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ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO NEGOCIADO DE ENERGÍA DE PUERTO RICO GERARDO ROLÓN FELICIANO Querellante v. LUMA ENERGY, LLC, LUMA ENERGY SERVCO, LLC Querelladas CASO NÚMERO: NEPR-QR-2026-0211 ASUNTO: RÉPLICA DEL QUERELLANTE ANTE LA AUSENCIA DE ALEGACIÓN RESPONSIVA DE LUMA ENERGY AL HONORABLE NEGOCIADO DE ENERGÍA: COMPARECE la parte querellante, por derecho propio, y muy respetuosamente EXPONE Y SOLICITA: 1. Que la parte querellante hace constar que el operador LUMA Energy no presentó alegación responsiva dentro del término otorgado por este Honorable Negociado, cuyo vencimiento ocurrió el 31 de julio de 2026. 2. Que se toma conocimiento de que una brigada de LUMA acudió al área el pasado 20 de julio de 2026 y realizó un ajuste de “tap” en el transformador. No obstante, dicha intervención resultó ser una medida superficial e insuficiente que no atiende la causa real de la inestabilidad en la red. 3. Que la acción realizada por LUMA no solo dejó sin resolver la problemática, sino que agravó la estabilidad del servicio eléctrico. Las lecturas tomadas diariamente demuestran un patrón claro de doble incumplimiento: ○ Sobrevoltaje durante las horas del día, alcanzando niveles entre 127V y 130V. ○ Bajones severos de voltaje durante la noche, descendiendo a 109V o menos. 4. Que dichas lecturas se encuentran fuera del rango permitido por el estándar ANSI C84.1, adoptado por este Honorable Negociado, el cual establece que el voltaje en servicio residencial debe mantenerse entre 114V y 126V. Las fluctuaciones documentadas representan un servicio inestable y un riesgo para equipos eléctricos residenciales.NEPR Received: Aug 3, 2026 9:22 AM
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5. Que las lecturas técnicas y registros históricos de voltaje (incluidos como evidencia en Anejo 1) demuestran de forma fehaciente que el problema persiste fuera de los parámetros reglamentarios y que el ajuste de TAP no corrige fluctuaciones causadas por carga en la línea primaria, conforme ha sido reconocido por este Negociado en casos previos. 6. Que el día 27 de julio de 2026, una brigada de LUMA acudió nuevamente al área. Al llegar, el personal preguntó: “¿Cuál es el problema que hay en el área?”, demostrando desconocimiento total del historial y de las múltiples querellas previas realizadas por este servidor y por vecinos del sector. Procedí a explicarles amablemente toda la situación, incluyendo las fluctuaciones severas de voltaje y las intervenciones anteriores. Sin embargo, la brigada únicamente realizó una medición en el contador de la residencia, confirmando que el voltaje estaba fuera de rango. Posteriormente, indicaron que “van a reportarlo a Subestaciones” y que “hay que regular el transformador”, pero abandonaron el área sin realizar ninguna acción correctiva, sin inspeccionar la línea primaria, sin evaluar carga en el transformador y sin atender el problema que afecta a toda la comunidad. Esta visita, al igual que las anteriores, no resolvió absolutamente nada, y demuestra nuevamente la falta de coordinación, seguimiento y acción por parte de LUMA Energy. 7. Que la conducta repetitiva de LUMA demuestra un patrón de intervenciones incompletas, falta de diagnóstico técnico y ausencia de acción correctiva, lo cual ha prolongado innecesariamente un problema que afecta la estabilidad del servicio eléctrico en esta comunidad. POR TANTO, se solicita respetuosamente a este Honorable Negociado que tome conocimiento del incumplimiento procesal del operador LUMA Energy al no presentar alegación responsiva dentro del término otorgado, y que se ordene una intervención técnica de ingeniería completa que incluya, sin limitarse a: ● Verificar la línea primaria y secundaria que alimenta la zona. ● Inspeccionar la red para identificar posibles puntos calientes usando termovisión. (Esta solicitud no surge de mera especulación: hace aproximadamente dos meses, un foreman de LUMA residente en la zona, de nombre Wilfredo Hernández, indicó a este querellante que la empresa sospechaba de la posible presencia de un punto caliente en la línea que alimenta el sector). ● Evaluar la existencia de sobrecargas por las noches en el área y en el transformador, a fin de determinar si se requiere dividir cargas entre fases y/o cambiar o añadir transformador. En pocas palabras, se solicita que LUMA Energy resuelva de una vez y por todas la problemática de voltaje en el área, mediante una intervención técnica completa que atienda la causa raíz y estabilice el servicio de forma permanente. RESPETUOSAMENTE SOMETIDO,
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Gerardo Rolón Feliciano Carr. 4417 KM 2.1 Bo. Mamey, Aguada, PR 00602 787-322-2909 / rolongerardo@gmail.com