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GOBIERNO DE PUERTO RICO JUNTA REGLAMENTADORA DE SERVICIO PÚBLICO NEGOCIADO DE ENERGÍA DE PUERTO RICO OFICINA INDEPENDIENTE DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR en representación del consumidor LUIS MIGUEL RODRÍGUEZ FELICIANO QUERELLANTE V. LUMA ENERGY, LLC y LUMA ENERGY SERVCO, LLC Querellada NEPR Received: May 6, 2026 2:34 PM CASO NÚM.: NEPR-QR-2026- OIW ASUNTO: INCUMPLIMIENTO CON LA LEY DE TRANSFORMACIÓN Y ALIVIO ENERGÉTICO, LEY 57-2014, SEGÚN ENMENDADA, Y LA LEY DE POLÍTICA PÚBLICA ENERGÉTICA, LEY NÚM. 17-2019. QUERELLA AL HONORABLE NEGOCIADO: Comparece la Oficina Independiente de Protección al Consumidor de la Junta Reglarnentadora de Servicio Público (en adelante, "OIPC"), en representación del Querellante Luis Miguel Rodríguez Feliciano, por conducto de los abogados que suscriben, quienes muy respetuosamente EXPONEN, ALEGAN y SOLICITAN: I. LAS PARTES 1. El señor Luis M. Rodríguez Feliciano (en adelante, "Querellante") es cliente residencial de la Autoridad de Energía Eléctrica (en adelante, "Autoridad") con número de cuenta 4741811000. Su dirección física es Parcelas Santa Rosa #89, Las Manas, PR 00670, y postal es Box 145 Las Manas, PR 00670. El número de teléfono de! Querellante es 787-487-1578 y su correo electrónico es eaponteacevedo@gmail.com y ordalinarodriguez@grnail.com.

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OIPC - Querella Luis M. Rodríguez Feliciano Página 2 2. La parte Querellada es LUMA Energy, LLC y LUA Energy ServCo, LLC. (en,, conjunto y en adelante "LUMA" o la "Querellada"), entidad encargada de la transmisión y distribución del sistema eléctrico del País en virtud del Acuerdo de Transmisión, Distribución y Operación de! Sistema de Puerto Rico (en adelante "OMA" por sus siglas en inglés). Su dirección física es 1110 Ave. Ponce De León, Edificio NEOS, Santurce, PR, su dirección postal es FO Box 364267 San Juan PR 00936-4267, con número de teléfono 1-844-888-5862 y correo electrónico legal@lumapr.com. II. JURISDICCIÓN DEL NEGOCIADO DE ENERGÍA 3. La jurisdicción del Negociado de Energía de Puerto Rico (en adelante, "Negociado") para entender en esta Querella emana del Artículo 6.4 (c) de la "Ley de Transformación y ALIVIO Energético", Ley Núm. 57-2014, según enmendada (22 L.P.R.A § 1054c) y del Capítulo 2 del Reglamento Núm. 8543 de 18 de diciembre de 2014, conocido como "Reglamento de Procedimientos Adjudicativos, Avisos de Incumplimiento, Revisión de Tarifas e Investigaciones". "Artículo 6.4- Jurisdicción de! Negociado de Energía. (a)... (c) Querellas por incumplimientos con la política pública energética. (1) A petición de alguna parte aftctada con legitimación activa, y según se establece en esta Ley, el NEPR podrá atender querellas en las que se alegue y reclame por el incumplimiento de una compañía de servicio eléctrico con la política pública energética del Gobierno de Puerto Rico, según expresada en la "Leii de Política Pública Energética de Puerto Rico" y el derecho vigente. De igual forma, el

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OIPC - Querella Luis M. Rodríguez Feliciano Página 3 NEPR podrá atender querellas sobre las transacciones o actos jurídicos relacionados con la compra de energía o con la compra de combustible; sobre contratos entre la Autoridad o su sucesora, el Contratante de la red de transmisión y distribución, los productores independientes de energía y las compañías de energía; sobre los casos y controversias entre estos; sobre las tarifas de trasbordo y cargos de interconexión; y en casos y controversias sobre trasbordo de energía eléctrica o interconexión entre la Autoridad, su sucesora o sus subsidiarías, o el Contratante de la red de transmisión y distribución, y toda persona que esté, o interese estar, conectada a la red de energía eléctrica dentro del Gobierno de Puerto Rico o toda persona con un interés directo o indirecto en esos servicios de energía eléctrica. (2) Toda querella presentada bajo este Artículo tendrá que ser presentada bajo juramento y establecerá con alegaciones específicas la naturaleza de su reclamo y los remedios solicitados. (3) Luego de presentada la querella, durante su proceso de evaluación y adjudicación, el NEPR podrá solicitar a la parte querellada cualquier información que sea pertinente a la controversia. Esta información estará a la disposición de la parte querellante, excepto que el NEPR podrá, a petición de alguna parte interesada y al amparo de lo establecido en el Artículo 6.15 de esta Ley, proteger la información que sea confidencial o privilegiada. (...)." III. LEGITIMACIÓN ACTIVA DE LA OIPC PARA RADICAR LA PRESENTE QUERELLA 4. La OIPC fue creada en virtud de la Ley 57-2014, supra, a los fines de, entre otras cosas, educar, orientar, asistir y representar a los clientes de todos los servicios bajo la jurisdicción de la Junta Reglamentadora de Servicio Público de Puerto Rico. Entre los poderes y deberes delegados mediante el Artículo 6.42 de la Ley 57-2014, supra, se encuentra el ser defensora y portavoz de los intereses de los clientes en todos los asuntos que estén ante el Negociado de Energía, el Negociado de Telecomunicaciones y el Negociado de Transporte y Otros Servicios Públicos, o que estén siendo trabajados por el

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OIPC - Querella Luis M. Rodríguez Feliciano Página 4 Programa de Política Pública Energética adscrito al Departamento de Desarrollo Económico, relacionados con las tarifas y cargos de servicio eléctrico, calidad del servicio eléctrico, los servicios de las compañías de servicio eléctrico a sus clientes, planificación de recursos, política pública y cualquier otro asunto de interés del cliente. 5. De igual forma, del propio Artículo 6.42 en su inciso (d), surge que la OIPC tiene la facultad de presentar querellas o recursos legales ante el Negociado de Energía, el Negociado de Telecomunicaciones y el Negociado de Transporte y Otros Servicios Públicos de Puerto Rico a nombre y en representación de clientes, que no tengan otra representación legal, en relación con controversias sobre cualquier asunto que afecte el servicio, tarifa o en cualquier otro asunto que afecte los intereses o derechos de los clientes de servicio eléctrico, telecomunicaciones y/o transporte. (Énfasis Nuestro) IV. HECHOS 6. El 19 de mayo de 2025, el Querellante, por derecho propio, radicó ante LUMA una reclamación debido a que se encontraba confrontando problemas con el servicio eléctrico en su residencia por razón de alto voltaje. A dicha reclamación LUMA le asignó el número M25051900076. 7. Con posterioridad a la radicación de la reclamación antes indicada, el Querellante ha realizado múltiples gestiones ante LUMA a los fines de que corrijan la situación antes mencionada. Inclusive, en seguimientos con LUMA en varias ocasiones, le han asignado nuevos números de reclamación, incluyendo: M26012600096, M26021700073, M25060400133, M2505190076, y M25060400133. Cabe señalar que, a la

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OIPC - Querella Luis M. Rodríguez Feliciano Página 5 fecha, todas las gestiones realizadas por el Querellante no han logrado la resolución del problema. Se incluye como Anejo 1 el seguimiento brindado directamente por el consumidor a LUMA. 8. Se incluye como Anejo 2 la certificación de High Voltage Load Test completada el 24 de abril de 2026. 9. Ante la inacción por parte de la Querellada en atender oportunamente la reclamación, el 17 de febrero de 2026, el Querellante procura los servicios de la OIPC, para la radicación de una Querella. 10. El 17 de febrero de 2026, la OIPC refiere por primera vez el caso ante LUMA, procediendo a darle seguimiento el 24 de marzo de 2026, el 31 de marzo de 2026, y el último referido dado el 16 de abril de 2026. Se adjuntan los referidos hechos por la OIPC a LUMA, como Anejo 3. 11. Habiendo transcurrido más de 350 días desde la radicación de la redamación por alto voltaje ante LUMA, al presente, la situación del Querellante no ha sido corregida. V. DERECHO APLICABLE 12. La Ley 57-2014, supra, en su Artículo 1.2, establece como política pública del Gobierno de Puerto Rico el derecho que todo consumidor tiene de recibir por parte de la utilidad un servicio eléctrico confiable, estable y de excelencia. Dicho artículo establece lo siguiente:

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OIPC - Querella Luis M. Rodríguez Feliciano Página 6 "Artículo 1.2. - Declaración de Política Pública sobre Energía Eléctrica. (22 L.P.R.A § 1051) Como elemento esencial para la competitividad y el desarrollo económico del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, es necesaria una transformación y reestructuración de nuestro sector eléctrico. Por tal razón, se declara como política pública del Estado Libre Asociado de Puerto Rico que: (a).... (1) Todo consumidor tiene derecho a un servicio eléctrico confiable, estable y de excelencia; (Énfasis nuestro). 13. De igual forma, la Ley Núm. 17 del 11 de abril de 2019, conocida como la "Ley de Política Pública Energética de Puerto Rico", establece en su Artículo 1.5 (9)(e) lo siguiente: "Artículo 1.5. - Política Pública Energética 2050. (22 L.P.R.A. § 1141d) Se declara como política pública del Gobierno de Puerto Rico: 1).... 9) Diseño de la infraestructura, resiliencia, mantenimiento y seguridad (a).... (e) Mantener la infraestructura eléctrica en condiciones óptimas vara asecurar la confiabilidad, resiliencia u sequridad del servicio eléctrico; se requerirá que los proveedores de servicio eléctrico presenten anualmente planes de aseguramiento energético, planes para la estandarización de activos, inventarios de partes de reemplazos, y planes de las mejores prácticas en mantenimiento del sistema; (Énfasis nuestro). F'

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OIPC - Querella Luis M. Rodríguez Feliciano Página 7 VI. DISCUSIÓN 14. Conforme a la normativa antes citada, la parte Querellante tiene el derecho de recibir por parte de LUMA un servicio eléctrico confiable, estable y de excelencia. Además, es el deber de LUMA como operador y administrador del sistema eléctrico del País mantener la infraestructura eléctrica en condiciones óptimas para asegurar la confiabilidad, resiliencia y seguridad del mismo. 15. La parte Querellante le notificó a LUMA estar confrontando problemas en su servicio eléctrico debido a alto voltaje. 16. Un servicio eléctrico con problemas de alto voltaje no constituye un servicio confiable, estable y de excelencia. Además, los problemas de voltaje son una de las principales causas para los daños a enseres electrodomésticos. 17. LUMA debe realizar las mejoras necesarias a la infraestructura eléctrica que le suple servicio a la parte Querellante de manera que esté en condiciones óptimas para asegurar la confiabilidad del mismo. 18. De igual forma, como parte de un servicio confiable y de excelencia, la parte Querellante tiene derecho a que sus reclamos ante LUMA sean debidamente atendidos dentro de un término razonable. VII. SÚPLICA POR TODO LO CUAL, se solicita de este Honorable Negociado, le ordene a la parte Querellada a atender el reclamo de la parte Querellante y a realizar las mejoras que

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OIPC - Querella Luis M. Rodríguez Feliciano resulten necesarias a los fines de solucionar el problema de alto voltaje, con cualesquiera otros pronunciamientos que en derecho procedan. RESPETUOSAMENTE sometido, hoy 5 de mayo de 2026. OIPc 500 Ave Roberto H Todd San Juan, P.R. 00907 787.523.6962 info©oipc.pr.gov fi Beatriz González Alvarez Lcda. Beatriz P. González Alvarez contratistas@jrsp.pr.gov RUA 14158 ' William Rodríguez Lugo Lcdo. William Rodríguez -Lugo contratistas©jrsp.pr.gov RUA 17606

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ANEJO 1 QUERELLA Luis Miguel Rodríguez Feliciano Gestiones hechas directamente por el Consumidor Fecha Gestiones/Interacción 19 mayo 2025 M25051900076 Se crea una Querella con LUMA 4 junio2025 M25060400133 Se crea una Querella con LUMA. Se da seguimiento con LUMA en la Oficina Comercial de Mayagüez. _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ 26 enero 2026 _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ M26001260096 Se da seguimiento con LUMA. Se crea una Querella con LUMA. _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ 17 febrero 2026 _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ M26021700073 Se crea una Querella con LUMA.

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ANEJO 3 From: Info OIPC <infoCoipc.pr.gov> Sent: Thursday, April 16, 2026 11:10AM To: @LUMA I3ov Services <govservices@lumapr.com> Cc: Naihomie Ortiz <nalhomre.ortlz@lumapr.com> Subject: 3er follow up Querella de Voltaje: M26012600096 y M26021700073 Buen Día Consumidora nos llama para seguimiento de su querella de Alto Voltaje nos indica que al día de hoy aún no ha sido atendida indica que le urge tener servicio ya es persona encamada. MARILLYS CONCEPCIÓN BERRIOS OFICINA INDEPENDIENTE DE PROTECCIÓN AL -' - CONSUMIDOR I OFICIAL A DE ORIENTACIÓN DE SERVICIOS '. ) IJ B LI CONEQOCIAI)O tt fri Aft I, LEGOCIA500I IAA'.S"C'At'tt'IAC'S'ftL. AFOOCIACO Ill II1ICCYULFCtC:C'.l S OÇIÇN* mDIPcrCA'Ir,II DE PAOIICCICN At CCSS'J'J OCA 006105005 PUERrO RICO NOTA DE CONFIDENCIALIDAD: Esta transmisión electrónica contiene información perteneciente a la Junta Reglamentadora de Servicio Público, que es confidencial, privilegiada y/o privada bajo las leyes aplicables. Este mensaje y los documentos adjuntos, si alguno, son para el uso exclusivo del destinatario. Si el lector no es el destinatario, ni ha sido autorizado por éste a leerlos, se le advierte que el contenido puede ser de naturaleza privilegiada o confidencial y exenta de divulgación por disposición de ley o reglamento. Si usted recibió esta transmisión por error, se le advierte que no debe divulgar su contenido. Por favor notifique al remitente por teléfono y remueva Ia misma de su computadora inmediatamente. From: @LUMA Gov Services <GovServiceslumaprcom> Sent: Thursday, April 9,2026 3:04 PM To: Info OIPC <Inftt@otpc.pr.gov> Subject: RE: 2do follow up Querella de Voltaje: M26012600096 y M26021700073 Saludos, Refiero para seguimiento. LUMAI NAIHOMIE I. ORTIZ JIMENEZ Adminstrativv Assistant. Reeienal Customer Experience 787.340.1083 naihomie.ortlz©kjwapccom 00 © O luwspr.cow xxte,oeeecsUeV, TI1, ,,,,,,,00Ae, .,d .,, ,rwd.a fl,A, ,5'..I, 1,5.10, e., Sow LUeA E,PUT S.r,, CIA. .5/e, 50 duOs C., '.v LO ,,,rd.,uMlwl&e,L,:4.5/,,a...,,.u kuLO,Add.ds,e,oe,I,,s,Im/o,od0400iobsod.000/,o.oo.S,fl,.o,i,.,Ae.,o,d.Ls. I.CACx.v,ouv,Ira&Ia.s,n,weaewRIsoLLci,.,50ae5r500050,,,,,s,uslseoaks,.00000e,,wo,gç0005 or., e-o5I 5.]. 0/110.55 Ly ,; 1,0.0,0,5 .I,L,0gr ew.,000 5.0 -, ole, th.,.. ,,. d.O /,dd5 ¡.5..I,o, av000rceuneetlcloraeeor.,eo,,u.,A, y,L*A,.00Jo/sAIñA0000000d. O,.,/,doldx,,,,e,.A5o,Se, po000ledetUslxl,or505000o A.C.y/ey,le. lleco. so,o.d',,,rd.cc.I/w0..e0/kgoa.e/,..wd.,nmo LOa/,o/g.coc,c.,a,.codo,cassuco,.ca.o,u,0c.,o,rths,a.s, -ootsdL SAo O, ,,cou,,AAT ,,,.05,, bór,oS doCLeob. I,Icco A, s.,. A,rHAU./ U WMAE,,.,g,T.5c LCD ,/cS0/.,. S. .u. .oSd/.r.& dl/I.d., ,d060000j ,,. sI.S.o.I, ESO o. ,..n. y. 1510., oled *AIAO t.IOe,*odo S. 15/00.0.1,0 (.S.,,0..0.00 ed.,,.., .o,AO,dO., I.. SoLA., o,,5c0o. ,.,....g,r., x. O.d.,,0.o,,,o0uds. .,o,,,.r15,ood.,sLeo., ,o.,,ors rId, ..L,,,,0 From: Info OIPC <info@oipcpr.gov> Sent: Tuesday, March 31, 2026 10:20 AM To: @LUMA Gay Services <GovServlceslumapr.com> Cc: Naihomie Ortiz Jiménez <Naihomie.Ortiz@Lumapr.com> Subject: 2d0 follow up Queretla de Voltaje: M26012600096 y M26021700073 [CAUTION] This email originated from outside the organization. Do not open suspicious links or attachments. Report concerns to Cybersecurit @iurnepí,çorn [PRECAUCI NJ Este correo electrónico se originó fuera de la organización. No abra enlaces o archivos adjuntos sospechosos. Informe a Cybersecunty(umapcom Buen Dia

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Consumidora nos llama para seguimiento de su querella de Alto Voltaje nos indica que al día de hoy aún no ha sido atendida indica que le urge tener servicio ya es persona encamada. MARILLYS CONCEPCIÓN BERRIOS OFICINA INDEPENDIENTE DE PROTECC ION AL CONSUMIDOR I OFICIAL DE ORIENTACIÓN DE SERVICIOS PU B LI CD.[CC)CIA10 DE irlic, .tCoCiazc DE IELECO5.IJIEJCACIOT.ES OCCISA itÇLECPENDiETAE [Ej PHOTECCIOTE A COSSCM,DCIA GORIONO DE PUERTO RICO NOTA DE CONFIDENCIALIDAD: Esta transmisión electrónica contiene información perteneciente a la Junta Reglamentadora de Servicio Público, que es confidencial, privilegiada yio privada bajo las leyes aplicables. Este mensaje y los documentos adjuntos, si alguno, son para el uso exclusivo del destinatario. Si el lector no es el destinatario, ni ha sido autorizado por éste a leerlos, se le advierte que el contenido puede ser de naturaleza privilegiada o confidencial y exenta de divulgación por disposición de ley o reglamento. Si usted recibió esta transmisión por error, se le advierte que no debe divulgar su contenido. Por favor notifique al remitente por teléfono y remueva la misma de su computadora inmediatamente. From: Info oic <infocpc.prgov> Sent: Tuesday, March 24, 2026 9:57 AM To: @LUMA 60v Services <govservicesumaprcom> Cc: Naihomie Ortiz <naihomie.ortiz@lumapr.com> Subject: ler follow up Querella de Voltaie: M26012600096 y M26021700073 Buen Día Consumidor nos llama para seguimiento de su querella de Alto Voltaje nos indica que al día de hoy aún no ha sido atendida es persona encamada necesita que el servicio esté funcionando en su totalidad MARILLYS CONCEPCIÓN BERRIOS OFICINA INDEPENDIENTE DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR I OFICIAL DE ORIENTACIÓN DE SERVICIOS S E.R.i/I 1II IE PUBLICOr.E000IACD DE EriE, C - NECIOCIADC, CE iEjLCOi,lui[ICACIOTjEC OCCISA INDEftflDiiNlk DE IIROIECCIO,S Al COSSUM-iEOA GORERNODE PUERTO ROO NOTA DE CONFIDENCIALIDAD: Esta transmisión electrónica contiene información perteneciente a lo Junta Regiawentadora de Servicio Público, que es confidencial, priviiegiada y/o privada baio las leyes aplicables. Este mensaje y los documentos adiuntos, si alguno, son para el uso exclusivo del destinatario. Si el lector no es el destinatario, ni ha sido autorizado por éste a leerlos, se le advierte que el contenido puede ser de naturaleza privilegiada o confidencial y exenta de divulgación por disposición de ley o reglamento. Si usted recibió esta transmisión por error, se le advierte que no debe divulgar su contenido. Por favor notifique al remitente por teléfono y remueva ia misma de su computadora inmediatamente. From: @LUMA 60v Services <GovServices@lumapr.com> Sent: Wednesday, February 18, 2026 9:49 AM To: Info OIPC <@ypç=p'gy> Subject: RE: Querello de Voltaje: M26012600096 y M26021700073 Saludos, Los empleados de LUMA estamos comprometidos diariamente en construir un sistema eléctrico más confiable, resiliente y limpio.

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Nuestra prioridad es y seguirá siendo hacer lo mejor para el pueblo de Puerto Rico. Todas las soticitudes de servicio son importantes para nosotros, y estamos monitoreando todas las órdenes de nuestros clientes y comunidades internamente. LUMA está dándole prioridad a las zonas y a los proyectos que más necesitan reparaciones y atención. Non esforzamos por evaluar el impacto a la seguridad en cada situación para brindar información sobre Ion trabajos que estamos priorizando para maximizar el uso de tos recursos. El sistema eléctrico de Puerto Rico se encuentra en un estado extremadamente frágil y tomará tiempo, probablemente vados años, atender todas las órdenes de servicio y transformar fundamentatmente el sistema eléctrico. Estamos trabajando arduamente cada día para reparar, restaurar y reemplazarla mayor infraestructura posible. Le damos las gracias nuevamente por contactamos y por ayudarnos a construir un mejor futuro energético para Puerto Rico. NAtI-IOMIE I. ORTIZ JIMENEZ Administratitp Assistant. Regional Customer Experience 787.340.1083 0 1) © o' saihomie.ortizipr.com u ma pr.com EOaLFlOE518SuLlTr TUS ,.t.,dp.o.ti.th,p.tn p.dod,d 6.oO, teatyiC ,tiatatOp. Ño baiytp. LUMA Eaa,p. Cyst, bAC .M/st ii. diaays. ÑOCOS. yo,rd.00,.l. ia,.Sy po,Olae.S Syd!,, ¯ s.d. p.So.L Cssstttstb* db*.o,.. ,,pyo.g. st Oi.o,OSIOJSC i, .uio6pyshibitS iis 't,. MS. Sad otO sosysssls.Oiss by ,,,o,,d.I.o. OaM,m o ¡yA TSSiOO ti,. t,od.o ;ooottadi.00y, 5.0th., lUMA Eaa,gy S.'ts. Lic y. .tbudÑ'aN .çxOaO.a st, y. yi,,tt. you 6. Chi, toy ¯5 Sa,¯1 ,.ysiUsg ro, ,stdi'cyoMo y, rlOO0AS St a-oSaO 55.0'. ttigfrs.t,d froOa.Ft,tba,totto. ¡itOtugO, poMp.tba, r Cat 0.6.5 u .yooa oh.t Ob. d.t5 mUdad CoaL, i. « De, Otto,, yotpo,ao.ttoossrattu.OIy,.00sto,oOakgi.d.yí .tyo.o.de,e ALO -o wyL.u,ypOyyoS,,ducObsy,Oup.oosoe,o,oap,,t,ubod. Al logy o,y.de iagdeAd.s ,,ay.uslyt,, ott. .nu'.o St. Pa dtto..qth yy,t,tido. a. stoats,,, ab,.. da 00.600, doug, o,v.oldos,.floie.o .oaodaOeygO.StiSatqtaM a.. al m.i.t.. ath o.,oo,.,oa.,,oa a00a' staLe,., o e,y..hiticd Sta noS. ..o.00,b,ic.,aka .0.0,. From: Info OIPC <lflfQ.@QiPcFLgi2Y> Sent: Tuesday, February 17, 2026 2:17 PM To: @LUMA Soy Services <GovSeccces(umapr.com> Cc: Naihomie Ortiz Jiménez <jjionj.ie0QijiLumapr.com> Subject: Re: ctuerella de Voltaje: M26012600096 y M26021700073 [CAUTION] This email originated from outside the organization. Do not open suspicious links or attachments. Report concerns to Çybersecuritvlumapr.com [PRECAUCIÓN] Este correo electrónico se originó fuera de la organización. No abra enlaces o archivos adjuntos sospechosos. Informe a Cybersecurity@lumapcom Saludos: Consumidora: Luis M Rodriguez FelicianolOrdalina Rodríguez Feliciano Número de (787j 487-1578 teléfono: Número de cuenta 4741811000 Municipio: Bayamón PR Resumen: I Querella de Voltaje: M260126011096 y M26021700073. Consumidora indica que solicitaron tas placas solares con Planet Solar por el gobierno. Le instalaron las placas, Dept Vivienda inspecciono. Indica de problemas de alto voltaje. Dirección Física: Carr 119 Km 22.3 Interior Parcelas Santa Rosa 89 Las Manas. NCjmero de querella: M26012600096 y M26021700073. Cordialmente, WIDNA VERA TORRES oncmxErENsmsmuLpxomcioNcLcossuvesox S E RV I C I (I) !.. PUBLICO t.lG,OCPAU006 reu,50'ooLto O C01bCOÇ LO Li C' US tupltco'U NEGOCiADO 5€ 5EiiCC".'.l', 5/COmAL CECINO lND8PÇI05I6'.TO 05 ,'RuOOFCC ,5 iou CODSUNI0000 787.523-6962 iocvsoiiiv NOTASE CONHOENClALIO,sD Eso, onaoamosoUn ciyoiode,O.00ntioyyy jofono,ooo, poflootoi0000e is Ñrn, uoxi,m000adoo,. de Sor,oclo POLio,,. qot st ouoifl00000iai. psioiiotg,.ds o poo,d, bajo It, ioyetaplit.bit, Fy00 oeno.ujtYio.dOsoeoctio.adjutio,.,,aigiono.aoopuosti osoytbieyjoodyidyyojsyiooio S,tiiielooooc,yldoyijoouoio.oi hoyjd050tOo,yddOpooé,Oy, ibyoioy.yyiy,deioote qutoicotOtoidopucdysoodsn,to,oi,o, poiiryo.do o yonfodyoo,yi o encero dy dieooigybjUo pto d,poosioouoo dy iy, o ooui,ooocoooo 5, usted m.obiy 0500 uootonoyibo PTO 50000. su it ad, too gob to doLo dj,eoibaoyoo0000c,o,do Po, fao-o, o000,ioqbc yo ,yoo,000ly pos oil/oto

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