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20260720 QR20260108 Orden Solic Término.pdf

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GOBIERNO DE PUERTO RICO JUNTA REGLAMENTADORA DE SERVICIO PÚBLICO NEGOCIADO DE ENERGÍA DE PUERTO RICO ASOCIACIÓN RESIDENTES VILLAS DE SAN FRANCISCO PROMOVENTE CASO NÚM.: NEPR-QR-2026-0108 V. LUMA ENERGY, LLC Y LUMA ENERGY SERVCO, LLC PROMOVIDA ASUNTO: Orden ORDEN El 6 de mayo de 2026, la Querellada, LUMA Energy, LLC y LUMA Energy Servco, LLC. ("LUMA"), presentó Moción Solicitando Prórroga y Corrección a Moción Solicitando Prórroga. Entre otras cosas, solicitó un término de dos (2) meses para presentar la correspondiente contestación a querella. Concedido el término, el 6 de julio de 2026, LUMA presentó Moción Solicitando Prórroga. En el referido escrito se informó que el 9 de abril del año en curso, LUMA completó la reparación del voltaje. Se informó además que, LUMA reemplazó dos postes y queda pendiente reemplazar cuatro postes adicionales. Ante ello, se solicitó un término adicional hasta el 31 de julio para contestar la querella o presentar una moción conjunta solicitando la desestimación por academicidad. Examinado el referido escrito, se concede a LUMA el término solicitado. Notifíquese y publíquese. Lcda. ngela Ufret Rosado Oficial Examinadora CERTIFICACIÓN Certifico que así lo acordó la Oficial Examinadora en este caso la Lcda. Angela Ufret Rosado el 20 de julio de 2026. Certifico además que hoy, 20 de julio de 2026, he procedido con el archivo en autos de esta Orden en relación al Caso Núm. NEPR-RV-2026-0108 y he enviado copia de la misma a: villasdesanfrancisco@gmail.com y michelle.acosta@lumapr.com. Para que así conste firmo la presente en San Juan, Puerto Rico, hoy, 20 de julio de 2026. O D rDa \' \LI /1 1 y,,.1) Sonia'ambide Secretaria