGLAMENTADORA DE SERVICIO PÚBLICO NEGOCIADO DE ENERGÍA DE PUERTO RICO MARINA ESPINOSA QUERELLANTE VS. LUMA ENERGY, LLC Y LUMA ENERGY SERVCO, LLC QUERELLADAS CASO NÚM.: NEPR-QR-2026-0285 ASUNTO: Orden ORDEN El 14 de agosto de 2026, LUMA Energy ServCo, LLC y LUMA Energy, LLC. ("LUMA") presentó Moción en Solicitud de Prórroga para Presentar Alegación Responsiva, mediante la cual notificó que se encuentra llevando a cabo la investigación pertinente a las alegaciones contenidas en la Querella sobre un alegado cortocircuito que causó daños en la residencia del Querellante. Ante ello, solicitó una prórroga de veinte (20) días adicionales, a saber, hasta el 5 de septiembre de 2026, para presentar las alegaciones responsivas. Examinado el escrito, se concede la prórroga según solicitada. Notifíquese y publíquese. Lcda. gela Ufret Rosado Oficial Examinadora CERTIFICACIÓN Certifico que así lo acordó la Oficial Examinadora en este caso la Lcda. Angela Ufret Rosado el 14 de agosto de 2026. Certifico además que hoy, 14 de agosto de 2026, he procedido con el archivo en autos de esta Orden en relación al Caso Núm. NEPR-QR-2026-0285 y he enviado copia de la misma a: espinosamarina@me.com; jose.rodriguezguzman@lumapr.com. Para que así conste firmo la presente en San Juan, Puerto Rico, hoy, 14 de agosto de 2026. I, / \ \:, / / T Sonia eda Gaztambide Secretaria