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GOBIERNO DE PUERTO RICO JUNTA REGLAMENTADORA DE SERVICIO PUBLICO NEGOCIADO DE ENERGIA DE PUERTO RICO YAMIL MONTALVO OTANO CASO NÚM:.: NEPR-QR-2026-0038 QUERELLANTE ASUNTO: Informar Estado de los VS. Procedimientos LUMA ENERGY, LLC Y LUMA ENERGY SERVCO, LLC QUERELLADAS ORDEN Atendida la Contestación a la Querella presentada por LUMA el 11 de mayo de 2026 donde indica haber resuelto el problema de voltaje reclamado, se concede un término de DIEZ (10) DIAS, desde la notificación de esta Orden, al QUERELLANTE para que informe si el problema fue resuelto y si interesa continuar con el presente caso. Notifíquese y publíquese. If horLcda. Michelle Bonilla Sotomayor Oficial Examinadora CERTIFICACIÓN Certifico que así lo acordó la Oficial Examinadora en este caso, la Leda. Michelle Bonilla Sotomayor, hoy, 26 de mayo de 2026. Certifico además que en la misma fecha he procedido con el archivo en autos y notificado de esta Orden con relación al caso NEPR-QR-2026- 0038 y la misma fue notificada mediante correo electrónico a: Juan.Mendez@lumapr.com; carmenbatiz3cuentasO gmail.com. Para que así conste firmo la presente en San Juan, Puerto Rico, hoy, 26 de mayo de 2026. a Gaztambide Secretaria