← All documents

20260226 QR20260016 Moción Informativa.pdf

Download original

Page 1

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO NEGOCIADO DE ENERGÍA DE PUERTO RICO JOSÉ MARTÍNEZ CORDERO | CASO NÚM.: NEPR-QR-2026-0016 Querellante | v. | ASUNTO: MOCIÓN INFORMATIVA DE EVIDENCIA DE FRAUDE; OPOSICIÓN A LA MALA FE PROCESAL DE SUNRUN Y DENUNCIA DE INTENTO DE SILENCIAMIENTO MEDIANTE TRANSACCIÓN ENGAÑOSA. SUNRUN, INC. Y PROSOLAR, LLC | Querelladas | AL HONORABLE NEGOCIADO DE ENERGÍA: COMPARECE el Querellante, José Martínez Cordero, por derecho propio, y muy respetuosamente expone, alega y solicita: 1. OBJETO DE ESTA MOCIÓN El Querellante informa a este Honorable Negociado sobre evidencia documental contundente que demuestra que la solicitud de prórroga de Sunrun, Inc. es un acto de Mala Fe Procesal. Sunrun ha tenido conocimiento del fraude desde hace más de 100 días y, en lugar de corregirlo, intentó coaccionar al Querellante para que renunciara a sus derechos legales. 2. PRUEBA DE CONOCIMIENTO PREVIO (ANEJO O: 4 DE NOVIEMBRE DE 2025) El pasado 18 de febrero, Sunrun alegó ante este foro que necesitaba tiempo para "investigar" las alegaciones. El ANEJO O adjunto prueba que el 4 de noviembre de 2025, el Querellante notificó formalmente a la oficial Sarah Paniss lo siguiente: "La firma que aparece en el documento de $187.07 no es la mía. No reconozco ni autoricé ese cambio... Solicito una investigación de la autenticidad de la firma." Sunrun ha tenido 114 días para investigar. Solicitar más tiempo ahora es una burla a la autoridad de este Negociado y un intento de dilatar el proceso para agotar emocionalmente a un veterano de 93 años. 3. LA FALSA GENEROSIDAD DE SUNRUN: LA TRAMPA DEL "SILENCIAMIENTO" Y EL ESCALADOR OCULTO('$65.89 aumentado un 2.99% anualmente)(ANEJO N) El Querellante informa a este Honorable Negociado que la oferta de "Modificación Tarifaria" enviada por Sunrun el 1 de diciembre de 2025 (Anejo N) no fue un acto de buena voluntad corporativa. Fue un intento desesperado de encubrir un Dolo Grave (Art. 292) y un Robo de Identidad mediante dos maniobras legales engañosas: 1. El Intento de Encubrimiento mediante Relevo de Responsabilidad: Sunrun condicionó la rebaja de la tarifa de $0.36 a $0.12 a que el Querellante firmara una "Liberación de Responsabilidad" (Release).NEPR Received: Feb 26, 2026 12:07 PM

Page 2

● ● ● ● ● ● ● ● ● ● ● La Intención: Sunrun pretendía que un veterano de 93 años "perdonara" la falsificación criminal de su firma y el secuestro de su identidad mediante una cuenta de Gmail falsa. Efecto Legal (Art. 1249c): Esta cláusula es Nula de Pleno Derecho en un contrato de adhesión, ya que busca despojar al consumidor de su derecho a buscar justicia por un delito [6]. 2. El Engaño del "65.89": El Escalador Anual Oculto del 2.99%: Sunrun/ProSolar alegó que la modificación era para "honrar" la oferta original de $65.89 (Anejo F). Sin embargo, esto fue un "engaño y cambio" (Bait and Switch) disfrazado de solución: La Trampa Oculta: Mientras que la oferta original de Dereck Rosario era de $65.89 FIJOS por 25 años, la supuesta "corrección" de Sunrun del 1 de diciembre incluyó A escondidas un Escalador Anual del 2.99%. La Realidad: Al añadir este aumento oculto, Sunrun no estaba honrando la oferta original; intentaban engañar al Querellante para que aceptara un contrato que casi duplicaría su precio con el tiempo. Efecto Legal (Art. 1241): Esta modificación es legalmente una Nueva Oferta que nunca fue aceptada. Intentar pasar una tarifa con aumentos como una "tarifa fija" es un ejemplo clásico de Dolo Omisivo (Fraude por Omisión). 3. Conclusión de Mala Fe (Art. 770): La persistencia de Sunrun en intentar imponer un aumento anual del 2.99% — incluso después de haber sido informada el 4 de noviembre (Anejo O) y el 29 de diciembre (Anejo R) que el acuerdo era por una tarifa FIJA— es la prueba definitiva de su Mala Fe. Sabían que el contrato original de $187.07 era una falsificación. Sabían que la oferta de $65.89 era por una tarifa fija. La Sanción: Al intentar "comprar el silencio" con una tarifa engañosa que aún incluía aumentos ocultos, Sunrun ha perdido cualquier derecho sobre el equipo. Bajo el Artículo 770, el Negociado debe ordenar la transferencia del sistema al dueño de la propiedad a un costo de $0.00 como penalidad por esta mala fe sistémica . 4. FUNDAMENTOS DE NULIDAD ABSOLUTA El contrato de $187.07 es inexistente por: Falta de Consentimiento (Art. 1237): Es físicamente imposible leer 89 páginas en 30 segundos. Usurpación de Identidad Digital: Las firmas emanan de IPs de T-Mobile (172.59.17.169 y 172.59.16.129) vinculadas al vendedor, no al Querellante. Dolo Grave (Art. 292): Ocultar el precio real y tratar de validar un fraude mediante un relevo de responsabilidad vicia todo el negocio jurídico. 5. PETICIÓN DE REMEDIO Se solicita que este Negociado:

Page 3

● ● ● A. Rechace cualquier prórroga adicional a Sunrun ante la evidencia de su conocimiento previo. B. Declare la Nulidad Absoluta del contrato basado en el fraude admitido tácitamente por Sunrun en sus ofertas de diciembre. C. Ordene la transferencia del equipo a costo $0.00 bajo el Artículo 770 como penalidad por la mala fe y el intento de silenciamiento. RESPECTUOSAMENTE SOMETIDO. En Morovis, Puerto Rico, a 26 de febrero de 2026. José Martínez ANEJO F: EVIDENCIA DE LA OFERTA ORIGINAL. El Querellante somete la hoja de cálculo provista físicamente por el vendedor Dereck Rosario. En la misma, se garantiza un pago mensual de $65.89. Sin embargo, el contrato fraudulento impuesto por Sunrun establece un pago de $187.07 con aumentos anuales del 2.99%. Esta disparidad de más del 180% en el precio, sumada a la 'firma' de 89 páginas en solo 30 segundos, confirma un esquema de Dolo Grave (Art. 292 Código Civil). El vendedor utilizó premisas falsas para obtener acceso a la identidad digital del Querellante y suplantarlo en la plataforma DocuSign

Page 4

ANEJO O :Adjunto prueba que el 4 de noviembre de 2025, el Querellante notificó formalmente a la oficial Sarah Paniss lo siguiente: "La firma que aparece en el documento de $187.07 no es la mía. No reconozco ni autoricé ese cambio... Solicito una investigación de la autenticidad de la firma." Sunrun ha tenido 114 días para investigar. Solicitar más tiempo ahora es una burla a la autoridad de este Negociado y un intento de dilatar el proceso para agotar emocionalmente a un veterano de 93 años.

Page 5

Anejo P: Sunrun ha tenido la prueba de la IP ajena (T-Mobile) y de la firma en 30 segundos en su poder durante meses. En lugar de actuar con honestidad y anular el contrato nacido del fraude, Sunrun optó por intentar validar el engaño mediante el hostigamiento y ofertas de 'silenciamiento' en diciembre.

Page 6

ANEJO Q: ADMISIÓN DE CRONOLOGÍA DE FALSIFICACIÓN Y COORDINACIÓN DE IPs (29 DE DICIEMBRE DE 2025)." Descripción: En este correo electrónico, la oficial de Sunrun, Sarah Paniss, confirma los datos forenses: (1) El contrato fue firmado en 30 segundos (12:34:47 a 12:35:17); (2) Ambas firmas se originaron desde direcciones IP de T-Mobile (172.59.16.129 y 172.59.17.169); y (3) El correo electrónico falso josedmartinezcordero@gmail.com fue utilizado bajo el falso pretexto de un "teléfono perdido". Este correo prueba que Sunrun conocía los detalles específicos del robo de identidad y la falsificación meses antes de mentirle al Negociado (NEPR) para obtener una prórroga.

Page 7

Anejo N:LA FALSA GENEROSIDAD DE SUNRUN: LA TRAMPA DEL "SILENCIAMIENTO" Y EL ESCALADOR OCULTO('$65.89 aumentado un 2.99% anualmente)

Page 8

Page 9

Page 10

Anejo R DENEGACIÓN FORENSE INTEGRAL Y PRUEBA TÉCNICA DE FRAUDE (29 de diciembre de 2025). Descripción: Este correo electrónico proporciona un desglose forense detallado

Page 11

línea por línea del fraude de IP de T-Mobile, la imposibilidad de la firma en 30 segundos y la suplantación de identidad de la cuenta de Gmail. Demuestra que Sunrun tenía pleno conocimiento del carácter delictivo del contrato y optó por ignorarlo para continuar facturando al Peticionario. Esto confirma la Mala Fe (Art. 770) y justifica la Nulidad Total.