← All documents

20260714 QR20260104 Moción en Solicitud de Prórroga.pdf

Download original

Page 1

GOBIERNO DE PUERTO RICO JUNTA REGLAMENTADORA DE SERVICIO PÚBLICO NEGOCIADO DE ENERGÍA DE PUERTO RICO DAMARYS CRUZ RODRÍGUEZ Promoventes vs. LUMA ENERGY, LLC y LUMA ENERGY SERVCO, LLC Promovidas Caso Núm. NEPR-QR-2025-0104 Asunto: Moción en Solicitud de Transferencia y Señalamiento de Videoconferencia MOCIÓN EN SOLICITUD DE PRÓROGA AL HONORABLE NEGOCIADO DE ENERGÍA DE PUERTO RICO: COMPARECEN LUMA Energy, LLC y LUMA Energy ServCo, LLC (colectivamente “LUMA”) por conducto de la representación legal que suscribe y, muy respetuosamente, EXPONEN, ALEGAN y SOLICITAN: 1. El 9 de julio de 2026, la Lcda. Ana C. Martínez Flores, representante legal de las comparecientes, presentó una Moción Informativa notificando a este Honorable Foro que estaría retirándose de sus funciones laborales, temporalmente, del 10 de julio de 2026 hasta la primera semana de octubre de 2026, esto por estar bajo órdenes militares. 2. En su moción informativa la Lcda. Martínez Flores solicitó un término de treinta (30) días para anunciar nueva representación legal y solicitó una prórroga por el mismo espacio de tiempo para que el abogado que asumiera la representación legal de LUMA pudiera familiarizarse con el expediente del caso.NEPR Received: Jul 14, 2026 1:20 PM

Page 2

3. El 13 de julio de 2026 el abogado que suscribe presentó una Moción Uniéndonos a la Representación Legal. En la misma fecha este Honorable Foro notificó Orden declarando ha lugar la moción y aceptando la representación legal del suscribiente. 4. De la Orden notificada el 13 de julio de 2026 surge que hay una vista evidenciaría señalada para este viernes 17 de julio de 2026 alas 9:00 am. Con el propósito de poder realizar un trabajo de manera responsable y completa, nos vemos en la obligación de informar que en virtud de la carga de trabajo del suscribiente y la cercanía del señalamiento, el suscribiente no ha tenido la oportunidad de culminar la revisión del expediente del caso de epígrafe, de igual forma no hemos tenido oportunidad de verificar la disponibilidad de los testigos y mucho menos de poder prepararlos y prepararnos para la vista evidenciaría calendarizada. 5. Envista de lo anterior, el día de hoy, 14 de julio de julio de 2026 tuvimos la oportunidad de discutir lo aquí presentado con la parte querellante y en común acuerdo ofrecemos tres (3) fechas hábiles para la transferencia de la vista: a. Miércoles 5 de agosto a las 9:00 a.m. b. Viernes 14 de agosto a las 9:00 a.m. c. Viernes 28 de agosto a las 9:00 a.m. 6. Así las cosas, LUMA muy respetuosamente solicita a este Honorable Negociado que tome conocimiento de lo antes indicado, deje sin efecto el señalamiento de este próximo viernes 17 de julio de 2026, transfiera la vista para alguna de las fechas ofrecidas en coordinación con la parte Querellante y, tomando en consideración que la parte Querellante es residente en Mayagüez, permita que la vista evidenciara sea celebrada de manera virtual. POR TODO LO ANTERIOR, muy respetuosamente se solicita al Negociado de Energía que tome conocimiento de lo antes indicado, deje sin efecto el señalamiento de este próximo

Page 3

viernes 17 de julio de 2026 transfiera la vista para alguna de las fechas ofrecidas en coordinación con la parte Querellante y permita que la vista evidenciara sea celebrada de manera virtual. RESPETUOSAMENTE SOMETIDA. En San Juan, Puerto Rico, el 14 de julio de 2026. CERTIFICACIÓN DE NOTIFICACIÓN CERTIFICO que este escrito ha sido presentado a través del Sistema de Radicación Electrónica del Negociado de Energía de Puerto Rico (https://radicacion.energia.pr.gov), mediante el cual el Negociado y las partes recibirán notificación. Certifico, además, que copia fiel y exacta de este escrito se enviará a la parte querellante a la dirección de correo electrónico provista con la Querella, a saber, cruzdama@yahoo.com. f/José E. Rodríguez Guzmán Lcdo. José E. Rodríguez Guzmán RUA: 21776 LUMA – Departamento Legal PO BOX 364267 San Juan PR 00936-4267 (787) 349-5340 jose.rodriguezguzman@lumapr.com