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20260720 QR20260185 Moción Solicitando Segunda Prórroga.pdf

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GOBIERNO DE PUERTO RICO JUNTA REGLAMENTADORA DE SERVICIO PUBLICO NEGOCIADO DE ENERGIA DE PUERTO RICO ISMAEL CINTRÓN CINTRÓN Querellante v. LUMA ENERGY LLC, LUMA ENERGY SERVCO LLC Querelladas Caso Núm. NEPR-QR-2026-0185 Asunto: Solicitud Segunda Prórroga MOCION SOLICITANDO SEGUNDA PRÓRROGA AL NEGOCIADO DE ENERGIA: COMPARECEN las partes querelladas, LUMA Energy, LLC y LUMA Energy ServCo, LLC (en adelante colectivamente “LUMA”), mediante la abogada que suscribe y muy respetuosamente EXPONEN, ALEGAN y SOLICITAN: 1. El 30 de junio de 2026 presentamos una moción en la que solicitamos una prórroga de veinte (20) días para presentar alegación responsiva. En el escrito informamos que al momento de solicitar la prórroga LUMA se encontraba llevando la investigación pertinente a las alegaciones de la querella. 2. El 12 de junio de 2026, a través del Work Request B25121800083 solicitamos que se realizara un estudio sobre la solicitud desganche y reparación de líneas según alegadas en la querella. El 12 de junio de 2026 los trabajos fueron referidos al arbolista Juan Quiles para evaluación. No obstante, el abogado que suscribe se comunicó con el querellante y este informó que la condición de peligrosidad reportada en la querella aún persiste. Luego de comunicarme con el grupo asignado a atender la querella, estos me informaron que se habían equivocado en identificar el lugar. Esta información fue comunicada hoy al querellante y en la conversación este nos explicó en detalle donde ubica la situación reportada. 3. Hoy 20 de julio de 2026 con la información suministrada por el querellante, solicitamos nuevamente que se atendiera la situación. El equipo asignado a atender el eventoNEPR Received: Jul 20, 2026 3:58 PM

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mantendrá informado al abogado que suscribe sobre cualquier trabajo realizado o situación que surja relacionado con la querella. 4. Solicitamos al Negociado que le conceda a LUMA una prórroga de veinte (20) días adicionales, hasta el 9 de agosto de 2026 para contestar esta querella o solicitar la desestimación por academicidad. Cualquier información que surja previo a que expire la prórroga solicitada estaremos notificando a las partes. 5. La presente prórroga se solicita con la intención de poder investigar las alegaciones de la querella, llevar a cabo los trabajos pertinentes, de estos proceder, y preparar una contestación completa y correcta, y no busca retrasar irrazonablemente los procedimientos. Cualquier información relacionada con el evento que surja previo a que expire la prórroga solicitada estaremos notificando a las partes. POR LO CUAL, se solicita al Negociado de Energía que declare ha lugar esta moción, y conceda a LUMA hasta el 9 de agosto de 2026 para presentar alegación responsiva o moción dispositiva o moción informativa, con cualquier pronunciamiento que en derecho proceda. RESPETUOSAMENTE SOMETIDO. En San Juan, Puerto Rico, el 20 de julio de 2026. CERTIFICACION DE NOTIFICACION CERTIFICO que este escrito ha sido presentado a través del sistema de Radicación Electrónica del Negociado de Energía de Puerto Rico https://radicacion.energia.pr.gov/, mediante el cual el Negociado y las partes recibirán notificación. Asimismo, se envió copia de cortesía a la parte querellante, a la dirección de correo electrónico provista con su Querella, a isma.cint55@gmail.com. f/José E. Rodríguez Guzmán

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Lcdo. José E Rodríguez Guzmán RUA Núm. 21776 LUMA – Departamento Legal PO BOX 364267 San Juan, PR, 00936-4267 (787) 349-5340 jose.rodriguezguzman@lumapr.com