Page 1
GOBIERNO DE PUERTO RICO JUNTA REGLAMENTADORA DE SERVICIO PÚBLICO NEGOCIADO DE ENERGÍA DE PUERTO RICO HÉCTOR M. SALGADO LEBRÓN QUERELLANTE CASO NÚM.: NEPR-QR-2026-0115 ASUNTO: ORDEN VS. POWER SOLAR, LLC/SUNSTRONG MANAGEMENT LLC QUERELLADAS ORDEN El 2 de junio de 2026, el Co-Querellado Power Solar, LLC presentó ante el Negociado de Energía una MOCIÓN DE DESESTIMACIÓN DE POWER SOLAR, LLC EN LA PRESENTE ACCIÓN, mediante la cual solicitan la desestimación del presente recurso en cuanto a Power Solar, LLC. Atendida la moción, se dispone lo siguiente: Se ORDENA a la parte Querellante y al Co-Querellado Sunstrong Management, LLC a que en un término de quince (15) días presenten su posición en cuanto a la solicitud de desestimación de Power Solar, LLC. Notifiquese y publíquese. L) Lcda. Tania Vázquez Rivera OFICIAL EXAMINADORA CERTIFICACIÓN Certifico que así lo acordó la Oficial Examinadora en este caso, el Lcda. Tania Vázquez Rivera hoy, 28 de julio de 2026. Certifico que hoy, 28 de julio de 2026 he procedido con el archivo en autos de esta Citación en relación al Caso Núm. NEPR-QR-2026-0115 y fue notificada mediante correo electrónico a: hsalgado4321@gmail.com; gnr@mcvpr.com; legal@powersolarpr.com. Para que así conste, firmo la presente en San Juan, Puerto Rico, hoy, 28 de julio de 2026. _¯¯o (VTh: L.J RI O Sonia d Gaztambide Secretaria