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GOBIERNO DE PUERTO RICO JUNTA REGLAMENTADORA DE SERVICIO PUBLICO NEGOCIADO DE ENERGIA DE PUERTO RICO EDWIN JUARBE SAFIOTTI Querellante v. LUMA ENERGY LLC, LUMA ENERGY SERVCO LLC Querelladas Caso Núm. NEPR-QR-2026-0121 Asunto: Solicitud de prórroga MOCION SOLICITANDO PRÓRROGA AL NEGOCIADO DE ENERGIA: COMPARECEN las partes querelladas, LUMA Energy, LLC y LUMA Energy ServCo, LLC (en adelante colectivamente “LUMA”), mediante la abogada que suscribe y muy respetuosamente EXPONEN, ALEGAN y SOLICITAN: 1. El 11 de mayo le asignaron este caso a la abogada suscribiente. El caso se refirió a Despacho y el 11 de mayo se asignó a personal de Operaciones del Distrito correspondiente. Hoy la abogada suscribiente dio seguimiento al referido. El evento objeto de esta querella se asignará de acuerdo con el personal disponible y las prioridades del turno. El equipo mantendrá informado a la abogada suscribiente. 2. La última semana de cada mes el personal de Operaciones trabaja los asuntos de mayor prioridad, tales como averías, suspensiones y asuntos que sean un riesgo para la seguridad de las personas. Esta semana, conocida como “Blitz Week” el personal de Operaciones no está disponible para trabajar este caso. Se estará dando seguimiento. 3. Además, la abogada suscribiente estará fuera de Puerto Rico, por licencia de vacaciones, desde el 24 hasta el 31 de mayo. 4. Solicitamos al Negociado que le conceda a LUMA una prórroga hasta el 15 de junio para contestar esta querella o solicitar la desestimación por academicidad.NEPR Received: May 20, 2026 9:09 AM
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POR LO CUAL, se solicita al Negociado de Energía que declare ha lugar esta moción, conceda a LUMA hasta el 15 de junio para presentar alegación responsiva o moción dispositiva, con cualquier pronunciamiento que en derecho proceda. RESPETUOSAMENTE SOMETIDO. En San Juan, Puerto Rico, el 20 de mayo de 2026. CERTIFICACION DE NOTIFICACION CERTIFICO que este escrito ha sido presentado a través del Sistema de Radicación Electrónica del Negociado de Energía de Puerto Rico (https://radicacion.energia.pr.gov), mediante el cual el Negociado y las partes recibirán notificación. Certifico, además, que copia fiel y exacta de este escrito se enviará al Querellante a kathyanaispastrana@gmail.com F/Michelle M. Acosta Rodríguez Lcda. Michelle M. Acosta Rodríguez RUA: 18239 LUMA – Departamento Legal PO BOX 364267 San Juan PR 00936-4267 (787) 349-3028 michelle.acosta@lumapr.com