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GOBIERNO DE PUERTO RICO. JUNTA REGLAMENTADORA DE SERVICIO PUBLICO NEGOCIADO DE ENERGÍA DE PUERTO RICO AURELINA LIRIANO GONZÁLEZ CASO NÚM.: NEPR-QR-2026-0020 QUERELLANTE ASUNTO: Orden para mostrar causa VS. LUMA ENERGY LLC; LUMA ENERGY SERVCO, LLC QUERELLADAS ORDEN El 21 de enero de 2026, la parte querellante presentó una Querella ante la Junta Reglamentadora de Servicio Público de Puerto Rico (“Negociado de Energía”), contra LUMA Energy, LLC y LUMA Energy Servco, LLC (“LUMA”). El 26 de febrero de 2026, LUMA presentó una Moción Asumiendo Representación Legal y Solicitud de Extensión de Término para Contestar la Querella, mediante la cual solicitó una extensión de término de veinte (20) días para contestar la querella de epígrafe. El 13 de marzo de 2026, el Negociado de Energía emitió una Orden, en la cual declaró ha lugar. El 20 de marzo de 2026, LUMA presentó una Moción de Desestimación por Haberse Tornado Académica la Controversia, en la cual informó que la situación reportada en la querella fue atendida y resuelta. Añadió que el 18 de marzo de 2026, personal de LUMA reemplazó toma y conectores en el neutral. Luego de dichas reparaciones, verificó el voltaje en el predio de la querellante, y se encontraba en 125 por cada fase. Por tanto, arguyó que la situación reportada por la querellante ha sido atendida, la querella de epígrafe se ha tornado académica, por lo que procede la desestimación de la misma. El 9 de abril de 2026, el Negociado de Energía emitió una Orden, en la cual ordenó a la parte querellante a fijar su posición en diez (10) días. Sin embargo, la querellante incumplió con la orden emitida. Se ordena a la querellante a mostrar causa por la cual no deba desestimarse la querella por falta de interés y por incumplimiento con las órdenes emitidas en cinco (5) días. Notifíquese y publíquese. Lcda. Naomi A. Cintrón Hernández Oficial Examinadora CERTIFICACIÓN Certifico que así lo acordó la Oficial Examinadora en este caso, la Lcda. Naomi A. Cintrón Hernández, el 30 de abril de 2026. Certifico además que hoy, 30 de abril de 2026, he procedido con el archivo en autos de esta Orden en relación al Caso Núm. NEPR-QR-2026- 0020 y he enviado copia de la misma a: __niicoolee10@hotmail.com; alana.vizcarrondo@|umapr.com. Para que asi conste firmo la prese an Juan, Puerto Rico, hoy, 30 de abril de 2026. Sonid a/Gaztambide Secretaria