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20260618 QR20260165 Orden.pdf

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GOBIERNO DE PUERTO RICO JUNTA REGLAMENTADORA DE SERVICIO PÚBLICO NEGOCIADO DE ENERGÍA DE PUERTO RICO JOEL GONZÁLEZ ESTEVES QUERELLANTE CASO NÚM.: NEPR-QR-2026-0165 ASUNTO: Querella VS. LUMA ENERGY, LLC LUMA ENERGY, SERVCO., LLC QUERELLADAS ORDEN Atendido el escrito titulado "Moción en Solicitud de Desestimación por Haberse Tornado la Controversia en Académica" ("Moción de Desestimación") presentado por LUMA Energy ServCo. LLC, LUMA Energy, LLC ("LUMA"), el Negociado de Energía de la Junta Reglamentadora de Servicio Público de Puerto Rico "Negociado de Energía" ORDENA, a Joel González Esteves a que en un término no mayor de cinco (5) días contados a partir de la fecha de notificación de esta orden exprese su posición sobre lo alegado por LUMA, de que el asunto fue atendido y que se reguló el voltaje y se ajustó el "TAP" del transformador. Se APERCIBE a Joel González Esteves que de no cumplir con esta orden el Negociado de Energía podrá atender la Moción de Desestimación sin el beneficio de su comparecencia como también podrá desestimar la querella por incumplir con las órdenes de este foro de conformidad con las disposiciones del Reglamento 8543. Notifíquese y publíquese. CERTIFICACIÓN Lcdo. Carlos Parés Guzmán OFICIAL EXAMINADOR Certifico que así lo acordó el Oficial Examinador en este caso, el Lcdo. Carlos Parés Guzmán, hoy 16 de junio de 2026. Certifico además que en la misma fecha he procedido con el archivo en autos y notificado de esta Orden con relación al caso NEPR-QR-2026-0165, y la misma fue notificada mediante correo electrónico a: cristina.santiagoama@lumapr.com; drago.gonzalez@gmail.com. Para que así conste firmo la presente en San Juan, Puerto Rico, hoy, 17 de junio de 2026. tI4L.i ,I1 'Io oos2 R T O Soníaztambide Secretaria