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GOBIERNO DE PUERTO RICO JUNTA REGLAMENTADORA DE SERVICIO PÚBLICO NEGOCIADO DE ENERGÍA DE PUERTO RICO JUANITA SEPULVEDA ORTIZ QUERELLANTE V. LUMA ENERGY, LLC y LUMA ENERGY SERVCO, LLC QUERELLADOS CASO NÚM.: NEPR-QR-2026-0162 ASUNTO: Solicitud de prórroga MOCIÓN SOLICITANDO TÉRMINO ADICIONAL PARA CONTESTAR LA QUERELLA AL HONORABLE NEGOCIADO DE ENERGÍA DE PUERTO RICO: COMPARECE LUMA Energy, LLC y LUMA Energy ServCo, LLC, (en adelante, colectivamente “LUMA”) por conducto de la representación legal que suscribe y, sin que se entienda renunciada defensa alguna, incluyendo levantar la defensa de falta de jurisdicción sobre la persona o la materia, muy respetuosamente, EXPONEN, ALEGAN y SOLICITAN: 1. El 18 de junio de 2026, la parte compareciente solicitó hasta hoy, 20 de julio de 2026, para contestar la Querella de epígrafe. 2. El 22 de junio de 2026, este Honorable Negociado emitió una Orden mediante la cual concedió el término solicitado. 3. Respetuosamente se informa que personal de LUMA investigó las alegaciones de la Querella, y determinó que es necesario remplazar un poste. 4. Por lo anterior, LUMA solicita de este Honorable Negociado de Energía tome conocimiento de lo expuesto, y se conceda una extensión adicional de veinte días (20), a saber, hasta el 10 de agosto de 2026, de modo que puedan completarse los trabajos asociados a la presente Querella. 5. La presente prórroga se solicita con la intención de preparar una contestación completa y correcta y no busca retrasar irrazonablemente los procedimientos.NEPR Received: Jul 20, 2026 4:26 PM
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POR TODO LO CUAL, muy respetuosamente suplicamos a este Honorable Negociado de Energía conceda la extensión solicitada para contestar la Querella de epígrafe. RESPETUOSAMENTE SOMETIDA. CERTIFICACIÓN DE NOTIFICACIÓN CERTIFICO que este escrito ha sido presentado a la secretaria del Negociado de Energía a través del Sistema de radicación electrónica https://radicacion.energia.pr.gov/, mediante el cual el Negociado y las partes que hayan comparecido recibirán notificación. Certifico además que copia de cortesía fiel y exacta de este escrito se enviará a la parte Querellante a su dirección de correo electrónico, apusuru4@gmail.com. En San Juan, Puerto Rico, 20 de julio de 2026. f/Alana M. Vizcarrondo-Santana Lcda. Alana M. Vizcarrondo Santana RUA 18840 LUMA Legal Team PO BOX 364267 San Juan, PR, 00936-4267 (787) 349-4792 Alana.Vizcarrondo@lumapr.com