Page 1
GOBIERNO DE PUERTO RICO JUNTA REGLAMENTADORA DE SERVICIO PUBLICO NEGOCIADO DE ENERGÍA DE PUERTO RICO MAYRA REILLO CUBERO CASO NÚM.: NEPR-QR-2026-0027 QUERELLANTE ASUNTO: PROBLEMAS DE VOLTAJE VS. LUMA ENERGY, LLC; LUMA ENERGY SERVCO, LLC QUERELLADAS ORDEN El 27 de mayo de 2026, la parte Promovida presentó ante el Negociado de Energía una MOCIÓN PARA DESESTIMAR LA QUERELLA, en la cual informó que la situación que dio inicio a la Querella de epígrafe había sido resuelta, por lo cual solicitaba la desestimación del caso por haberse tornado académico. Atendida la Moción, se ORDENA a la parte Promovente a que en un término de veinte (20) días, muestre causa por la cual no deba desestimarse el presente recurso. Notifíquese y publíquese. A cl / > aR i Co Ws, 1H Lcda. Tania Vazquez Rivera OFICIAL EXAMINADORA CERTIFICACION Certifico que asi lo acordó la Oficial Examinadora en este caso, el Lcda. Tania Vázquez Rivera hoy, 10 de junio de 2026. Certifico además que hoy, 10 de junio de 2026 he procedido con el archivo en autos de esta Orden en relación al Caso Núm. NEPR-QR-2026-0027 y fue notificada mediante correo electrónico a: m_reillo@hotmail.com; sarika.angulo@lumapr.com Para que asi conste firmo la presente en San Juan, Puerto Rico, hoy, 10 de junio de 2026. Sonia Gaztambide Secretaria