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GOBIERNO DE PUERTO RICO JUNTA REGLAMENTADORA DE SERVICIO PUBLICO NEGOCIADO DE ENERGIA DE PUERTO RICO JUAN S. SANCHEZ CASO NUM.: NEPR-QR-2026-0046 QUERELLANTE ASUNTO: Orden VS. LUMA ENERGY, LLC Y LUMA ENERGY SERVCO, LLC QUERELLADAS ORDEN E] 23 de abril de 2026, el Negociado de Energia de la Junta Reglamentadora de Servicio Público de Puerto Rico ("Negociado de Energia") emitió una Orden mediante la cual ordenó a las partes a comparecer a una Conferencia con Antelación a Vista y Vista Administrativa del caso de epígrafe a celebrarse el 1 de junio de 2026 a la 9:30 a.m., en el Salón de Vistas del Negociado de Energía. El 26 de mayo de 2026, la parte Querellada presentó una Moción Informativa en Torno a Señalamiento, mediante la cual informo que la abogada de récord en el caso se encuentra en licencia por enfermedad lo que la impide comparecer a la vista. El 27 de mayo de 2026, la parte Querellante presentó una Carta en oposición a la solicitud de LUMA Energy para dejar sin efecto la Vista Administrativa señalada para el 1 de junio de 2026, alegando que la solicitud fue presentada tardíamente, que la vista fue notificada con suficiente anticipación y que ya había realizado los arreglos necesarios para comparecer. En consecuencia, solicitó que se denegara la solicitud y se mantuviera el señalamiento de la vista según calendarizada. Tomando en consideración que la solicitud de transferencia de vista se fundamenta en una situación médica, entendemos que existe justa causa para conceder el remedio solicitado. Así las cosas, se declara HA LUGAR la Moción presentada por la Promovida y se ORDENA a las partes proveer tres (3) fechas hábiles mediante Moción Conjunta para la celebración de la Conferencia con Antelación a Vista y Vista Administrativa en un término de diez (10) días a partir de la Notificación de esta Orden. Finalmente, se ORDENA a las partes a cumplir con la Orden del 23 de abril de 2026 en cuanto al Informe requerido por la Sección 9.01 (B) del Reglamento 8543. Notifíquese y publíquese. > Lcdo. Dennis Seilhamer Anadón Oficial Examinador CERTIFICACIÓN Certifico que así lo acordó el Oficial Examinador en este caso, el Lcdo. Dennis Seilhamer Anadón, el 29 de mayo de 2026. Certifico además que hoy, 29 de mayo de 2026, he procedido con el archivo en autos de esta Orden con relación al Caso Núm. NEPR-QR-2026-0046 y he enviado copia de la misma a: raquel. romanmoralesOlumapr.com; juan.sebastian.¡ssO gmail.com. Para que así conste firmo la presente en San Juan, Puerto Rico, hoy, 29 de mayo de 2026. Secretaria