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20260322 QR20260083 Querella.pdf

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GOBIERNO DE PUERTO RICO NEPR Junta Reglamentadora de Servicio Público Negociado de Energía de Puerto Rico Received: Mar 22, 2026 : 5:19 PM CASO NUM.: PROMOVENTE ASUNTO: solicitar investigación sobre factura VS. PROMOVIDO REVISION FORMAL DE FACTURAS DE SERVICIO ELECTRICO Instrucciones: e Al cumplimentar este formulario, examine las disposiciones de los Reglamentos Num. 8543, 8863 y 9076, y asegúrese de ofrecer la información requerida. e Complete todos los encasillados e indique N/A donde no aplique. e Denecesitar espacio adicional para sus respuestas, utilice la Hoja Complementaria (NEPR-Z01). e Incluya los documentos requeridos. |A. Información General del Promovente 1. Nombre completo: Neysha ojeda castro 2. Dirección física: Estancias el mayoral apartment c5 villalba pr00766 3. Dirección postal: Po box10291 ponce pr 00732 4. Teléfono: 9392601019 5. Correo electrónico: Ojeney@gmail.com Oo . Representacion legal: Numero de RUA: 8. Dirección postal: 9. Correo electrónico: 10. Teléfono: B. Información General del Promovido Nombre completo: Dirección física: Dirección postal: Teléfono: Correo electrónico: NS. WN Pp ¡EDO INL /1 Edificio World Plaza, 268 Ave. Muñoz Rivera, Suite 202 (Nivel Plaza), Hato Rey P.R. 00918 Tel. 787.523.6262 +» www.energia.pr.gov NEPR- CO1 (Rev. Noviembre 2019) “Procedimiento de Revisión formal de facturas de servicio eléctrico”. Referencia: Reglamento sobre el Procedimiento para la revisión de facturas y suspensión del servicio eléctrico por falta de pago.

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C. Cuantía Objetada Número de la cuenta: 9335730047 . Número de factura objetada: OBW20260303933492382135 . Número de referencia o núm. de caso ante la Compañía de Servicio Eléctrico: OBW20260303933492382135 numero de objecion Cuantía objetada: [| Menor de $5,000.00: $3,515 cantidad disputada . Su caso se tramitará bajo el Procedimiento Sumario. [] Mayor de $5,000.00 Su caso se tramitará bajo el Procedimiento ordinario a menos que indique lo contrario. Optar por el trámite bajo el Procedimiento Sumario: [| Si [] No. D. Solicitud de Revisión Relación sucinta de hechos: A quien corresponda en el Negociado de Energía de Puerto Rico: Comparece la suscribiente, Neysha Ojeda Castro, titular de la cuenta de servicio eléctrico 9335730047, correspondiente a la propiedad ubicada en Estancias El Mayoral, Apartment C, Villalba, Puerto Rico, y muy respetuosamente EXPONE, ALEGA Y SOLICITA lo siguiente: PRIMERO: Que la compareciente ha sido objeto durante un período prolongado de facturación excesiva, irrazonable y desproporcionada, la cual no guarda relación con el patrón real de consumo de la residencia antes indicada. La propiedad corresponde a un apartamento ocupado de forma limitada durante horas nocturnas, ya que la suscribiente permanece fuera del hogar durante la mayor parte del día. SEGUNDO: Que la facturación reflejada en la cuenta excede significativamente el consumo esperado y resulta inconsistente con el consumo de otras unidades residenciales dentro del mismo edificio, lo cual levanta serias dudas respecto a la exactitud del sistema de medición, la lectura del contador o la correcta imputación de cargos a la cuenta de la compareciente. TERCERO: Que adicionalmente la compareciente es beneficiaria del Programa de Asistencia Nutricional (PAN) y tiene derecho a los beneficios y subsidios aplicables a clientes elegibles de bajos ingresos. No obstante, a pesar de haber enviado en múltiples ocasiones la certificación correspondiente mediante correo electrónico cada año al momento de su renovación, dicho subsidio no ha sido aplicado a la cuenta, lo cual constituye una omisión administrativa que ha contribuido directamente a la acumulación de cargos excesivos. NEPR- CO1 (Rev. Noviembre 2019) “Procedimiento de Revisión formal de facturas de servicio eléctrico”. 2 Referencia: Reglamento sobre el Procedimiento para la revisión de facturas y suspensión del servicio eléctrico por falta de pago.

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CUARTO: Que como consecuencia directa de la facturación objetada y de la falta de aplicación del subsidio correspondiente, el balance reflejado excede la capacidad económica de la compareciente, lo cual ha afectado su capacidad de cumplir con los pagos bajo las condiciones actuales. QUINTO: Que mediante la presente se ratifica formalmente la objeción previamente presentada bajo el número de caso OBW20260303933492382135 ante LUMA Energy, solicitando la intervención de este Honorable Negociado para la debida evaluación y adjudicación de la controversia conforme a los derechos que asisten a los consumidores del servicio eléctrico en Puerto Rico. POR TODO LO CUAL, y al amparo de los derechos conferidos a los consumidores bajo la Ley 57-2014, así como los reglamentos aplicables a la protección de los clientes del servicio eléctrico, la compareciente SOLICITA Y REQUIERE lo siguiente: 1. Que se lleve a cabo una investigación inmediata, completa y transparente sobre la exactitud del contador, el historial de lectura del mismo y el sistema de facturación aplicado a la cuenta. 2. Que se realice una auditoría del historial de consumo y facturación correspondiente a los períodos en controversia. 3. Que se proceda a la aplicación inmediata del subsidio correspondiente al Programa PAN, incluyendo cualquier ajuste retroactivo que proceda conforme a derecho. 4. Que se realicen los ajustes, créditos o correcciones pertinentes en caso de confirmarse cargos indebidos o errores de facturación. 5. Que se ordene la suspensión inmediata de cualquier gestión de cobro coercitiva, penalidad o interrupción del servicio eléctrico mientras esta objeción se encuentra bajo investigación y adjudicación. Se deja expresa constancia de que cualquier intento de suspensión o interrupción del servicio eléctrico mientras esta controversia administrativa se encuentra pendiente de investigación podría constituir una violación a las protecciones del consumidor establecidas por la ley y la reglamentación aplicable. De no recibir una respuesta adecuada o de persistir la controversia, la compareciente solicita la intervención formal y adjudicación por parte de este Honorable Negociado, incluyendo la revisión de la facturación, del sistema de medición y del manejo administrativo de la cuenta aquí señalada. Se solicita además que toda determinación, hallazgo o comunicación relacionada con esta querella sea remitida por escrito a la compareciente. En Villalba, Puerto Rico, a 22 de marzo de 2026. NEPR- CO1 (Rev. Noviembre 2019) “Procedimiento de Revisión formal de facturas de servicio eléctrico”. 3 Referencia: Reglamento sobre el Procedimiento para la revisión de facturas y suspensión del servicio eléctrico por falta de pago.

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Neysha Ojeda Castro Compareciente Disposiciones legales aplicables: Remedio solicitado: Solicito que se me cobre el consumo real de mi apartamento de una forma justa tomando en cuenta que nunca el beneficio del pan se me ha sido adjudicado . Solamente en los primeros meses que se me fue colocada la luz . Me indicaron lo enviara por email anualmente y asi se hizo y el subsidio no fue areditado Anejos: (Incluya toda la evidencia que entienda pertinente para sostener su reclamación). De ser necesario, Hoja Complementaria (NEPR-Z01). Copia de la Decisión Final de la Compañía de Servicio Eléctrico (debe incluir fecha de la notificación). Copia de la Solicitud de Reconsideración ante la Compañía de Servicio Eléctrico. Copia de todo escrito que se haya presentado o recibido como parte del procedimiento informal de revisión de facturas ante la Compañía de Servicio Eléctrico. [| Otros: LILI Yo, neysha ojeda castro , certifico que he cumplido con el Procedimiento Informal de objeción de facturas de servicio eléctrico ante la Compañía de Servicio Eléctrico Promovida y que he cumplido con los requisitos establecidos en el Artículo 6.27 de la Ley 57-2014,según enmendada y del Reglamento 8863. La información presentada en este formulario es correcta y está completa. Neysha Ojeda Castro Neysha ojeda castro 22 de marzo de 2026 Nombre Firma Fecha NEPR- CO1 (Rev. Noviembre 2019) “Procedimiento de Revisión formal de facturas de servicio eléctrico”. Referencia: Reglamento sobre el Procedimiento para la revisión de facturas y suspensión del servicio eléctrico por falta de pago.

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NEPR Received: 3:29 NX OBW 20260303933492382135-9335... La gente primero. La seguridad siempre. 5 de marzo de 2026 OJEDA CASTRO,NEYSHA PO BOX 10291 PONCE PR 00730-0291 ojeney@gmail.com Cuenta: 9335730047 Numero de objeci6n: OBW20260303933492382135 Fecha de factura objetada: 02-23-2026 Cantidad de factura objetada: $215.07 Estimado cliente: Hemos recibido su solicitud de objeción de factura por razón de alto consumo para el periodo de 01-22-2026 a 02-23-2026. Esta no cumple con los requisitos contenidos en el artículo 4.07 del Reglamento 8863- 2016 del Negociado de Energía, según se identifican a continuación. Para formalizar su solicitud, es necesario que provea: O El nombre del cliente que presenta la objeción. O El número de la cuenta de servicio. O El número de identificación de la Factura que se objeta. 5 Las razones que le motivan la objeción; necesitamos una explicación más específica de su reclamación O El número de teléfono, dirección física y postal. La dirección de correo electrónico (si aplica). O Enviar una carta firmada por el titular en la que autorice a la persona designada a presentar la objeción, acompañada de una copia de una identificación con foto de ambos: del titular y de la persona autorizada. E Se requiere el pago del promedio conforme a lo establecido en la Sección 4.05 del Reglamento 8863-2016. Su promedio es de $215.07. Tan pronto, realice el pago debe enviar copia de recibos y si presenta su pago por teléfono o a través de MILUMA en la página Web, deberá ofrecer el número de confirmación. JMDS En adición, para confirmar que la persona quien presenta la objeción esta debidamente autorizada y poder comenzar el proceso de investigación, es necesario que provea lo siguiente: KT Resolución corporativa debidamente ponchada (sello de la corporación) o Notarizada, emitida dentro de un periodo de 6 meses o menos autorizando a la persona designada a tramitar la objeción de factura en LUMA. O identificación con foto de la persona designada en la resolución corporativa vigente. Su reclamación no podrá ser procesada hasta tanto provea la información requerida. Según el Artículo 4.09 del Reglamento 8863-2016, usted tiene hasta el 20 de marzo de 2026 para someter esta información y completar la solicitud de obieción Deno recibir la información y/o documentos itados dentro de dicho 4 como no presentada y á efecto alguno. Favor, > J fL Vista Previa Luma Energy OBJETAR FACTURA PO BOX 9100 CAAI ILIAAL DD nnane r 2026