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Junta de Servicio Púbfico AUG05 2026 - Secretaría OPOSICION A LA MOCION SOLICITANDO RECONSI 4JQi Energía Caso Núm. NEPR-QR-2026-0283 GREEN HEALTH MEDICAL, LLC LUMA ENERGY SERVCO, LLC y LUMA ENERGY, LLC I. Introducción La parte querellada solicita la reconsideración de la Orden emitida por el Negociado de Energía el 31 de julio de 2026. Dicha solicitud carece de méritos porque se fundamenta principalmente en planteamientos procesales y evita atender el asunto medular: la controversia técnica y documentada sobre la exactitud de las facturas emitidas por LUMA. II. Existe una controversia real sobre la facturación Green Health Medical ha presentado múltiples reclamaciones a Luma desde el mes de Marzo del 2025 las mismas se hicieron a raiz de mediciones eléctricas, análisis técnicos, comparaciones entre el consumo esperado y el facturado, así como evidencia de modificaciones operacionales destinadas a reducir el consumo. LUMA no explica por qué continúa facturando consumos significativamente superiores a los reflejados por dichas mediciones. III. LUMA evita atender el fondo del caso La moción dedica la mayor parte de su contenido a asuntos administrativos relacionados con balances, objeciones y documentos corporativos, pero no responde si la facturación refleja el consumo real de la facilidad. IV. Buena fe del querellante Green Health Medical nunca ha intentado evadir sus obligaciones. Ha utilizado los mecanismos disponibles para cuestionar unas facturas que entiende incorrectas y ha mantenido comunicación constante con LUMA. Y al momento continua haciendo un gran esfuerzo para cumplir con los pagos mensuales de la facturación de Luma aun estando en desacuerdo con los totales V. Daño irreparable La suspensión del servicio eléctrico provocaría pérdidas irreparables en una facilidad de cultivo de cannabis medicinal, incluyendo pérdida de cultivos, inventario, incumplimientos regulatorios y graves daños económicos.
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VI. Debido proceso La Orden del Negociado preserva el status quo mientras se resuelve la controversia de fondo y garantiza el debido proceso para ambas partes. VII. Sobre las alegadas deficiencias Las alegadas deficiencias documentales no eliminan la controversia técnica existente sobre la exactitud de la medición del consumo eléctrico. VIII. Solicitud Se solicita respetuosamente que el Negociado declare No Ha Lugar la Moción de Reconsideración de LUMA, mantenga vigente la Orden de 31 de julio de 2026 y continúe con la investigación del caso. Respetuosamente sometido, Green Health Medical, LLC