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GOBIERNO DE PUERTO RICO JUNTA REGLAMENTADORA DE SERVICIO PUBLICO NEGOCIADO DE ENERGIA DE PUERTO RICO MERCEDES GONZALEZ HERNANDEZ / SANTIAGO PABON ALMODOVAR Querellantes v. LUMA ENERGY LLC, LUMA ENERGY SERVCO LLC Querelladas Caso Núm. NEPR-QR-2026-0106 Asunto: Solicitud de orden MOCION SOLICITANDO ORDEN AL NEGOCIADO DE ENERGIA: COMPARECEN las partes querelladas LUMA Energy, LLC. Y LUMA Energy ServCo, LLC., mediante los abogados que suscriben y muy respetuosamente EXPONEN, ALEGAN y SOLICITAN: 1. El 15 de junio solicitamos la desestimación del recurso por academicidad. 2. El 26 de junio el Negociado le ordenó a los promoventes a que en el término de 20 días mostraran causa por la cual no debía desestimarse la querella. 3. Sin embargo, al presente los querellantes no ha presentado su réplica. 4. Por lo cual, se solicita al Negociado que dicte resolución final y orden sobre desestimación y archivo de la querella. POR LO CUAL, se solicita al Negociado de Energía que declare ha lugar esta moción, dicte resolución final y orden sobre desestimación y archivo de la querella, con cualquier pronunciamiento que en derecho proceda. RESPETUOSAMENTE SOMETIDO. En San Juan, Puerto Rico, el 20 de julio de 2026. CERTIFICACION DE NOTIFICACIONNEPR Received: Jul 20, 2026 4:55 PM
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CERTIFICO que este escrito ha sido presentado a través del Sistema de Radicación Electrónica del Negociado de Energía de Puerto Rico (https://radicacion.energia.pr.gov), mediante el cual el Negociado y las partes recibirán notificación. Certifico, además, que copia fiel y exacta de este escrito se enviará a la parte promovente a hrosaocasio@gmail.com y a hrosapowersolar@gmail.com F/Michelle M. Acosta Rodríguez Lcda. Michelle M. Acosta Rodríguez RUA: 18239 LUMA – Departamento Legal PO BOX 364267 San Juan PR 00936-4267 (787) 349-3028 michelle.acosta@lumapr.com