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GOBIERNO DE PUERTO RICO. JUNTA REGLAMENTADORA DE SERVICIO PUBLICO NEGOCIADO DE ENERGÍA DE PUERTO RICO RAMON A. LLOVET CORTES CASO NÚM.: NEPR-QR-2026-0071 QUERELLANTE vs. LUMA ENERGY, LLC Y ASUNTO: Orden LUMA ENERGY SERVCO, LLC QUERELLADA ORDEN El 2 de octubre de 2025, la parte Querellante, Oficina Independiente de Protección al Consumidor, en representación de Vilma Pérez Reyes, presentó una Querella ante la Junta Reglamentadora de Servicio Público de Puerto Rico ("Negociado de Energía”), contra LUMA Energy, LLC y LUMA Energy ServCo, LLC ("LUMA"), la cual dio inicio al caso de epígrafe. El 13 de abril de 2026, las partes presentaron Moción Conjunta Solicitando Desestimación con Perjuicio. En el referido escrito se informó que el 7 de abril, personal de LUMA vistió la residencia y reemplazó neutral sulfatado en toma de residencia dejando voltaje en 240v fase a fase. Asimismo, se indicó que el Promovente estuvo presente y quedó satisfecho. Ante ello, las partes solicitaron al Negociado que ordene la desestimación con perjuicio por academicidad. Examinado el escrito, se toma conocimiento de lo informado. La Oficial Examinadora que suscribe emitirá su informe de recomendaciones a la Junta de Comisionados para la correspondiente Resolución. Notifíquese y publíquese. Lcda. Ángela Ufret Rosado Oficial Examinadora CERTIFICACIÓN Certifico que así lo acordó la Oficial Examinadora en este caso la Lcda. Ángela Ufret Rosado el 14 de mayo de 2026. Certifico además que hoy, 14 de mayo de 2026, he procedido con el archivo en autos de esta Orden en relación al Caso Núm. NEPR-QR-2026-0071 y he enviado copia de la misma a: msllovet85O gmail.com y michelle.acosta@lumapr.com. Para que así conste firmo la presente en San Juan, Puerto Rico, hoy 14 de mayo de 2026.