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GOBIERNO DE PUERTO RICO JUNTA REGLAMENTADORA DE SERVICIO PÚBLICO NEGOCIADO DE ENERGÍA DE PUERTO RICO OFICINA INDEPENDIENTE DE PROTECCION AL CONSUMIDOR EN REPRESENTACION DEL CONSUMIDOR ROBERT A. MARTINEZ PADRO Querellante vs LUMA ENERGY, LLC, LUMA ENERGY SERVCO, LLC Querelladas CASO NÚM. NEPR-QR-2026-0040 ASUNTO: Contestación a Querella CONTESTACION A QUERELLA AL HONORABLE NEGOCIADO DE ENERGÍA DE PUERTO RICO: COMPARECEN las partes querelladas, LUMA Energy, LLC y LUMA Energy ServCo, LLC (en adelante “LUMA”) por conducto de la representación legal que suscribe y muy respetuosamente EXPONEN, ALEGAN y SOLICITAN: 1. Se admite la alegación 1. 2. Se admite la alegación 2. 3. Las alegaciones 3, 4 y 5 no requieren alegación responsiva ya que son asuntos de derecho. 4. Se admite la alegación 6. 5. Se admite la alegación 7. 6. Las alegaciones 8, 9 y 10 no requieren alegación responsiva por no dirigirse a Luma. 7. Las alegaciones 11 y 12 no requieren alegación responsiva ya que son prueba de la parte querellante. 8. Se admite la alegación 13.NEPR Received: Apr 30, 2026 11:57 AM
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2 9. Las alegaciones 14 a 20 no requieren alegación responsiva ya que son argumentaciones en derecho. DEFENSAS AFIRMATIVAS 1. El recurso instado contra LUMA no presenta una reclamación que justifique la concesión de un remedio. 2. El recurso es inmeritorio. 3. El Negociado carece de jurisdicción sobre la persona o sobre la materia. 4. El voltaje no es atribuible a LUMA. POR LO CUAL, se solicita al Negociado que declare ha lugar esta moción, declare no ha lugar la Querella, con cualquier otro pronunciamiento que en derecho proceda. RESPETUOSAMENTE SOMETIDA. En San Juan, Puerto Rico, el 30 de abril de 2026. CERTIFICACIÓN DE NOTIFICACIÓN CERTIFICO que este escrito ha sido presentado a través del sistema de Radicación Electrónica del Negociado de Energía de Puerto Rico https://radicacion.energia.pr.gov/, mediante el cual el Negociado y las partes recibirán notificación. Asimismo, se envió copia de cortesía a la parte querellante a kmercado@jrspr.pr.gov y a contratistas@jrsp.pr.gov F/Michelle M. Acosta Rodríguez Lcda. Michelle M. Acosta Rodríguez RUA 18239 LUMA – Departamento Legal PO BOX 364267 San Juan, PR, 00936-4267 (787) 349-3028 michelle.acosta@lumapr.com