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20260730 QR20260240 Moción en Cumplimiento de Orden.pdf

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GOBIERNO DE PUERTO RICO JUNTA REGLAMENTADORA DE SERVICIO PÚBLICO NEGOCIADO DE ENERGÍA DE PUERTO RICO NASHMARIE HERNÁNDEZ GUADALUPE Querellante vs LUMA ENERGY, LLC, LUMA ENERGY SERVCO, LLC Querelladas CASO NÚM. NEPR-QR-2026-0240 ASUNTO: Moción en Cumplimiento de Orden MOCIÓN EN CUMPLIMIENTO DE ORDEN AL HONORABLE NEGOCIADO DE ENERGÍA DE PUERTO RICO: COMPARECEN LUMA Energy, LLC y LUMA Energy ServCo, LLC (colectivamente “LUMA”) por conducto de la representación legal que suscribe y, muy respetuosamente, EXPONEN, ALEGAN y SOLICITAN: 1. El 29 de julio de 2026 este Honorable Negociado de Energía de Puerto Rico (“Negociado”) ordenó a LUMA a que en el término de 24 horas reestableciera el servicio de energía eléctrica a la residencia de la parte Querellante sin interrupción, hasta tanto se ventile la Querella ante el Negociado. 2. En cumplimiento con lo ordenado, informamos que hoy en la mañana fue conectado el servicio de energía eléctrica en la residencia de la Querellante y que permanecerá conectado hasta tanto se ventile la Querella ante este Negociado. POR TODO LO CUAL, muy respetuosamente suplicamos a este Honorable Negociado de Energía que de por cumplida la Orden del 29 de julio de 2026, con cualquier otro pronunciamiento que en derecho proceda.NEPR Received: Jul 30, 2026 3:50 PM

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RESPETUOSAMENTE SOMETIDA. En San Juan, Puerto Rico, el 30 de julio de 2026. CERTIFICACIÓN DE NOTIFICACIÓN CERTIFICO que este escrito ha sido presentado a través del sistema de Radicación Electrónica del Negociado de Energía de Puerto Rico https://radicacion.energia.pr.gov/, mediante el cual el Negociado y las partes recibirán notificación. Asimismo, se envió copia de cortesía a la parte querellante, a la dirección de correo electrónico provista con su Querella, a nashmarie.hernandez@gmail.com. f/José E. Rodríguez Guzmán Lcdo. José E Rodríguez Guzmán RUA Núm. 21776 LUMA – Departamento Legal PO BOX 364267 San Juan, PR, 00936-4267 (787) 349-5340 jose.rodriguezguzman@lumapr.com