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20260706 QR20260099 Orden.pdf

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GOBIERNO DE PUERTO RICO JUNTA REGLAMENTADORA DE SERVICIO PÚBLICO NEGOCIADO DE ENERGÍA DE PUERTO RICO OFICINA INDEPENDIENTE DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR EN REPRESENTACIÓN DEL CONSUMIDOR RAMÓN A. BURGOS MANDRY QUERELLANTE VS. LUMA ENERGY LLC; LUMA ENERGY SERVCO, LLC QUERELLADAS CASO NÚM.: NEPR-QR-2026-0099 ASUNTO: Orden ORDEN El 20 de mayo de 2026, LUMA presentó una Moción de Desestimación por Haberse Tornado en Académica la Controversia, en la cual expuso que el reclamo planteado en la querella fue atendido y resuelto. Añadió, que procedieron con la remoción del cargo de $300.00 por concepto del Estudio Suplementario exclusivamente en la cuenta del Querellante. El 3 de junio de 2026, el Negociado de Energía emitió una Orden, en la cual ordenó al querellante a fijar su posición en diez (10) días. El 10 de junio de 2026, la Oficina Independiente de Protección al Consumidor ("OIPC") presentó una Moción Asumiendo Representación Legal y en Solicitud de Término para Oponerse a Moción de Desestimación, en la cual solicitó se acepte como representante legal del querellante y se otorgue término para contestar la moción dispositiva de LUMA. Se acepta la representación legal anunciada y se conceden quince (15) días para fijar posición de la moción de referencia. Además, dentro de dicho término los abogados comparecientes deberán informar sus correos electrónicos para incluirse en el registro de notificaciones ya que no los incluyeron en la moción de comparecencia. Notifíquese y publíquese. CERTIFICACIÓN Lcda. Naomi A. Cintron Hernandez Oficial Examinadora Certifico que así lo acordó la Oficial Examinadora en este caso, la Lcda. Naomi A. Cintrón Hernández, el 6 de julio de 2026. Certifico además que hoy, 6 de julio de 2026, he procedido con el archivo en autos de esta Orden en relación al Caso Núm. NEPR-QR-2026-0099 y he enviado copia de la misma a: burgosmandry@hotmail.com; nevsha.natal@lumapr.com. Asimismo, certifico haber enviado copia de esta Orden a; OFICINA INDEPENDIENTE DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Lcda. Hannia B. Rivera Díaz / Lcdo. Pedro E. Vázquez Meléndez 500 Ave. Roberto H. Todd San Juan, PR 00907 Para que así conste, firmo la presente en San Juan, Puerto Rico, hoy, 6 de julio de 2026. ,-- C) O I'L.I ,IJ Sonia ed Gaztambide Secretaria