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20260813 QR20260261 Orden Prórroga Contestar Querella.pdf

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GOBIERNO DE PUERTO RICO JUNTA REGLAMENTADORA DE SERVICIO PÚBLICO NEGOCIADO DE ENERGÍA DE PUERTO RICO FRANCISCO ALVAREZ ADDARICH QUERELLANTE VS. LUMA ENERGY LLC Y LUMA ENERGY SERVCO, LLC QUERELLADAS CASO NÚM.: NEPR-QR-2026-0261 ASUNTO: Orden Prórroga Contestar Querella ORDEN El 28 de julio de 2026, la parte Querellada presentó una Moción en Solicitud de Prórroga Para Presentar Alegación Responsiva, mediante la cual solicitó una prórroga de veinte (20) días, hasta el 18 de agosto de 2026, para contestar la Querella de epígrafe, ya que en el último mes han recibido un número considerable de reclamaciones y cada una requiere una investigación detallada, en aras de atender y solucionar los asuntos reportados en las Querellas. El 7 de agosto de 2026, la parte Querellante presentó una Moción en Solicitud de Orden o Acción Resolutiva por Parte del Examinador/Investigador, mediante la cual informó que, pese a los compromisos realizados por LUMA los días 23 y 24 de julio de 2026 para reparar el alumbrado público objeto de la querella, los trabajos no fueron realizados y la falta de servicio continuaba. En consecuencia, solicitO que se ordenara a LUMA realizar las reparaciones dentro de un término de 24 a 48 horas y certificar ante el Negociado la culminación de los trabajos. Examinado lo anterior, se ORDENA a LUMA a presentar su Contestación a la Querella en o antes del lunes 17 de agosto de 2026. Notifíquese y publíquese. Lcdo. Dennis Seilhamer Anadón Oficial Examinador CERTIFICACIÓN Certifico que así lo acordó el Oficial Examinador en este caso, el Lcdo. Dennis Seilhamer Anadón, el 13 de agosto de 2026. Certifico además que hoy, 13 de agosto de 2026, he procedido con el archivo en autos de esta Orden con relación al Caso Núm. NEPR-QR-2026- 0261 y he enviado copia de la misma a: raquel.romanmorales@lumapr.com; masalladeldeportell@gmail.com. Para que así conste firmo la presente en San Juan, Puerto Rico, hoy, 13 de agosto de 2026. Sonambide Secretaria Ji I I - -