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NEPR Received: GOBIERNO DE PUERTO RICO JUNTA REGLAMENTADORA DE SERVICIO PÚBLICO Mar 16, 2026 NEGOCIADO DE ENERGÍA DE PUERTO RICO 1:21 PM OFICINA INDEPENDIENTE DE CASO NÚM.: NEPR-QR-2026-0076 PROTECCION AL CONSUMIDOR en representación del consumidor ALEXANDER CRUZ GÓMEZ QUERELLANTE ASUNTO: INCUMPLIMIENTO CON v. LA LEY DE TRANSFORMACIÓN Y ALIVIO ENERGÉTICO, LEY 57-2014, LUMA ENERGY, LLC y LUMA ENERGY SEGÚN ENMENDADA, Y LA LEY DE SERVCO, LLC POLÍTICA PÚBLICA ENERGÉTICA, Querellada LEY NÚM. 17-2019. QUERELLA AL HONORABLE NEGOCIADO: Comparece la Oficina Independiente de Protección al Consumidor de la Junta Reglamentadora de Servicio Público (en adelante, “OIPC”), en representación del Querellante Alexander Cruz Gómez, por conducto de los abogados que suscriben, quienes muy respetuosamente EXPONEN, ALEGAN y SOLICITAN: I. LAS PARTES 1. El señor Alexander Cruz Gómez (en adelante, “Querellante”) es cliente residencial de la Autoridad de Energía Eléctrica (en adelante, “Autoridad”) con número de cuenta 7950885900, y contador asignado 95442234. Su dirección física y postal es Paseo de los Artesanos 106 calle Adela Sánchez, Las Piedras, PR 00771. El número de teléfono del Querellante es 787-599-7089 y su correo electrónico es acruz47@live.com.
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OIPC - Querella Alexander Cruz Gómez 2. La parte Querellada es LUMA Energy, LLC y LUA Energy ServCo, LLC. (en conjunto y en adelante “LUMA” o la “Querellada”), entidad encargada de la transmisión y distribución del sistema eléctrico del País en virtud del Acuerdo de Transmisión, Distribución y Operación del Sistema de Puerto Rico (en adelante “OMA” por sus siglas en inglés). Su dirección física es 1110 Ave. Ponce De León, Edificio NEOS, Santurce, PR, su dirección postal es PO Box 364267 San Juan PR 00936-4267, con número de teléfono 1-844-888-5862 y correo electrónico legal@lumapr.com. II. JURISDICCIÓN DEL NEGOCIADO DE ENERGÍA 3. La jurisdicción del Negociado de Energía de Puerto Rico (en adelante, “Negociado”) para entender en esta Querella emana del Artículo 6.4 (c) de la “Ley de Transformación y ALIVIO Energético”, Ley Núm. 57-2014, según enmendada (22 L.P.R.A 8 1054c) y del Capítulo 2 del Reglamento Núm. 8543 de 18 de diciembre de 2014, conocido como “Reglamento de Procedimientos Adjudicativos, Avisos de Incumplimiento, Revisión de Tarifas e Investigaciones”. “Artículo 6.4- Jurisdicción del Negociado de Energía. (a)... (c) Querellas por incumplimientos con la política pública energética. (1) A petición de alguna parte afectada con legitimación activa, y según se establece en esta Ley, el NEPR podrá atender querellas en las que se alegue y reclame por el incumplimiento de una compañía de servicio eléctrico con la política pública energética del Gobierno de Puerto Rico, según expresada en la “Ley de Política Pública Energética de Puerto Rico” y el derecho vigente. De igual forma, el
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OIPC - Querella Alexander Cruz Gómez NEPR podrá atender querellas sobre las transacciones o actos jurídicos relacionados con la compra de energía o con la compra de combustible; sobre contratos entre la Autoridad o su sucesora, el Contratante de la red de transmisión y distribución, los productores independientes de energía y las compañías de energía; sobre los casos y controversias entre estos; sobre las tarifas de trasbordo y cargos de interconexión; y en casos y controversias sobre trasbordo de energía eléctrica o interconexión entre la Autoridad, su sucesora o sus subsidiarias, o el Contratante de la red de transmisión y distribución, y toda persona que esté, o interese estar, conectada a la red de energía eléctrica dentro del Gobierno de Puerto Rico o toda persona con un interés directo o indirecto en esos servicios de energía eléctrica. (2) Toda querella presentada bajo este Artículo tendrá que ser presentada bajo juramento y establecerá con alegaciones específicas la naturaleza de su reclamo y los remedios solicitados. (3) Luego de presentada la querella, durante su proceso de evaluación y adjudicación, el NEPR podrá solicitar a la parte querellada cualquier información que sea pertinente a la controversia. Esta información estará a la disposición de la parte querellante, excepto que el NEPR podrá, a petición de alguna parte interesada y al amparo de lo establecido en el Artículo 6.15 de esta Ley, proteger la información que sea confidencial o privilegiada. (...).7 III. LEGITIMACIÓN ACTIVA DE LA OIPC PARA RADICAR LA PRESENTE QUERELLA 4. La OIPC fue creada en virtud de la Ley 57-2014, supra, a los fines de, entre otras cosas, educar, orientar, asistir y representar a los clientes de todos los servicios bajo la jurisdicción de la Junta Reglamentadora de Servicio Público de Puerto Rico. Entre los poderes y deberes delegados mediante el Artículo 6.42 de la Ley 57-2014, supra, se encuentra el ser defensora y portavoz de los intereses de los clientes en todos los asuntos que estén ante el Negociado de Energía, el Negociado de Telecomunicaciones y el Negociado de Transporte y Otros Servicios Públicos, o que estén siendo trabajados por el
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OIPC - Querella Alexander Cruz Gómez Programa de Política Pública Energética adscrito al Departamento de Desarrollo Económico, relacionados con las tarifas y cargos de servicio eléctrico, calidad del servicio eléctrico, los servicios de las compañías de servicio eléctrico a sus clientes, planificación de recursos, política pública y cualquier otro asunto de interés del cliente. 5. De igual forma, del propio Articulo 6.42 en su inciso (d), surge que la OIPC tiene la facultad de presentar querellas o recursos legales ante el Negociado de Energía, el Negociado de Telecomunicaciones y el Negociado de Transporte y Otros Servicios Públicos de Puerto Rico a nombre y en representación de clientes, que no tengan otra representación legal, en relación con controversias sobre cualquier asunto que afecte el servicio, tarifa o en cualquier otro asunto que afecte los intereses o derechos de los clientes de servicio eléctrico, telecomunicaciones y/o transporte. (Énfasis Nuestro) IV. HECHOS 6. El 24 de enero de 2025, el Querellante, por derecho propio, radicó ante LUMA una reclamación debido a que se encontraba confrontando problemas con el servicio eléctrico en su residencia por razón de alto voltaje. A dicha reclamación LUMA le asignó el número C25012400256. 7. Con posterioridad a la radicación de la reclamación antes indicada, el Querellante ha realizado múltiples gestiones ante LUMA a los fines de que corrijan la situación antes mencionada. Cabe señalar que, a la fecha, todas las gestiones realizadas por el Querellante no han logrado la resolución del problema. Se incluye como Anejo 1 el seguimiento brindado directamente por el consumidor a LUMA.
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OIPC - Querella Alexander Cruz Gómez 8. Se incluye como Anejo 2 la certificación de High Voltage Load Test completada el 10 de marzo de 2026. 9. Ante la inacción por parte de la Querellada en atender oportunamente la reclamación, el 18 de marzo de 2025, el Querellante procura los servicios de la OIPC, para la radicación de una Querella. 10. El 18 de marzo de 2025, la OIPC refiere por primera vez el caso ante LUMA, procediendo a darle seguimiento el 16 de diciembre de 2025, 29 de enero de 2026, y el último referido dado el 12 de febrero de 2026. Se adjuntan los referidos hechos por la OIPC a LUMA, como Anejo 3. 11. Habiendo pasado 416 días desde la radicación de la reclamación por alto voltaje ante LUMA, al presente, la situación del Querellante no ha sido corregida. V. DERECHO APLICABLE 12. La Ley 57-2014, supra, en su Artículo 1.2, establece como política pública del Gobierno de Puerto Rico el derecho que todo consumidor tiene de recibir por parte de la utilidad un servicio eléctrico confiable, estable y de excelencia. Dicho artículo establece lo siguiente: “Artículo 1.2. — Declaración de Política Pública sobre Energía Eléctrica. (22 L.P.R.A § 1051) Como elemento esencial para la competitividad y el desarrollo económico del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, es necesaria una transformación y reestructuración de nuestro sector eléctrico. Por tal razón, se declara como política pública del Estado Libre Asociado de Puerto Rico que:
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OIPC - Querella Alexander Cruz Gómez (a).... (l) Todo consumidor tiene derecho a un servicio eléctrico confiable, estable y de excelencia; (Enfasis nuestro). yy 13. De igual forma, la Ley Núm. 17 del 11 de abril de 2019, conocida como la “Ley de Politica Pública Energética de Puerto Rico”, establece en su Artículo 1.5 (9)(e) lo siguiente: “Artículo 1.5. — Política Pública Energética 2050. (22 L.P.R.A. 8 1141d) Se declara como política pública del Gobierno de Puerto Rico: 1).... 9) Diseño de la infraestructura, resiliencia, mantenimiento y seguridad (a).... (e) Mantener la infraestructura eléctrica en condiciones óptimas para asegurar la confiabilidad, resiliencia y seguridad del servicio eléctrico; se requerirá que los proveedores de servicio eléctrico presenten anualmente planes de aseguramiento energético, planes para la estandarización de activos, inventarios de partes de reemplazos, y planes de las mejores prácticas en mantenimiento del sistema; (Énfasis nuestro). yy VI. DISCUSIÓN 14. Conforme a la normativa antes citada, la parte Querellante tiene el derecho de recibir por parte de LUMA un servicio eléctrico confiable, estable y de excelencia. Además, es el deber de LUMA como operador y administrador del sistema eléctrico del
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OIPC - Querella Alexander Cruz Gómez País mantener la infraestructura eléctrica en condiciones óptimas para asegurar la confiabilidad, resiliencia y seguridad del mismo. 15. La parte Querellante le notificó a LUMA estar confrontando problemas en su servicio eléctrico debido a alto voltaje. 16. | Unservicio eléctrico con problemas de alto voltaje no constituye un servicio confiable, estable y de excelencia. Además, los problemas de voltaje son una de las principales causas para los daños a enseres electrodomésticos. 17. LUMA debe realizar las mejoras necesarias a la infraestructura eléctrica que le suple servicio a la parte Querellante de manera que esté en condiciones óptimas para asegurar la confiabilidad del mismo. 18. De igual forma, como parte de un servicio confiable y de excelencia, la parte Querellante tiene derecho a que sus reclamos ante LUMA sean debidamente atendidos dentro de un término razonable. VIL SÚPLICA POR TODO LO CUAL, se solicita de este Honorable Negociado, le ordene a la parte Querellada a atender el reclamo de la parte Querellante y a realizar las mejoras que resulten necesarias a los fines de solucionar el problema de alto voltaje, con cualesquiera otros pronunciamientos que en derecho procedan. RESPETUOSAMENTE sometido, hoy 16 de marzo de 2026.
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OIPC - Querella Alexander Cruz Gómez CERTIFICO, haber enviado copia fiel y exacta de la presente Querella a: GENERAL COUNSEL, LUMA ENERGY, LLC, y LUMA ENERGY SERVCO, LLC a los correos electrónicos legal %lumapr.com PREBOrders@lumapr.com. MOIPC 500 Ave Roberto H Todd San Juan, P.R. 00907 @ 787.523.6962 “8info@oipc.pr.gov f/ Beatriz González Álvarez Leda. Beatriz P. González Álvarez contratistas@jrsp.pr.gov RUA 14158 f/William Rodriguez Lugo Ledo. William Rodriguez -Lugo contratistas@jrsp.pr.gov RUA 17606
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ANEJO 1 QUERELLA ALEXANDER CRUZ GÓMEZ Gestiones hechas directamente por el Consumidor Fecha Gestiones / Interacción 24 ene 2025 C25012400256 | Se creo una Querella con LUMA por alto voltaje. Se le indicó al consumidor que se estaría resolviendo la situación en diez (10) días. 30 ene 2025 Se le da seguimiento - se indica caso se estará escalando. 07 feb 2025 Se le da seguimiento - se indica caso se estará escalando. 14 feb 2025 Se le da seguimiento - se indica caso se estará escalando. 21 feb 2025 Se le da seguimiento - se indica caso se estará escalando. 28 feb 2025 Se le da seguimiento - se indica caso se estará escalando. 11 mar 2025 Se le da seguimiento - se indica caso se estará escalando. 19 mar 2025 Se le da seguimiento - se indica caso se estará escalando. 26 mar 2025 Se le da seguimiento - se indica caso se estará escalando. 10 abr 2025 Se le da seguimiento - se indica caso se estará escalando. 22 abr 2025 Se le da seguimiento - se indica caso se estará escalando. 26 jun 2025 Se le da seguimiento - se indica caso se estará escalando. 20 nov 2025 Se le da seguimiento - se indica caso se estará escalando. 19 feb 2026 Se le da seguimiento - se indica caso se estará escalando.
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Resolving Solar Customer High-Voltage and Voltage Problem Complaints We actively support renewable energy and partner with our customers to ensure safe and reliable interconnection of renewable energy into the electric grid. High-Voltage and Voltage Problems If you have a photo-voltaic (PV) solar generating system and are experiencing high voltage, or if your system indicates a voltage problem, please complete the following high voltage load test before contacting LUMA Energy. The results of the load test will help us in determining and addressing the cause of your voltage problem. Customer/Contractor Requirements Before LUMA Energy comes to review the high voltage concern at your premise, an engineer or certified electrician should conduct the following test and provide the data to LUMA Energy: 1. On a clear sunny day, when you are experiencing high voltage, perform the following test between 11am and 1pm. Include the date and time of the test on the form below. (Make sure the battery is not operating when conducting the test) e Turn off all major loads (small electronics can stay on) e Record the voltage at an outlet closest to the meter with the PV system on e Turn the PV system off and record the voltage at the same outlet e Turn the PV system back on, wait at least 10 minutes, then record voltage at the same outlet for confirmation e Turn on some of your major loads making sure they are running — 1.e., air conditioning, electric stove, hair dryer,etc., then record voltage at same outlet closest to the meter. Resolviendo las Quejas de los Clientes por Problemas de Alto-Voltaje y de Voltaje Nosotros activamente apoyamos la energía renovable y nos unimos con nuestros clientes para asegurar una interconexión de energía renovable a la red eléctrica segura y confiable. Problemas de Alto-Voltaje y Voltaje S1 tiene un sistema de generación solar fotovoltaica (FV) y experimenta alto voltaje, o su sistema indica un problema de voltaje, complete la siguiente prueba de alto voltaje antes de comunicarse con LUMA Energy. Los resultados de la prueba de carga nos ayudarán a determinar y lidiar con la causa de su problema de voltaje. Requisitos del Cliente/Contratista Antes de que LUMA Energy revise el problema de alto voltaje en su establecimiento, un ingeniero o un perito electricista debe realizar la siguiente prueba y proveer los datos a LUMA Energy: 1. En un día despejado y soleado, cuando se esté experimente alto voltaje, realice la siguiente prueba entre las 1lam y la lpm. Incluya la fecha y hora de la prueba en el formulario que se encuentra en la próxima página. (Aseguerese que el sistema de almacenamiento no este operando al momento de raealizar la prueba) e Apague todas las cargas principales (los dispositivos electrónicos pequeños pueden permanecer encendidos) e Con el sistema fotovoltaico encendido, registre el voltaje en la toma de corriente más cercana al medidor. e Apague el sistema fotovoltaico y registre el voltaje en la misma toma de corriente. e Para confirmar, vuelva a encender el sistema fotovoltaico, espere al menos 10 minutos y luego registre el voltaje en la misma toma de corriente. e Encienda algunas de sus cargas principales y asegúrese de que estén funcionando - es decir, aire acondicionado, estufa eléctrica, secador de pelo, etc., luego registre el voltaje en la misma toma de corriente (la más cercana al medidor). https: //lumapr.com/
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High Voltage Load Test Customer Name: Nombre del Cliente: Customer Phone Number: Número de Teléfono del Cliente: Customer Account or Meter Number: Numero de la Cuenta del Cliente o del Metro: Location ID: ID de Localidad: Engineer/Certified Electrician: Ingeniero/Perito Electricista: Engineer/Certified Electrician's License Number: Número de Licencia de Ingeniero/Perito Electricista: Engineer/Electrician Phone Number: Número de Teléfono del Ingeniero/Perito Electricista: AC/DC PV System Size in kW: Tamaño del Sistema FV AC/DC en kW: kW AC kw DC Date of Voltage Test: Fecha de la Prueba de Voltaje: Voltage without Major Loads, PV On: Voltaje sin Cargas Mayores, FV Encendido: Time of Voltage Test: Hora de la Prueba de Voltaje: Voltage without Major Loads, PV Off: Voltaje sin Cargas Mayores, FV Apagado: Time of Voltage Test: Hora de la Prueba de Voltaje: Voltage without Major Loads, PV On Again: Voltaje sin Cargas Mayores, FV Encendido Nuevamente: Time of Voltage Test: Hora de la Prueba de Voltaje: Voltage with Some Major Loads, PV On: Voltaje con Algunas Cargas Mayores, FV Encendido: Time of Voltage Test: Hora de la Prueba de Voltaje: Supply Picture of Transformer that Feeds the Premise, Showing All Numbers Clearly (if possible): Suministre la Imagen del Transformador que Alimenta al Previo, Mostrando Todos los Números Claramente (si es posible): Distance from Transformer to Premise (if it can be supplied): Distancia del Transformador al Previo (si es posible suministrarla): Supply Picture of Premise Load Center with Value of Main Breaker Seen (i.e. 100A, 200A, ...): Suministre Foto del Centro de Carga del Previo con el Valor del Disyuntor Principal Visible (es decir. 100A, 200A, ...): How Many Other Premises, Fed by the Same Transformer, Have Solar? (If can tell)? ¿Cuántos Otros Previos, Alimentados por el Mismo Transformador, Utilizan Energía Solar? (Si es posible determinar): Estimate the Total Capacity of All the Solar Connected to the Transformer? (if possible): Estime la Capacidad Total de Todos los Paneles Solares Conectados al Transformador (si es posible determinar): Supply Picture of Breaker in the Meter Box (if possible): Suministre Foto del Disyuntor en la Caja del Medidor (si es posible): If Batteries are Being Used, Specify their Total Capacity and Operating Mode: Si se está Utilizando un Sistema de Almacenamiento, Especifique su Capacidad Total y su Modo de Operación: kw
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3/12/26, 3:29PM > Outlook Fw: 3er follow up Querella de Alto Voltaje Las Piedras From Info OIPC <info@oipc.pr.gov> Date Thu 3/12/2026 3:29 PM To Contratistas <contratistas@jrsp.pr.gov> From: @LUMA Gov Services <GovServices@lumapr.com> Sent: Thursday, February 12, 2026 10:08 AM To: Info OIPC <info@oipc.pr.gov> Subject: RE: 3er follow up Querella de Alto Voltaje Las Piedras Saludos, Refiero para seguimiento. NAIHOMIE I. ORTIZ JIMENEZ Administrative Assistant, Regional Customer Experience © 787.340.1083 WEA naihomie.ortiz@lumapr.com ® lumapr.com NOOO CONFIDENTIALITY: This communication and any attachments included herein contain information that belongs to LUMA Energy Servco LLC, and/or its clients, that may be confidential, legally privileged, and/or a trade secret. Its unauthorized disclosure, copying, or distribution is strictly prohibited. If you have received this communication by error, delete or destroy it and notify the sender immediately. Neither LUMA Energy Servco LLC, its subsidiaries, affiliates nor its clients will be liable for any damages resulting from any modification or falsification of an e-mail that is originated by us. Furthermore, although precautions have been taken to ensure that the data included herein is free from viruses or other malicious content, we cannot assure that such is indeed the case and disclaim any responsibility attributable thereto. AVISO DE CONFIDENCIALIDAD: Esta comunicación y cualquier anejo incluido que pueda estar incluido contiene información propietaria de LUMA Energy Servco LLC, y/o de sus clientes, que puede ser confidencial, legalmente privilegiada y/o un secreto de negocio. La divulgación no autorizada, su reproducción o distribución está estrictamente prohibida. Si usted ha recibido esta comunicación por error, bórrela o destrúyala e informe de manera inmediata al remitente. Ni LUMA Energy Servco LLC, ni cualquiera de sus subsidiarias, afiliadas o clientes será responsable de cualquier daño que resulte de cualquier modificación o falsificación de cualquier comunicación generada por nosotros. Además, aun cuando se han tomado las debidas precauciones para asegurar que los datos aquí contenidos se encuentren libres de cualquier virus o contenido malicioso, no podemos garantizar que en efecto ese sea el caso por lo que rechazamos o negamos tener cualquier responsabilidad que pueda ser atribuida a tales efectos. From: Info OIPC <info@oipc.pr.gov> Sent: Thursday, February 12, 2026 9:13 AM To: @LUMA Gov Services <GovServicesOlumapr.com> Cc: Naihomie Ortiz Jiménez <Naihomie.Ortiz@Lumapr.com> Subject: 3er follow up Querella de Alto Voltaje Las Piedras [CAUTION] This email originated from outside the organization. Do not open suspicious links or attachments. Report concerns to CybersecurityO lumapr.com [PRECAUCION] Este correo electrónico se originó fuera de la organización. No abra enlaces o archivos adjuntos sospechosos. Informe a CybersecurityO lumapr.com https://outlook.office365.com/mail/inbox/id/AAKALgAAAAAAHYQDEapmEc2byACqAC%2FEWgOATXFy3u21M0eBI4LH%2BjyaawAE%2Bwx8YgAA Page 1 of 7
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3/12/26, 3:29 PM Buen día Consumidor nos llama para seguimiento de su querella de Alto Voltaje nos indica que al día de hoy aún no ha sido atendida MARILLYS CONCEPCIÓN BERRIOS JUNTA REGLAMENTADORA DE SERVICIO PÚBLICONEGOCIADO DE ENERGÍA NEGOCIADO DE TRANSPORTE Y OTROS SERVICIOS PUBUCOS NEGOCIADO DE TELECOMUNICACIONES OFICINA INDEPENDIENTE DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR OFICINA INDEPENDIENTE DE PROTECCION AL CONSUMIDOR | OFICIAL DE ORIENTACION DE SERVICIOS GOBIERNO DE PUERTO RICO NOTA DE CONFIDENCIALIDAD: Esta transmisión electrónica contiene información perteneciente a la Junta Reglamentadora de Servicio Público, que es confidencial, privilegiada y/o privada bajo las leyes aplicables. Este mensaje y los documentos adjuntos, si alguno, son para el uso exclusivo del destinatario. Si el lector no es el destinatario, ni ha sido autorizado por éste a leerlos, se le advierte que el contenido puede ser de naturaleza privilegiada o confidencial y exenta de divulgación por disposición de ley o reglamento. Si usted recibió esta transmisión por error, se le advierte que no debe divulgar su contenido. Por favor notifique al remitente por teléfono y remueva la misma de su computadora inmediatamente From: @LUMA Gov Services <GovServices @lumapr.com> Sent: Thursday, January 29, 2026 10:47 AM To: Info OIPC <info@oipc.pr.gov> Subject: RE: 2do follow up Querella de Alto Voltaje Las Piedras Saludos, Refiero para seguimiento. NAIHOMIE I. ORTIZ JIMENEZ Administrative Assistant, Regional Customer Experience a 787.340.1083 p<] naihomieortiz lumapr. com https://outlook.office365.com/mail/inbox/id/AAkALgAAAAAAHYQDEapmEc2byACqAC% 2FEWgOATxFy3u21IM0eBI4LH%2BjyaawAE%2Bwx8YgAA Page 2 of 7
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3/12/26, 3:29 PM ® — |umapr.com YODO CONFIDENTIALITY: This communication and any attachments included herein contain information that belongs to LUMA Energy Servco LLC, and/or its clients, that may be confidential, legally privileged, and/or a trade secret. lts unauthorized disclosure, copying, or distribution is strictly prohibited. If you have received this communication by error, delete or destroy it and notify the sender immediately. Neither LUMA Energy Servco LLC, its subsidiaries, affiliates nor its clients will be liable for any damages resulting from any modification or falsification of an e-mail that is originated by us. Furthermore, although precautions have been taken to ensure that the data included herein is free from viruses or other malicious content, we cannot assure that such is indeed the case and disclaim any responsibility attributable thereto. AVISO DE CONFIDENCIALIDAD: Esta comunicación y cualquier anejo incluido que pueda estar incluido contiene información propietaria de LUMA Energy Servco LLC, y/o de sus clientes, que puede ser confidencial, legalmente privilegiada y/o un secreto de negocio. La divulgación no autorizada, su reproducción o distribución está estrictamente prohibida. Si usted ha recibido esta comunicación por error, bórrela o destrúyala e informe de manera inmediata al remitente. Ni LUMA Energy Servco LLC, ni cualquiera de sus subsidiarias, afiliadas o clientes será responsable de cualquier daño que resulte de cualquier modificación o falsificación de cualquier comunicación generada por nosotros. Además, aun cuando se han tomado las debidas precauciones para asegurar que los datos aquí contenidos se encuentren libres de cualquier virus o contenido malicioso, no podemos garantizar que en efecto ese sea el caso por lo que rechazamos o negamos tener cualquier responsabilidad que pueda ser atribuida a tales efectos. From: Info OIPC <info @oipc.pr.gov> Sent: Thursday, January 29, 2026 8:55 AM To: @LUMA Gov Services <GovServices @lumapr.com> Cc: Naihomie Ortiz Jiménez <Naihomie.Ortiz Lumapr.com> Subject: 2do follow up Querella de Alto Voltaje Las Piedras [CAUTION] This email originated from outside the organization. Do not open suspicious links or attachments. Report concerns to Cybersecurity@lumapr.com [PRECAUCION] Este correo electrónico se originó fuera de la organización. No abra enlaces o archivos adjuntos sospechosos. Informe a Cybersecurity@lumapr.com Buen Día Consumidor nos indica que su querella de Alto Voltaje al día de hoy aún no ha sido atendida. Adjunto documento de High Voltage suministrado por consumidor. MARILLYS CONCEPCIÓN BERRIOS JUNTA REGLAMENTADORA DE SERVICIO PUBLICONEGOCIADO DE ENERGÍA NEGOCIADO DE TRANSPORTE Y OTROS SERVICIOS PUBLICOS NEGOCIADO DE TELECOMUNICACIONES OFICINA INDEPENDIENTE DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR OFICINA INDEPENDIENTE DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR | OFICIAL DE ORIENTACIÓN DE SERVICIOS GOBIERNO DE PUERTO RICO https://outlook.office365.com/mailfinbox/id/AAKALgAAAAAAHYQDEapmEc2byACqAC%2FEWgO0ATxFy3u21M0eBI4LH%2BjyaawAE%2Bwx8YgAA Page 3 of 7
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3/12/26, 3:29 PM NOTA DE CONFIDENCIALIDAD: Esta transmisión electrónica contiene información perteneciente a la Junta Reglamentadora de Servicio Público, que es confidencial, privilegiada y/o privada bajo las leyes aplicables. Este mensaje y los documentos adjuntos, si alguno, son para el uso exclusivo del destinatario. Si el lector no es el destinatario, ni ha sido autorizado por éste a leerlos, se le advierte que el contenido puede ser de naturaleza privilegiada o confidencial y exenta de divulgación por disposición de ley o reglamento. Si usted recibió esta transmisión por error, se le advierte que no debe divulgar su contenido. Por favor notifique al remitente por teléfono y remueva la misma de su computadora inmediatamente From: Info OIPC <info @oipc.pr.gov> Sent: Tuesday, December 16, 2025 3:42 PM To: @LUMA Gov Services <govservices @lumapr.com> Cc: Naihomie Ortiz <naihomie.ortiz@lumapr.com> Subject: 1er follow up Querella de Alto Voltaje Las Piedras Buenas Tardes Consumidor nos indica que su querella de Alto Voltaje al día de hoy aún no ha sido atendida MARILLYS CONCEPCIÓN BERRIOS JUNTA REGLAMENTADORA DE se? SERVICIO PÚBLICONEGOCIADO DE ENERGÍA NEGOCIADO DE TRANSPORTE Y OTROS SERVICIOS PUBLICOS NEGOCIADO DE TELECOMUNICACIONES OFICINA INDEPENDIENTE DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR OFICINA INDEPENDIENTE DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR | OFICIAL DE ORIENTACIÓN DE SERVICIOS GOBIERNO DE PUERTO RICO NOTA DE CONFIDENCIALIDAD: Esta transmisión electrónica contiene información perteneciente a la Junta Reglamentadora de Servicio Público, que es confidencial, privilegiada y/o privada bajo las leyes aplicables. Este mensaje y los documentos adjuntos, si alguno, son para el uso exclusivo del destinatario. Si el lector no es el destinatario, ni ha sido autorizado por éste a leerlos, se le advierte que el contenido puede ser de naturaleza privilegiada o confidencial y exenta de divulgación por disposición de ley o reglamento. Si usted recibió esta transmisión por error, se le advierte que no debe divulgar su contenido. Por favor notifique al remitente por teléfono y remueva la misma de su computadora inmediatamente From: @LUMA Gov Services <GovServicesOlumapr.com> Sent: Thursday, March 20, 2025 3:57 PM To: Info OIPC <info@oipc.pr.gov> Subject: RE: Querella de Alto Voltaje Las Piedras Saludos, Gracias por traer esta situación a nuestra atención. Hemos registrado esta solicitud en nuestro sistema y nuestro equipo de https://outlook.office365.com/mailfinbox/id/AAKALgAAAAAAHYQDEapmEc2byACqAC%2FEWgO0ATxFy3u21M0eBI4LH%2BjyaawAE%2Bwx8YgAA Page 4 of 7
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3/12/26, 3:29PM LUMA evaluarán la situación y la trabajarán según el orden de prioridad. Los empleados de LUMA estamos comprometidos diariamente en construir un sistema eléctrico más confiable, resiliente y limpio. Nuestra prioridad es y seguirá siendo hacer lo mejor para el pueblo de Puerto Rico. Todas las solicitudes de servicio son importantes para nosotros, y estamos monitoreando todas las órdenes de nuestros clientes y comunidades internamente. Se referirá la situación al departamento correspondiente para revisar el mismo. Le damos las gracias nuevamente por contactarnos y por ayudarnos a construir un mejor futuro energético para Puerto Rico. Respetuosamente, Yadira Del Valle Muñoz Administrative Assistant, Regional Customer Experience pS yadira.delvallemunoz@lumapr.com $ — lumapr.com 9000 CONFIDENTIALITY: This communication and any attachments included herein contain information that belongs to LUMA Energy Servco LLC, and/or its clients, that may be confidential, legally privileged, and/or a trade secret. lts unauthorized disclosure, copying, or distribution is strictly prohibited. If you have received this communication by error, delete or destroy it and notify the sender immediately. Neither LUMA Energy Servco LLC, its subsidiaries, affiliates nor its clients will be liable for any damages resulting from any modification or falsification of an e-mail that is originated by us. Furthermore, although precautions have been taken to ensure that the data included herein is free from viruses or other malicious content, we cannot assure that such is indeed the case and disclaim any responsibility attributable thereto. AVISO DE CONFIDENCIALIDAD: Esta comunicación y cualquier anejo incluido que pueda estar incluido contiene información propietaria de LUMA Energy Servco LLC, y/o de sus clientes, que puede ser confidencial, legalmente privilegiada y/o un secreto de negocio. La divulgación no autorizada, su reproducción o distribución está estrictamente prohibida. Si usted ha recibido esta comunicación por error, bórrela o destrúyala e informe de manera inmediata al remitente. Ni LUMA Energy Servco LLC, ni cualquiera de sus subsidiarias, afiliadas o clientes será responsable de cualquier daño que resulte de cualquier modificación o falsificación de cualquier comunicación generada por nosotros. Además, aun cuando se han tomado las debidas precauciones para asegurar que los datos aquí contenidos se encuentren libres de cualquier virus o contenido malicioso, no podemos garantizar que en efecto ese sea el caso por lo que rechazamos o negamos tener cualquier responsabilidad que pueda ser atribuida a tales efectos. From: Info OIPC <info @oipc.pr.gov> Sent: Tuesday, March 18, 2025 3:53 PM To: @LUMA Gov Services <GovServicesO lumapr.com> https://outlook.office365.com/mail/inbox/id/AAkALgAAAAAAHYQDEapmEc2byACqAC% 2FEWgOATxFy3u21IM0eBI4LH%2BjyaawAE%2Bwx8YgAA Page 5 of 7
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3/12/26, 3:29 PM Cc: Naihomie Ortiz Jiménez <Naihomie.Ortiz Lumapr.com> Subject: Querella de Alto Voltaje Las Piedras [CAUTION] This email originated from outside the organization. Do not open suspicious links or attachments. Report concerns to Cybersecurity@lumapr.com [PRECAUCION] Este correo electrónico se originó fuera de la organización. No abra enlaces o archivos adjuntos sospechosos. Informe a Cybersecurity Olumapr.com Buenas Tardes Nombre: Alexander Cruz Gomez Núm. de Cta.: 7950885900 Núm. de Tel.: (787) 559-7089 Dirección: Paseo de Los Artesanos Casa 106 Calle Adela Sánchez Las Piedras Núm. de Querella: C25012400256 Consumidor tiene sistemas de placas indica que está confrontando problemas de Alto Voltaje sobre todo en el periodo de las 10:30 am a 4:00 pm que es la hora pico donde aumenta el alto voltaje realizó querella C25012400256 al día de hoy no ha sido atendida en Paseo de Los Artesanos Casa 106 Calle Adela Sánchez Las Piedras. Marillys Concepción Oficial de Orientación OIPC SP.oor wep =| NET See IDA” NOTA DE CONFIDENCIALIDAD: Esta transmisión electrónica contiene información perteneciente a la Junta Reglamentadora de de Servicio Público, que es confidencial, privilegiada y/o privada bajo las leyes aplicables. Este mensaje y los documentos adjuntos, si alguno, son para el uso exclusivo del destinatario. Si el lector no es el destinatario, ni ha sido autorizado por éste a leerlos, se le advierte que el contenido puede ser de naturaleza privilegiada o confidencial y exenta dedivulgación por disposición de ley o reglamento. Si usted recibió esta transmisión por error, se le advierte que no debe divulgar su contenido. Por favor notifique al remitente por teléfono y remueva la misma de su computadora inmediatamente CONFIDENTIALITY: This communication and any attachments included herein contain information that belong to LUMA Energy Servco LLC, and/or its clients, that may be confidential, legally privileged and/or a trade secret. Its unauthorized disclosure, copying or distribution is strictly prohibited. If you have received this communication by error, delete or destroy it and notify the sender immediately. Neither LUMA Energy Servco LLC, its subsidiaries, affiliates nor its clients will be liable for any damages resulting from any modification or https://outlook.office365.com/mail/inbox/id/AAKALgAAAAAAHYQDEapmEc2byACqAC% 2FEWgOATXFy 3u21M0eBI4LH%2BjyaawAE%2Bwx8YgAA Page 6 of 7
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