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20260804 QR20260231 Solicitud de Extensión de Término para Contestar Querella.pdf

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GOBIERNO DE PUERTO RICO JUNTA REGLAMENTADORA DE SERVICIO PÚBLICO NEGOCIADO DE ENERGÍA DE PUERTO RICO ANGEL RAFAEL MARIN RODRIGUEZ QUERELLANTE V. LUMA ENERGY LLC Y LUMA ENERGY SERVCO, LLC QUERELLADAS CASO NÚM. NEPR-QR-2026-0231 ASUNTO: Prórroga SOLICITUD DE EXTENSIÓN DE TÉRMINO PARA CONTESTAR QUERELLA AL HONORABLE NEGOCIADO DE ENERGÍA: COMPARECE LUMA Energy LLC y LUMA Energy ServCo, LLC (colectivamente “LUMA”) por conducto de la representación legal que suscribe y, sin que se entienda renunciada defensa alguna, incluyendo levantar la defensa de falta de jurisdicción sobre la persona o la materia, muy respetuosamente, muy respetuosamente, muy respetuosamente EXPONEN, ALEGAN y SOLICITAN: 1. Mediante la Querella de epígrafe, la parte promovente solicitó el reemplazo de un poste partido con líneas primarias. 2. El 15 de julio de 2026, LUMA solicitó una prórroga hasta el día de hoy para contestar la querella de epígrafe. 3. LUMA informa que comenzó la investigación de lo planteado y solicitado en la Querella, pero no ha podido culminar este proceso de manera que pueda contestar adecuadamente los planteamientos allí traídos. 4. Por lo tanto, se solicita que este Honorable Negociado de Energía tome conocimiento de lo antes expuesto, y conceda una extensión de termino adicional de treinta (30) días, hasta el 3 de septiembre de 2026, para contestar la Querella. 5. La presente prórroga se solicita con la intención de preparar una contestación completa y correcta, y no busca retrasar irrazonablemente los procedimientos. POR TODO LO CUAL, muy respetuosamente se solicita a este Honorable Negociado de Energía que conceda la extensión solicitada para contestar la Querella de epígrafe.NEPR Received: Aug 4, 2026 11:31 AM

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RESPETUOSAMENTE SOMETIDA. En San Juan, Puerto Rico, el 4 de agosto de 2026. CERTIFICACIÓN DE NOTIFICACIÓN CERTIFICO que este escrito ha sido presentado a través del sistema de Radicación Electrónica del Negociado de Energía de Puerto Rico https://radicacion.energia.pr.gov/, mediante el cual el Negociado y las partes recibirán notificación. Asimismo, se enviará copia de cortesía a la parte querellante, a la dirección de correo electrónico provista con su Querella, a saber angelr4770@gmail.com. f/Cristina Santiago Amaro Lcda. Cristina Santiago Amaro RUA Núm. 17271 LUMA – Departamento Legal PO BOX 364267 San Juan, PR, 00936-4267 Tel. 787-365-2455 cristina.santiagoama@lumapr.com 2