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20260629 QR20260104 Orden.pdf

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GOBIERNO DE PUERTO RICO JUNTA REGLAMENTADORA DE SERVICIO PÚBLICO NEGOCIADO DE ENERGÍA DE PUERTO RICO DAMARYS CRUZ RODRÍGUEZ QUERELLANTE vs. LUMA ENERGY, LLC Y LUMA ENERGY SERVCO, LLC UERELLADAS CASO NÚM.: NEPR-QR-2026-0104 ASUNTO: Orden ORDEN El 27 de mayo de 2026, la parte Querellada, LUMA Energy ServCo, LLC y LUMA Energy, LLC. ("LUMA"), presentó Moción Sobre Alegación Responsiva y Solicitud de Desestimación Parcial. En el referido escrito, LUMA alegó que la Querellante no agotó los remedios administrativos al no haber subsanado deficiencias relacionadas a las objeciones presentadas. Por su parte, la Querellante presentó el 31 de mayo de 2026, Moción Informativa sobre Alegación Responsiva de Querellada el cual tomaremos como una oposición a la solicitud de desestimación. Examinados los escritos, se ordenó a las partes su comparecencia a una vista evidenciaria a los fines de discutir la solicitud de desestimación, para celebrarse el 25 de junio de 2026, a las 9:00 a.m. No obstante, el 4 de junio de 2026, LUMA presentó Moción sobre Solicitud de Transferencia en la cual informó que su representante legal estaría impedida de comparecer por asuntos médicos, por lo que solicitó la transferencia. Consecuentemente, la vista evidenciaria fue suspendida. Expuesto lo anterior, se transfiere la vista evidenciaria para el viernes, 17 de julio de 2026, a las 9:00 a.m. Notifíquese y publíquese. Lcda. ngela Ufret Rosado Oficial Examinadora CERTIFICACIÓN Certifico que así lo acordó la Oficial Examinadora en este caso la Lcda. Angela Ufret Rosado el 29 de junio de 2026. Certifico además que hoy, 29 de junio de 2026, he procedido con el archivo en autos de esta Orden en relación al Caso Núm. NEPR-QR-2026-0104 y he enviado copia de la misma a: cruzdama@yahoo.com; ana.martinezflores@lumapr.com. Para que así conste firmo la presente en San Juan, Puerto Rico, hoy, 29 de junio de 2026. Wanda I. Cordero Morale ' \ Secretaria Interina k 12'"'DORA O R I 0